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PROYECTO DE TP


Expediente 5059-D-2008
Sumario: BIENES INMUEBLES DE LAS FUERZAS ARMADAS, LEY 23985: INCORPORACION DEL ARTICULO 6 BIS (PROHIBICION DEL ARRENDAMIENTO DE PARCELAS RURALES CON FINES AGROPECUARIOS A SOCIEDADES ANONIMAS).
Fecha: 12/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


1º) Incorpórese el artículo 6 bis a la Ley 23.985 de Bienes inmuebles de las Fuerzas Armadas, el que quedará redactado del siguiente modo: Artículo 6 bis: Queda prohibido el arrendamiento de parcelas rurales con fines agropecuarios a sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades en comanditas por acciones, unión transitoria de empresas, fideicomisos y/o sus controladas o controlantes.
A tal fin sólo podrá ser arrendatario una persona física individual o hasta tres personas físicas actuando mancomunada y solidariamente, una cooperativa o una micro, pequeña o mediana empresa agropecuaria.
El carácter de micro, pequeña o mediana empresa agropecuaria se determinará de acuerdo a la resolución de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa vigente al momento de la convocatoria de la licitación pública
En todos los casos no se podrá contratar más de una parcela por arrendatario, quien deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Tener domicilio real acreditable y legal en un radio que no supere los cien kilómetros de la ubicación del predio licitado. b) En caso de tener producción agropecuaria en campo propio o arrendado, éste no debe exceder las quinientas hectáreas y debe encontrarse dentro del radio de cien kilómetros del predio licitado.
Dichos contratos deberán asimismo establecerse de conformidad con las leyes especiales de protección del medio ambiente, de protección de los recursos naturales y de conservación y recuperación de suelos. El Ministerio de Defensa, a través de su Secretaría de Planeamiento, convendrá con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable los mecanismos a través de los cuales se fiscalizará anualmente el cumplimiento de prácticas agropecuarias sostenibles, en resguardo de la explotación racional del suelo y con el fin de preservar el valor de las tierras que conforman el patrimonio nacional. En el caso de que se verificase de manera fehaciente la violación de estas prácticas y la explotación irracional del suelo, el Ministerio de Defensa procederá a la rescisión del contrato de arrendamiento. 2º) Modifíquese el Artículo 8 de la Ley 23.985 de Bienes inmuebles de las Fuerzas Armadas, el que quedará redactado del siguiente modo: Las condiciones a las que se sujetarán las contrataciones en lo relativo a formas de pago, plazos, constitución de garantías y demás modalidades, se establecerán en la reglamentación. La autoridad de aplicación tomará los recaudos necesarios para que antes de verificarse la contratación, el inmueble objeto de la misma se encuentre debidamente registrado y en condiciones de negociación. Se tendrán en cuenta asimismo los aspectos ecológicos inherentes a la forma de afectación, distribución y utilización de las tierras que en cada caso se disponga. Sin perjuicio de lo establecido en las leyes especiales de protección del medio ambiente, de protección de los recursos naturales y de conservación y recuperación de suelos, la reglamentación fijará las condiciones para su cumplimiento y las penalidades por su violación.
3º) Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por haber llegado tarde a la libertad, la gran dinamizadora del debate y el desarrollo cultural democrático, en Argentina vivimos como nuevos los fenómenos que los países más modernos ya desecharon por inútiles o dañinos. Un atraso que se expresa en el pragmatismo con el que se justifica la inmediatez y la urgencia en el tratamiento de los temas y problemas, sin advertir que lo que promueve un desarrollo sostenido en el tiempo es la intervención de un Estado capaz de igualar las desigualdades, con autoridad para regular las fuerzas que históricamente actuaron en las sombras, amparadas por una tradición autoritaria. En nombre de un falso debate ideológico -hoy lo sabemos- el Estado fue desguazado sin que se haya restituido la función de control que es inherente a la administración de los bienes públicos. Entre nosotros las crisis actúan como una eficaz extorsión que impide que los problemas reales de Argentina sean sometidos a la opinión pública para democratizar las soluciones. Las emergencias económicas han sido siempre la tentación de la excepcionalidad, los atajos institucionales justificados bajo un pragmatismo ramplón que se apropió de la política y fue postergando la construcción de una normalidad democrática, basada en los valores que definen a las sociedades más desarrolladas: la transparencia, el control y la participación ciudadana. Si la sociedad planetaria puso a prueba a los Estados nacionales, en nuestro país la vulnerabilidad de un Estado desmantelado liberó fuerzas económicas poderosas que, sin control, pusieron en riesgo los recursos nacionales, como son nuestros bosques, los ríos, el agua, la tierra. Al desatender su función de contralor, debilitado en sus recursos, desautorizado por el clientelismo político, el Estado argentino no puso freno ni impidió los fenómenos que se fueron procesando fuera de los ojos urbanos, como la tenencia concentrada de la tierra, la depredación ambiental y el éxodo rural que fue cambiando la fisonomía de los pueblos del interior. Resulta paradójico que la identidad nacional se reconozca en el campo y a la par se constate una ignorancia generalizada, cuando no prejuiciosa, sobre la real base económica de la producción agropecuaria. Aún a riesgo de utilizar el mismo instrumento que criticamos, la simplificación de la sociedad a los números de la economía, el Censo Nacional Agropecuario de 2002 ya reveló de manera innegable la magnitud del proceso de cambio en el campo argentino, donde las explotaciones agrarias se concentran cada vez más en menos manos: en ese año, el 10% de las más explotaciones más grandes concentraba el 78% de las hectáreas registradas, en tanto el 60% de las más pequeñas no reunían un 5% del total. Una manifestación numérica que desnuda la tenencia concentrada de la tierra, pero que también nos alerta sobre lo que significa el éxodo rural, la dispersión cultural y el mal uso de los recursos naturales. Un mapa que impone la necesidad de replantear la política agropecuaria y los criterios de distribución y protección de nuestro patrimonio. Sobre todo, el de aquellos bienes que pertenecen a todos los argentinos, ya que el mismo Estado nacional tiene en sus manos extensas superficies de tierras, asignadas al Ministerio de Defensa por la ley 23.985 y el decreto reglamentario 433/2007. Dicha legislación determina que los recursos obtenidos de la venta, locación, permuta o concesión de los bienes inmuebles pertenecientes al dominio privado de la Nación y que se encuentren bajo administración de las Fuerzas Armadas se utilizarán para financiar su proceso de modernización y reestructuración. Con ese fin, cada año, las Fuerzas Armadas deben elevar al Ministerio de Defensa un listado de aquellos inmuebles que sean considerados innecesarios o prescindibles y sugerir su venta, permuta o arrendamiento. Le compete luego al Ministerio de Defensa decidir sobre el destino final de esos bienes del Estado, cuya contratación debe realizarse por subasta o licitación pública. En este proceso, el artículo 8º de la citada ley advierte que "se tendrán en cuenta asimismo los aspectos ecológicos inherentes a la forma de afectación, distribución y utilización de las tierras, que en cada caso se disponga". Sin embargo, no hay en la norma precisiones en particular acerca de los arrendamientos, a excepción de lo que dispone el decreto reglamentario en su artículo 7º inc. e: se considerarán prescindibles o innecesarios para el servicio aquellos inmuebles en los que "estando arrendados a terceros, no se hubiera previsto actividad militar alguna durante un lapso de tres (3) años, a partir de la fecha de suscripción del contrato de alquiler". Tampoco está previsto el mecanismo a través del cual se controlará el cumplimiento de aquellos "aspectos ecológicos inherentes" a la utilización de las tierras. Esta carencia es la que pretende reparar el presente proyecto de ley, determinando tanto los criterios básicos para la adjudicación de esas tierras con fines agropecuarios como los controles que debe poner en marcha el Ministerio de Defensa para inhibir la participación de los grandes "pooles de siembra" que bajo diferentes formas societarias, especialmente fondos fiduciarios, constituyen una competencia desigual para los pequeños y medianos productores a la hora de la licitación pública de esos predios. Del mismo modo, al valor de bien común, como patrimonio de los argentinos, se agrega el imperativo global de protección del medio ambiente como valor universal. Por eso, también debe establecerse de manera clara y explícita la responsabilidad del Ministerio de Defensa en la utilización que el arrendatario haga de las tierras, en resguardo del medio ambiente y del suelo como recurso productivo. Se prescribe una fiscalización anual, en coordinación con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, y se impone al Ministerio la obligación de rescindir el contrato en caso de acreditar de manera fehaciente la violación de las buenas prácticas agropecuarias. Insistimos en la necesidad de transparentar la gestión de las tierras fiscales también a la luz de las advertencias que ha hecho la propia Sindicatura General de la Nación respecto de la concesión de uso de inmuebles del Estado Mayor General del Ejército, tal como lo refleja su "Informe de Evaluación del Sistema de Control Interno" en el año 2006, donde se enumera entre los "principales hallazgos": -Problemas de forma y procedimientos en las licitaciones y adjudicaciones correspondientes a la concesión de uso de inmuebles. -Documentación con foliaturas diferentes, y casos de alteraciones en la cronología de su archivo. -Falta de evaluación de utilidad en el marco de las disposiciones de la ley 23.985. -Falta de inclusión de predios en los listados elevados al Ministerio de Defensa en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la ley 23.985. -Falta de justificación de la selección de procedimientos a la licitación pública. -Falta de definición precisa del objeto de la licitación y el destino del predio en algunos pliegos de condiciones. -Limitada publicidad del llamado.
En este caso concreto, se impone al Estado una doble responsabilidad: la de transparentar el proceso de adjudicación y la de impedir que otra necesidad democrática, como es la postergada modernización de las Fuerzas Armadas, quede condicionada a conseguir el mejor postor en una licitación. Las razones del dinero, la altísima rentabilidad que ofrecen los negocios agrícolas por los precios internacionales no pueden imponerse al postergado debate sobre el papel de las Fuerzas Armadas en una sociedad democrática. Su reestructuración no puede depender de la capacidad de esas Fuerzas para hacer negocios rentables. Menos aún puede el Estado, que es quien debe garantizar la igualdad ante la ley, promover el fortalecimiento de los grupos concentrados en detrimento de los sectores más vulnerables. Como tampoco desoír las advertencias que desde hace años vienen realizando diferentes y autorizados sectores de la comunidad sobre el proceso de la concentración de la tierra. En 2005, en el documento "Una tierra para todos", la Conferencia Episcopal Argentina alertaba: "La falta de una política estatal fundada en una equilibrada distribución de las tierras rurales, en el marco del predominio de una concepción utilitaria de la propiedad como un bien de mercado y no como bien social, fue generando en nuestro país un fuerte proceso de concentración de las tierras productivas. Este proceso, con casi tres décadas de duración, continúa actualmente vigente y afecta principalmente a pequeños y medianos productores agrícolas. Esto es así debido a que el principal factor de concentración no es la ampliación de la frontera agrícola por ventas de tierras fiscales, sino la venta de derechos de posesión de pequeños productores empobrecidos a grandes corporaciones de capitales, nacionales extranjeras". El mismo documento consigna que entre 1988 y 2002 en tanto el número de explotaciones agropecuarias se redujo un 20%, aumentó el tamaño promedio de las áreas explotadas, que pasaron de 470 hectáreas en 1988 a 590 en el año 2002. Este proceso encontró a los productores endeudados y, por eso, debilitados para competir con las estrategias del capital de inversión que a través de los arrendamientos fue ahogando al pequeño y mediano productor. Si la simplificación de los números nos advierte sobre las consecuencias sociales de semejante concentración, es fácil deducir que no existen límites institucionales para evitar que el más grande se coma al más chico. Un proceso de pauperización que va convirtiendo al que ayer fue un pequeño productor en un rentista, cuando no en un trabajador rural precarizado. La Federación Agraria Argentina, reconocida por su secular tradición en defensa del pequeño y mediano productor, denunció que este año el Estado ya arrendó más de 8 mil hectáreas administradas por las Fuerzas Armadas para sembrar soja y otros cultivos, las que en su mayoría fueron adjudicadas a grandes empresas agropecuarias. Es fácil reconocer que el criterio de los grandes grupos es la rentabilidad que ofrece hoy el campo por causa de los altos precios internacionales de los alimentos. De modo que el objetivo financiero como un fin en sí mismo contamina y distorsiona el vínculo con la actividad agropecuaria. No se cuestiona ni a los "pooles de siembra" ni la legítima necesidad de reformar a las Fuerzas Armadas, debilitadas presupuestariamente. Lo que no puede hacer el Estado es promover esas ganancias privadas a expensas de los sectores más desprotegidos, ni mucho menos ser socio en los negocios. Del mismo modo que la modernización de las Fuerzas Armadas no puede estar sujeta al éxito o al fracaso de esas transacciones comerciales. Si bien carecemos de datos oficiales -hemos presentado un pedido de informes al respecto, todavía sin tratamiento- se estima que a lo largo de estos últimos cinco años se ha repetido el mismo criterio de adjudicación de esas tierras, lo que ha puesto al Estado en una flagrante contradicción. Por un lado, se denuncia el proceso de concentración y de "sojización" del campo y, por el otro, al entregar las tierras del mismo Estado a las grandes empresas sojeras, reproduce lo mismo que denuncia: el desplazamiento de los pequeños y medianos productores que antes trabajaban en esas tierras administradas por el Ministerio de Defensa a los grupos más concentrados de la producción sojera. Dijo la Presidenta Cristina Fernández el pasado 31 de marzo: "Estos 62.500 productores que son, reitero, el 80% de los productores de soja y girasol de nuestro país, ¿cuánto producen, cuánto es el volumen que producen? Sólo producen el 20% de soja en la República Argentina; el otro 20% de productores produce el número inverso: el 80% del total de tonelaje de soja y girasol en nuestra República Argentina. Y de ese 20% de productores, que tienen el 80% del total del mercado, hay un 2,2% que tiene el 46% de la producción. Y acá viene la segunda parte de la mirada, cuando una Presidenta tiene que tomar una decisión, el tema de cuál es el modelo de distribución en la República Argentina y cómo se concentra la riqueza". En la misma respuesta de la Presidenta está el fundamento de nuestra preocupación: ¿cuál es entonces nuestra obligación como gobernantes y, en nuestro caso, como legisladores? Tomar las decisiones que reequilibren a la sociedad, que nos permitan, además, garantizarles a todos los habitantes trabajo, vivienda, salud, educación y también producir riqueza. Porque compartimos la preocupación presidencial de que la celebración del Bicentenario no reproduzca la distorsión y la inequidad del inicio del siglo pasado, es que le cabe al Estado no promover indirectamente lo que se condena: la riqueza en pocas manos. La información periodística, al reproducir la denuncia de los mismos productores desplazados de las licitaciones públicas, confirmó que este año "el Estado Nacional acaba de abrir una licitación pública para arrendar un predio de 1.967 hectáreas que el Ejército posee en la localidad de Ordóñez con destino ofrecido para siembra de soja o trigo (1) ". Una información que confirma la vieja preocupación de los dirigentes rurales que pidieron a las autoridades del Ministerio de Defensa no se otorgue esas tierras al grupo Grobocopatel sino a los pequeños y medianos productores. Se trata de un total de 12.300 hectáreas que se van licitando parcialmente, como confirmó el intendente de Ordóñez, Dardo Iturria, quien explicó que "desde hace 15 años se llama a licitación pública, parciales, y se pagan barbaridades por parte de grupos internacionales como Cre-Sur, Grobocopatel o fideicomisos, nunca se sabe de donde vienen los fondos. Esto deja afuera a los 30 ó 40 productores de la zona que antes eran quienes explotaban esas tierras". Denominadas por los vecinos como "La Remonta", se trata del campo General Paz, donde hasta 1960/61 se cumplía el Servicio Militar Obligatorio. Otro dato que arrojó el titular del municipio es que esas 12.300 hectáreas representan casi el 20% de la zona de influencia de la localidad, por lo que la explotación por parte de los productores locales se limita a las poco más de 40 mil restantes. A modo de muestrario histórico, vale reseñar el origen de esas tierras cedidas al Ejército por el decreto del 23 de marzo de 1898 del Presidente Tte. General Julio Argentino Roca, cuyo Ministro de Guerra era el General Luis María Campos. Fue entonces cuando se creó la Inspección General de Remonta. Su historia es, también, la historia de las Fuerzas Armadas desde los tiempos de Roca hasta los tiempos de la penitencia social por el terrorismo de Estado, sin que se haya encarado hasta hoy un debate serio, profundo y plural sobre cuál debe ser el papel de las Fuerzas Armadas subordinadas a la Constitución. De modo que para honrar a las mismas Fuerzas Armadas democráticas se impone que no se reduzca ese papel a la habilidad de esa institución para hacer negocios rentables, ajenos a la misma actividad del cuartel. Si ya es obligación del Estado informar de manera transparente y por eso rigurosa y precisa sobre sus acciones, la velocidad con la que se han ido procesando estos nuevos fenómenos de concentración exige que el Estado se anticipe, programe y evite las consecuencias sociales y ambientales que el codiciado cultivo de la soja provoca. Un fenómeno denunciado también enfáticamente por la Presidenta de la Nación, quien a lo largo de los más de cien días del conflicto por las retenciones a la exportación agropecuaria, insistió tanto sobre el carácter especulativo de los llamados "pooles de siembra" y la distorsión productiva que significa que sobre las 300 millones de hectáreas del territorio argentino, de las cuales el 10% son cultivables, casi la mitad esté dedicada a la soja, con el consiguiente impacto climático ambiental que genera la tala de enormes extensiones de bosques. Vale mencionar, también, el impacto de las nuevas tecnologías sobre las transformaciones operadas en el campo por causa de la incorporación de las nuevas tierras, en general de ambientes frágiles y riesgosos que han desplazando la frontera agrícola. En este marco se estima que alrededor de los 40 millones de hectáreas de bosques naturales con los que cuenta actualmente la Argentina están expuestos a una lenta pero sistemática degradación. Según datos del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y la Secretaría de Medio Ambiente, la Argentina ha perdido el 70% de sus bosques desde 1935. Asimismo, los bosques nativos, que en 1914 ocupaban el 39% del territorio nacional, sólo ocupaban en 1987 un 14%. Y si bien nuestro país posee una gran cantidad de zonas con recursos forestales, esas regiones han sido sobreexplotadas de forma indiscriminada, lo que ha provocado alteraciones en su ecosistema, con sus gravísimas consecuencias, tal como se reconocen en la denominada zona del "Impenetrable" en el Chaco y la selva Misionera. En resguardo del patrimonio común de los argentinos, resulta necesario comprometer al Ministerio de Defensa, en coordinación con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, en la responsabilidad de fiscalizar la explotación racional de las tierras asignadas a su administración que sean arrendadas con fines agropecuarios, no sólo para preservar su valor sino también para prever el impacto negativo que pudiera producirse en el medio ambiente por acción de prácticas no controladas. Por falta de previsión o por esa obsesión nacional de reducir todos los fenómenos sociales al dinero, "las oportunidades" de Argentina por la demanda internacional de alimentos han postergado los debates que ocupan y preocupan al mundo desarrollado. Así, aquellas previsiones de nuestros fundadores de poblar la patria y fomentar la colonización hoy se ven desvirtuadas por la concentración del manejo de la tierra. Sin entrar en el debate de si el Estado debe o no regular el mercado o pretender diseñar una política agropecuaria, lo que aquí se sostiene es que los criterios del Estado en el uso y destino de sus bienes no deben ser los del mercado. Vale entonces, a modo de conclusión, insistir en la responsabilidad que le cabe al Estado en la armonización de las desigualdades económicas para defender a los sectores más vulnerables de aquellos más poderosos que, por la tradición autoritaria del país, influyen y utilizan la debilidad estatal en su beneficio. Debemos dotar al Estado de normas que garanticen la equidad y el resguardo de nuestros recursos, en cumplimiento de la obligación constitucional que en el artículo 75 inc. 19 manda a este Congreso a "proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo..."; y del inc. 23 que nos obliga a "legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato..." El Estado tiene un carácter ineludible, que es su carácter educativo. La gestión de sus propios bienes, que son de todos, debe estar basada en una auténtica cultura de promoción de los valores colectivos: la igualdad de oportunidades, la equidad y el trabajo como promotor de la dignidad humana.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
AGUAD, OSCAR RAUL CORDOBA UCR
SANCHEZ, FERNANDO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
DEFENSA NACIONAL