PROYECTO DE TP
Expediente 5092-D-2007
Sumario: CREACION DE LA COMISION INVESTIGADORA DE ILICITOS TIPIFICADOS EN LOS ARTICULOS 5, 7, 10 Y 11 DE LA LEY 23737, DE ESTUPEFACIENTES, Y EL ARTICULO 277 DEL CODIGO PENAL, EN EL AMBITO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION.
Fecha: 06/11/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 146
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1. Crear una Comisión que tendrá por
objeto Comisión investigar la supuesta comisión de ilícitos tipificados en los
artículos 5, 7, 10, y 11 de la Ley 23.737, y 277 del Código Penal respecto de esos
hechos, dentro del ámbito de esta Cámara, en el Edificio Anexo o en el Palacio
Legislativo;
2. La Comisión estará integrada por 8
(ocho) personas de reconocida solvencia moral, que serán designados por simple
mayoría de votos de los miembros de la Cámara.
3. La Comisión dictará su propio
Reglamento y designará a sus autoridades.
4. La Comisión está facultada
para:
a) recibir declaraciones testimoniales.
Los Diputados de la Nación, los secretarios y prosecretarios de la Cámara, y todo
empleado legislativo de esta Cámara, está obligado a comparecer y brindar
testimonio;
b) solicitar informes, que deberán ser
respondidos en el plazo de 10 (diez) días hábiles, salvo expresa disposición en
contrario;
c) ordenar pericias, que deberán ser
presentadas dentro de los 10 (diez) días hábiles, salvo expresa disposición en
contrario;
d) formular denuncias penales;
e) instar la exclusión del seno de la
Cámara de cualquier Diputado de la Nación involucrado en los hechos que deba
investigar, o que obstruya su accionar;
f) instar la aplicación de sanciones
previstas en la Ley 24.600 a los empleados legislativos involucrados en los hechos
que deba investigar, o que obstruyan su accionar;
5. La Comisión deberá cumplir su
cometido dentro de los 90 (noventa) días hábiles de su constitución.
6. La Comisión presentará sus
conclusiones por escrito, las que se publicarán en la página de Internet de la
Cámara y se difundirán por la prensa, sin perjuicio de otras modalidades aptas
para su debida divulgación. Asimismo, dichas conclusiones se pondrán en
conocimiento del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 11 de octubre, se produjo la
detención de un empleado de la Dirección de Comisiones de esta Cámara, por la
presunta comercialización de estupefacientes, en una causa que tramita por ante
el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4, del Dr. Ariel Oscar
Lijo.
Según han informado medios
periodísticos, se encontrarían involucrados algunos Diputados de la Nación.
Ante la gravedad de los hechos, es
indispensable se arbitren los medios para individualizar a los legisladores
relacionados con estos acontecimientos, y para determinar su vinculación con ellos
(por ejemplo: si participaban en la comercialización, si se trata de consumidores, si
-sin tomar participación directa- permitían la comercialización, etc.).
Asimismo, es imprescindible se abra
inmediatamente una amplia y profunda investigación para determinar las
responsabilidades ante las evidentes falencias en las medidas de seguridad que se
adoptan en el Anexo. En efecto: siendo que todo empleado sólo puede ingresar
después de haber pasado sus pertenencias por scanners, resulta llamativo que
nunca se halla detectado nada.
Es admisible que, pese al tiempo
transcurrido, al estar involucrada la Cámara de Diputados de la Nación,
internamente no se haya adoptado ninguna decisión tendiente a deslindar
responsabilidades de los trabajadores y los Diputados y Senadores que no estén
comprometidos con estos hechos delictivos. Ello, habida cuenta de que la denuncia
realizada por dos canales de televisión hablaba de una supuesta lista que incluía,
entre otros, a legisladores. Éstos, no sólo eran los consumidores, sino que, de
hecho, encubrían el tráfico de estupefacientes dentro de las instalaciones del
Congreso de la Nación.
El día 12 de octubre
de 2007 presenté a esta Presidencia una nota exigiendo "se aclare esta situación
con premura, ya que la demora en resolverla, me afecta en tanto asumí la
responsabilidad de mi gestión comprometiéndome en la defensa de los derechos
de los trabajadores y de la población en su conjunto, y en ese marco, cuestiono
profundamente a cualquier hecho de corrupción dentro y fuera de la
Cámara."
Hasta el día de la fecha, no he tenido
conocimiento de que se hubiera adoptado alguna medida al respecto.
Estos hechos nos
retrotraen al escándalo desatado a raíz de los dichos del entonces Secretario de
Prevención y Lucha contra el Narcotráfico, Alberto Lestelle, quien el 10 de agosto
de 1995 manifestó que "hay legisladores que de pronto están medio dormitándose
en su banca, y de pronto explotan como una bomba dando un discurso magnífico.
Seguro que antes pasaron por el baño a darse un nariguetazo... de cocaína".
En la actualidad, la situación es harto
más grave, ya que en aquella oportunidad se denunció el consumo de
estupefacientes por parte de funcionarios públicos dentro de las instalaciones del
Congreso de la Nación. Los hechos actualmente denunciados refieren no sólo al
consumo, sino también al tráfico dentro de las instalaciones de esta Cámara.
Es de desear que no sea nuevamente
el ocultamiento el mecanismo adoptado para que estos hechos queden impunes.
Y, más allá de las indudables responsabilidades institucionales que caben a las
autoridades de la Cámara, esto no exime a ningún integrante de la Cámara de
Diputados y del Senado, por lo que todos debemos no sólo obligarnos a colaborar
activamente en la dilucidación de los hechos, sino a no entorpecer la investigación
ni encubrir a los responsables.
Por lo expuesto, solicito la aprobación
de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | REDES |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO |