PROYECTO DE TP
Expediente 5103-D-2013
Sumario: CAJEROS AUTOMATICOS Y TARJETAS DE CREDITO Y/O DEBITO CON SISTEMA DE LECTURA BRAILLE: IMPLEMENTACION.
Fecha: 03/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
El Senado y Cámara de Diputados...
"CAJEROS
AUTOMATICOS y TARJETAS DE CREDITO Y/O DEBITO CON
SISTEMA DE LECTURA BRAILLE"
ARTÍCULO 1º: La
presente ley tiene por objeto que las personas no videntes o con
disminución visual no queden excluidas de sus derechos.
ARTÍCULO 2º: Será
autoridad de aplicación de esta ley el Banco Central de la
República Argentina.
ARTÍCULO 3º: La
autoridad de aplicación deberá establecer los medios necesarios
para que:
a) En todos los
cajeros automáticos se provean opciones de teclado con el
sistema de lectura "Braille".
b) Todos los
datos de identificación en las tarjetas de crédito y de débito se
puedan leer mediante el sistema tradicional y el sistema de
lectura "Braille".
ARTÍCULO 4º:
Reglamentación. La autoridad de aplicación podrá establecer la
instrumentación progresiva de la presente.
ARTÍCULO 5º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Señor Presidente, el
presente proyecto se enmarca dentro de una política de inclusión
comprensiva de aquellos sectores de nuestra comunidad que
durante la última década han logrado el reconocimiento por parte
de los poderes del Estado habiéndose operado un cambio de
paradigmas, en cuanto a la formulación de políticas públicas.
Por ello al pensar
sobre la discapacidad, lo debemos hacer enmarcándolo en lo
referencia a los aspectos educativo, productivo, social y
económico, reafirmado el concepto que las personas con
capacidades diferentes tienen los mismos derechos dentro de la
sociedad y en consecuencia deben tener las mismas
oportunidades.
En tal sentido la
Organización de los Estados Americanos (OEA) ha promovido
planes para mejorar la vida de los discapacitados, habiéndose
declarado el Decenio de las Américas por los Derechos y la
Dignidad de las Personas con Discapacidad (2006-2016) y la
Argentina ha asumido ese compromiso y ha establecido políticas
de inclusión efectivas, logrando el reconocimiento de parte de
este organismo, a través de proyectos que en algunos casos han
sido instrumentados por el INTI en coordinación con centros
educativos.
La República
Argentina mediante la ley nacional n°25.280, que sirve de
fundamento a la presente, y de la cual se deriva la necesidad de
poner al servicio de ese sector las innovaciones tecnológicas que
permitan la facilitación de la inclusión y de la efectiva
accesibilidad a bienes y servicios, procura de esta forma un ser
más libre e independiente, promoviendo la autosuficiencia.
En referencia a ello
se ha pensado en la necesidad de establecer la obligatoriedad de
que los bancos públicos y privados tengan la opción de teclados
con Sistema Braille así como también la implementación de
tarjetas, de débito y crédito, que además del estampado de la
escritura habitual posean la escritura para la lectura por sistema
Braille, de esta manera se logrará poner fin a los obstáculos
operativos-técnicos posibilitando y facilitando el acceso y uso, lo
que de hecho importa superar toda instancia de discriminación,
cumplimentando así con los objetivos superiores de un política de
estado vinculada y referenciada con el pleno disfrute de los
derechos de las personas con discapacidad reconocidos por el
derecho internacional consuetudinario y por los instrumentos
internacionales por los cuales el Estado Argentino está obligado
por ser parte.
Asimismo, se prevé
su implementación gradual por la autoridad de aplicación, en el
caso el Banco Central de la República Argentina, quien ejercerá la
autoridad de contralor de las compañías y bancos que provean el
servicio de cajeros automáticos y de tarjetas de crédito y
débito.
En razón de lo
expresado, solicito a mis pares el acompañamiento al proyecto
propuesto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOLANAS, JULIO RODOLFO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DONKIN, CARLOS GUILLERMO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ELORRIAGA, OSVALDO ENRIQUE | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BARRANDEGUY, RAUL ENRIQUE | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RIOS, LILIANA MARIA | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
METAZA, MARIO ALFREDO | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
IANNI, ANA MARIA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
OPORTO, MARIO NESTOR | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FINANZAS (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/11/2013 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |