PROYECTO DE TP
Expediente 5092-D-2014
Sumario: CONSEJO FEDERAL DE ORGANISMOS DE CONTROL DE PERSONAS JURIDICAS Y REGISTROS PUBLICOS DE COMERCIO: CREACION.
Fecha: 30/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
El Senado y Cámara de Diputados...
LEY DE CREACIÓN DEL
CONSEJO FEDERAL DE ORGANISMOS DE CONTROL DE PERSONAS
JURÍDICAS Y REGISTROS PÚBLICOS DE COMERCIO.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La creación del
Consejo Federal tiene como finalidad la consagración legislativa de una
organización preexistente, integrada por los Organismos de Control de
Personas Jurídicas y Registros Públicos de Comercio de todas las provincias
argentinas desde que se celebró la primera Reunión Nacional de
Autoridades de Control de Personas Jurídicas y Registro Público de
Comercio.
Esta organización se
ha reunido anualmente generando un cuerpo de doctrina técnica y jurídica
sobre materia societaria y de asociaciones civiles y fundaciones, útil para el
intercambio de la información de las diferentes provincias. En estas
reuniones se trató, a su vez, de crear criterios jurídicos uniformes a nivel
interprovincial, debatiéndose la formación de una comisión permanente, el
desarrollo de sistemas informáticos que permitan el intercambio directo de
información, entre otros.
Esto ha sido de gran
utilidad para los registros locales, y para mantener la tan deseable
uniformidad en los criterios de aplicación de las leyes de fondo que regulan
la actividad, como es, la ley de Sociedades Comerciales N° 19.550 y la ley
26.047 de Implementación de los Registros Nacionales, entre otras.
Por otra parte, este
proyecto encuentra su antecedente en la XIII y en la XV Reunión Nacional
de Autoridades de Control de Personas Jurídicas y Registros Públicos de
Comercio de la República Argentina, realizada, la primera, en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en los días 13 y 14 de Agosto del año 2007 y
la segunda en el Colegio Notarial de la provincia de Mendoza en los días 22
y 23 de Abril del 2010; en las cuales se recomendó la formación de un foro
permanente para mantener un intercambio de información, una
comunicación directa entre las distintas jurisdicciones y para la
organización de jornadas periódicas.
Merece destacarse
como antecedente, la creación del Consejo Federal de Registros de la
Propiedad Inmueble en el año 2008 mediante la sanción de la ley
26.387.
Entre las funciones
del Consejo, podemos destacar:
Dictar las disposiciones
necesarias para un mejor ejercicio de la actividad de control de Personas
Jurídicas.-
Orientar la actividad de los
registros públicos de comercio y organismos de control de personas
jurídicas, proporcionando al personal las instrucciones necesarias para un
mejor servicio, estableciendo tareas y responsabilidades a los mismos.-
Aplicar y hacer cumplir las
normas contenidas en las leyes y reglamentos referidos a la función
registral.-
Establecer y coordinar las
relaciones con los organismos e instituciones similares.-
Propender a la aplicación
integral y conceptualmente uniforme de la ley 26.047.-
Analizar las políticas y
acciones que favorezcan la modernización y el desarrollo de los registros
públicos de comercio y organismo de control en materia societaria y
asociacional, en el marco de su más efectiva coordinación técnica y
jurídica.-
Promover la amplia difusión
de la temática común, llevando a cabo jornadas, congresos y reuniones
regionales, nacionales e internacionales, y toda otra actividad que
contribuya a su enriquecimiento técnico y jurídico.-
Asesorar a los miembros en
todos los aspectos que fueren sometidos a su consideración.-
Contribuir a la capacitación
sistemática, técnica y jurídica de los miembros.-
Proponer a las autoridades
nacionales y provinciales las modificaciones que requiera la legislación
vigente en materia de personas jurídicas.-
Colaborar efectivamente en la
modernización técnica de los miembros, cuando así se solicite y disponga
en el marco de los programas de desarrollo que se proyecten y ejecuten.-
Evaluar los resultados
logrados en la aplicación de las políticas y acciones propuestas.-
Celebrar los acuerdos marco
nacionales e internacionales, bilaterales o multilaterales destinados a la
difusión y aprendizaje de la disciplina, como asimismo para la mejor
prestación de los servicios de publicidad registral societaria dentro del
respectivo ordenamiento legal que los establece.-
Dictaminar acerca de la
interpretación de las normas vigentes en la materia a requerimiento de
cualquier autoridad nacional o provincial.-
Informar a requerimiento del
Honorable Congreso de la Nación o del Poder Ejecutivo Nacional, o de las
Legislaturas locales sobre proyectos de leyes vinculados con la materia.-
La creación del
Consejo Federal servirá, no solo para orientar la actividad de los registros
públicos de comercio y organismos de control de personas jurídicas,
propender a la aplicación integral y conceptualmente uniforme de la ley
26.047, sino también para promover efectivamente la modernización
técnica de los miembros, garantizar la seguridad jurídica con la unificación
de criterios, entre otras funciones. Esta iniciativa apunta al desarrollo de
los registros y del servicio de la publicidad registral, fomentando la
transparencia en todo el territorio del país.
Por los fundamentos
expuestos, solicito a los/as señores/as diputados/as la aprobación del
presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
CAMAÑO, GRACIELA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
ALEGRE, GILBERTO OSCAR | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
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