PROYECTO DE TP
Expediente 5077-D-2013
Sumario: CONVOCAR A AUDIENCIAS PUBLICAS CON EL FIN DE CONOCER LA OPINION DE LA CIUDADANIA Y ESPECIALISTAS ACERCA DE LAS METODOLOGIAS Y PROCEDIMIENTOS MAS IDONEOS PARA ARMONIZAR Y MEJORAR LAS ESTADISTICAS ECONOMICAS Y SOCIALES NACIONALES A CARGO DEL "INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS DE LA ARGENTINA (INDEC)". REGLAMENTACION DEL ARTICULO 114 BIS DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA.
Fecha: 03/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Convocar a Audiencias Públicas en
los términos del Artículo 114 bis del Reglamento de la Cámara de Diputados
Nacional que deberán desarrollarse conforme al siguiente reglamento
interno:
Artículo1: Las Audiencias Públicas
se harán con la finalidad de conocer la opinión de la ciudadanía y especialistas
acerca de las metodologías y procedimientos más idóneos para armonizar y
mejorar las estadísticas económicas y sociales nacionales a cargo del Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos de la Argentina (INDEC).
Artículo 2: Podrán participar de la
Audiencias Públicas quienes estén debidamente autorizados y acreditados
conforme a un calendario y un temario previamente establecidos en salas y
oficinas provistas por el Congreso Nacional.
Artículo 3: Los legisladores
miembros de la/s Comisión/es interviniente/s podrán convocar, conforme lo
establece para el Art. 71 de la Constitución Nacional a Ministros, Secretarios, y
demás funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional con responsabilidades en el
diseño, la planificación y la implementación de las estadísticas económicas y
sociales nacionales.
Artículo 4: Podrán participar de las
Audiencias toda persona con ciudadanía argentina o extranjera que satisfagan
alguna de las categorías siguientes:
Representantes de ONG y
consultoras privadas especializadas en temas económicos, sociales y
laborales.
Académicos y especialistas
provenientes de centros de investigación de ciencias sociales, del sistema
científico nacional, y de las universidades públicas y privadas nacionales e
internacionales.
Especialistas y consultores de
organismos regionales e internacionales.
Abogados y magistrados del Poder
Judicial.
Funcionarios de la Defensoría del
Pueblo, de la Sindicatura General de la Nación y de la Auditoría General de la
Nación.
Dirigentes y técnicos de las
centrales sindicales nacionales y de las cámaras empresariales.
Representantes y especialistas de
asociaciones de protección al consumidor.
Artículo 5: Todo ciudadano
interesado en participar de las audiencias deberá presentar una nota
debidamente fundada dirigida al Presidente de la Cámara de Diputados de la
Nación, a la que deberá adjuntar la ponencia y demás documentación que
quiera presentar.
Artículo 6: La Cámara de
Diputados Nacional notificará por medio de quién corresponda tanto de las
ponencias que no fueron aceptadas como las que sí fueron aceptadas, debiendo
en este último caso establecerse el día y la hora de exposición.
Artículo 7: Ningún documento o
información presentado por los ponentes podrá constituir un precedente para el
accionar judicial del Poder Ejecutivo Nacional o de alguna autoridad de sus
agencias u organismos nacionales con competencia en materias fiscal,
financiera o previsional.
Artículo 8: Los legisladores
miembros de la/s comisión/es interviniente/s podrán presentar uno o más
informes en los que se explicitarán las metodologías y procedimientos más
idóneos para la armonizar y mejorar las estadísticas económicas y sociales
nacionales.
Artículo 10: El o los informes serán
puestos a consideración de las Sras. y Sres. Diputados del Congreso Nacional,
junto a toda otra documentación presentada que pasará a ser pública,
incluyendo las versiones taquigráficas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Debe quedar claro desde un
principio que no pretendemos hacer una critica al índice de precios del
consumidor publicados por Instituto de Estadísticas y Censos (INDEC) sino que,
como se desprende de la cuidadosa lectura del reglamento interno, proponemos
una METODOLOGÍA para alcanzar los CONSENSOS POLÍTICOS indispensables
para darle una solución definitiva al actual proceso inflacionario que está
comprometiendo seriamente el futuro del país, echando a perder el crecimiento
económico y el nivel de empleo conseguidos en el período de la pos-
convertibilidad. Presentamos entonces una metodología de trabajo que tiene
como ámbito ESPECÍFICO el CONGRESO NACIONAL, la principal instancia
representativa y plural de la República Argentina.
Una vez dicho esto, respecto de la
inflación nos parece importante resaltar tres cuestiones sobre las cuales no nos
vamos a extender demasiado, pero esperamos que sean bien entendidas a los
fines del tratamiento de este Proyecto de Resolución.
Primero, es innegable que las
estadísticas económicas y nacionales a cargo del INDEC no reflejan de modo
RIGUROSO y PRECISO las variaciones de los precios de los bienes y servicios de
la economía argentina. Tanto es así que actualmente se disponen de cuatro
fuentes de medición de la inflación en el país, a saber: a) el INDEC; b) los
institutos de estadísticas de las Provincias; c) las consultoras privadas; d) el
"IPC-Congreso"; y e) los organismos internacionales. Como se sabe, las últimas
tres suelen arrojar cifras muy por encima de las del INDEC. No vamos a discutir
aquí cuál de ellas es la más correcta o atendible, sino que, simplemente, nos
limitamos a señalar que las cuatro fuentes son DISCORDANTES. A nuestro
entender, esto último constituye el principal impedimento para encontrar una
solución técnica y política al problema de la inflación.
Segundo, como surge de una
lectura cuidadosa y desapasionada de la historia nacional, la inflación ha sido la
marca distintiva del DESARROLLO ECONÓMICO del país prácticamente desde
fines del siglo XIX hasta la actualidad, con picos de "crisis" en ciertos períodos
con consecuencias nefastas en la producción y el poder adquisitivo de los
salarios de los sectores populares. Como corolario de ello la inflación fue un
problema tanto de gobiernos militares como civiles en diversas épocas, y por
tanto, no vale la pena seguir buscando culpables en la historia.
Tercero y último, estamos
plenamente persuadidos que no se puede encarar el actual problema de la
inflación asociando todo intento de moderación con ajustes en el gasto público
que huelen, por así decir, "a políticas neoliberales de los noventa". Por el
contrario, el problema de la inflación es COMPLEJO y MULTIFACÉTICO, dado
que afecta muchas variables, no solamente las económicas, sino también las
políticas, culturales y psicológicas, lo que termina obligando a los actores
sociales (políticos, consumidores, productores, inversores, etc.), a accionar en
base a una racionalidad destructiva de corto plazo, un tema estudiado y
ampliamente documentado por la ciencia política.
Por todo lo expuesto
precedentemente, la finalidad de estas audencias, es informar y asesorar al
Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo Nacional acerca de las metodologías y
procedimientos más idóneos para armonizar y mejorar las estadísticas
económicas y sociales nacionales.
Subrayamos la palabra
ARMONIZAR cuyo significado debe entenderse bien. Más allá de su conocido
origen en la teoría musical (nos referimos a la armonía musical), aquella
designa una cierta proporción o correspondencia de las partes de un todo. En
base a este significado proponemos armonizar los métodos (discordantes) de
estimación y medición de la inflación.
Ahora bien, otra discusión -que no
vamos dar aquí- es preguntarse cuál sería la cifra de inflación, técnicamente
hablando, más cercana a una estimación "normal", es decir la más adecuada
para sostener la difícil ecuación del crecimiento y el nivel de empleo. Sin duda
que para lograr a una cifra de inflación normal, como un paso previo e
ineludible, será necesario consensuar un método de medición aceptados por
todos: aquí entonces la utilidad de estas audencias.
Por último, hay un aspecto del
funcionamiento de las audiencias que nos parece importante aclarar, el cual
tiene que ver con la participación ciudadana. En términos generales, podrá
participar de las audiencias toda persona con ciudadanía argentino o extranjera
que, en lo posible, satisfaga alguna de las categorías de los incisos del Artículo
4 del reglamento interno. Por otra parte, cuando los legisladores de las
comisiones intervinientes lo requieran, podrán citar, conforme al Art. 71 de la
Constitución Nacional, a funcionarios, ministros, legisladores, etc. Pero, más allá
de estos últimos, lo importante es garantizar la participación de ciudadanos
"informados", cuya experiencia, conocimientos técnicos y aptitudes
profesionales son esenciales a los fines de encontrar una solución al problema
de la inflación. Para este último caso, hemos establecido el requisito de que los
interesados deban presentar una ponencia y, de existir, el material documental
adjunto sobre los cuales los Sres. y Sras. Legisladores de las comisiones
intervinientes deberán basarse para redactar el o los informes. En definitiva,
esperamos que la participación de especialistas, académicos, consultores, etc.,
más desvinculados posible de las estructuras partidarias, contribuya al objetivo
de informar y asesorar a este Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo Nacional
acerca de las metodologías y procedimientos más idóneos para la armonizar y
mejorar las estadísticas económicas y sociales nacionales.
Es por todo lo expuesto, Sr.
Presidente, que solicitamos la aprobación del presente proyecto de
Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION POR TODOS |
DE MARCHI, OMAR | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
TONELLI, PABLO GABRIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 132 (2014), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |