PROYECTO DE TP
Expediente 5083-D-2015
Sumario: PREVENCION Y REPRESION DE LEGITIMACION DE ACTIVOS PROVENIENTES DE ILICITOS - LEY 25246 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 21 TER, SOBRE OBLIGATORIEDAD DE USO DE TARJETAS DE CREDITO Y DEBITO EN CASINOS, SALAS DE JUEGO, DE APUESTAS, BINGOS, HIPODROMOS, MAQUINAS TRAGAMONEDAS Y JUEGOS DE AZAR.
Fecha: 17/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 124
El Senado y Cámara de Diputados...
INCORPORACIÓN DEL ARTÍCULO
21 TER EN LA LEY 25.246 - OBLIGATORIEDAD DE USO DE TARJETAS DE
CRÉDITO Y DÉBITO EN CASINOS, LA SALAS DE JUEGOS DE APUESTAS,
BINGOS, HIPODROMOS , MAQUINAS TRAGAMONEDAS Y JUEGOS DE
AZAR
Artículo 1.- Incorpórese el Articulo
21 Ter de la Ley 25.246, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
Las personas señaladas en el
Artículo 20 inciso 3 de la presente ley deberán implementar de manera
obligatoria el uso de tarjetas de crédito y débito como único medio de compra
de fichas y apuestas en casinos, salas de juego, salas de apuestas, bingos,
hipódromos , salas de máquinas tragamonedas y juegos de azar.-
Artículo 2.- Los sujetos obligados
deberán adecuarse a lo prescripto por la presente ley dentro de los cuarenta y
cinco días de su promulgación.-
Articulo 3.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La obligatoriedad de contar con
medios de pago electrónicos como único medio de compra de fichas y apuestas
en casinos, salas de juego, salas de apuestas, bingos, hipódromos, salas de
máquinas tragamonedas y juegos de azar pretende erguirse como un elemento
más de la ley 25.246 y sus modificatorias, y concretamente como herramienta
contra la evasión fiscal y el lavado de dinero, evitando el "blanqueo de
capitales" que se han obtenido por afuera del circuito financiero legítimo. Pues
con la bancarización en el modo de adquirir fichas y en el modo de apuestas se
está informando al sistema bancario quien y cuanto apuesta. No resulta extraño
a nadie que en la actualidad los casinos y salas de juegos y apuestas realizan
actividades financieras a gran velocidad con un alto volumen de dinero en
efectivo, similar a las entidades financieras pero en un contexto de
entretenimiento. No les preocupa de quién ni de donde es el dinero que ingresa
a sus cada vez más abultadas arcas. El estado ni nadie sabe a ciencia cierta a
donde van a parar esos fondos, que pueden provenir de todo tipo de negocios
ilícitos, como ser del narcotráfico o tráfico de armas. Con la implementación del
objetivo seguido con la presente ley claramente se pone fin desde el principio a
este conjunto de eslabones de una cadena corroída por la corrupción. Se
identificará a quien y cuanto apuesta, y si el mismo puede apostar determinada
cantidad de dinero.-
El otro objetivo y no menos
importantes es servir a la prevención de la ludopatía, entendida esta como un
trastorno en el que la persona se ve obligada, por una urgencia
psicológicamente incontrolable, a jugar, de forma persistente y progresiva,
afectando de forma negativa a la vida personal, familiar y vocacional. La
bancarización de la compra de fichas y medios de apuesta no solo permite
saber quien juega y cuanto apuesta, sino sirve de límite de apuesta al jugador,
ludópata o no. El límite de la tarjeta de crédito o de debito es una valla
infranqueable para el jugador, limite que está otorgado por la entidad bancaria
respectiva.
Con esta ley se pretende por ende
cuidar al jugador, y por ende a todo su entorno familiar, pues es harto
conocidas las fracturas familiares que el juego desmedido ocasiona,
condenando al jugador a la mismísima ruina patrimonial, familiar y social.-
Por todo lo antes manifestado
solicito a mis pares me acompañen en este proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MESTRE, DIEGO MATIAS | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FINANZAS (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0684-D-17 |