PROYECTO DE TP
Expediente 5058-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DERRAME DE CIANURO Y LA EXPLOTACION MINERA EN VELADERO, PROVINCIA DE SAN JUAN.
Fecha: 16/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que, a través de los organismos que resulten competentes, informe lo
que a continuación se solicita con respecto a la explotación minera Veladero,
provincia de San Juan:
Si la Secretaría de Minería y la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación han tomado
conocimiento del derrame de cianuro provocado por dicha mina el pasado 13
de septiembre de 2015;
En caso de una respuesta
afirmativa al apartado anterior, indique qué sanciones tiene pensado adoptar
sobre dicho emprendimiento minero;
Cuáles son las acciones de
contralor desarrolladas por la Secretaría de Minería de la Nación sobre dicha
explotación, de acuerdo a lo normado por la sección segunda del Código de
Minería de la Nación, la Normativa Complementaria y los Presupuestos Mínimos,
y por aplicación efectiva de la Ley Nº 24.585 se establecen instrumentos de
Gestión Ambiental.
Envíe el Informe de Impacto
Ambiental (IIA) y la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la explotación
minera Veladero;
Qué acciones desarrolló la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación como autoridad
de aplicación de la Ley General del Ambiente 25.675 sobre dicha mina;
Qué acciones de control realizan
dichas Secretarías sobre los trabajos de restauración ecológica de vegas
(humedales de altura), de manejo de agua y disposición de residuos sólidos en
la explotación minera Veladero;
Qué dependencia se encuentra
realizando el monitoreo ambiental de dicho proyecto y cuáles fueron los
resultados de los mismos;
Cómo se encuadra la mina
Veladero en el marco de la Ley N° 26.639, dado que se encuentra pendiente de
realización el Inventario Nacional de Glaciares ordenado por la misma;
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante la Ley Nº 25.243 se
aprobó, en marzo del 2000, el Tratado sobre Integración y Complementación
Minera, el Protocolo Complementario del Tratado de Integración y
Complementación Minera y el Acuerdo por Canje de Notas por el que se corrige
un error material del Protocolo Complementario, suscriptos con la República de
Chile suscripto en julio de 1996 y ratificado en diciembre de 1997.
Dicho tratado aportó el marco
legal en el que se inserta el proyecto aurífero Pascua Lama y muchos otros que
se quieren construir en las altas cumbres de Los Andes.
Pare el economista chileno Julián
Alcayaga, las transnacionales mineras que promovieron este acuerdo
pretendían que los minerales argentinos pudieran salir a través de puertos
chilenos, generar una suerte de "país virtual" a lo largo de la Cordillera de Los
Andes, y levantar las restricciones a la propiedad extranjera en zonas
limítrofes.
A partir de 1994 se constituyeron
comisiones binacionales sobre el tema minero con composición público-privada.
Esta voluntad de trabajo conjunto se plasmó en la Declaración Presidencial de
Olivos, suscrita el 26 de abril de 1996, y que contó con el impulso del entonces
presidente Menem, además de ministros y parlamentarios de ambos países, y
destacados empresarios. Eran las bases del Tratado Minero.
El Tratado supuso la creación de
un Área de Operaciones de 340.835 km2: 180.165 km2 aportados por Chile -lo
que representa el 25 % de su territorio- y 160.670 km2 por Argentina (6 % de
su territorio). Dicho territorio sería gobernado por una Comisión
Administradora, financiada por las transnacionales mineras, con atribuciones
para disponer libremente de los recursos naturales contenidos en el Área de
Operaciones. También podría otorgar concesiones de explotación y resolver las
controversias que se presentasen entre "las partes", es decir, entre los Estados
suscriptores del tratado.
Otro aspecto muy relevante de
este acuerdo es que permitía la constitución de servidumbres mineras en Chile
para yacimientos ubicados en Argentina, y viceversa.
Desde la suscripción y ratificación
del Tratado sobre Integración y Complementación Minera, el desembarco de las
transnacionales mineras en nuestro país no ha dejado de suceder.
Sin embargo, en Chile, varios
proyectos mineros y de energía fueron demorados luego de protestas masivas
que exigen una mayor regulación de los recursos naturales.
La última de ellas provocó que la
corte de apelaciones en la ciudad norteña de Copiapó acusara a la compañía
minera canadiense Barrick Gold de cometer "irregularidades ambientales"
durante la construcción de la mina de oro y plata ubicada a mayor altitud del
mundo y que se extiende en la frontera andina con Argentina.
Así Barrick Gold Corporation
suspendió el proyecto minero Pascua-Lama, después de que el tribunal chileno
fallara a favor de comunidades indígenas que denunciaron que la mina
amenazaba su suministro de agua y contaminaba los glaciares.
En San Juan, Barrick Gold
Corporation lleva adelante el proyecto Veladero, que se encuentra en el
departamento de Iglesia, a 370 kilómetros de la ciudad de San Juan, y a 4.000
metros de altura en la cordillera de los Andes.
Veladero inició su producción en
octubre de 2005 y, según la empresa, emplea a más de 3.800 personas, entre
personal propio y contratado.
Por la disposición de los minerales
en la roca, Veladero es una operación con producción de superficie de oro y
plata. Su inversión inicial, de 540 millones de dólares, le permitió a Barrick
producir alrededor de 650.000 onzas de oro anuales.
Según la empresa, "Veladero fue la
primera mina en la Argentina que validó la exigente norma ISO 14.001 en todo
su sistema de gestión ambiental. Asimismo, las prácticas y procedimientos de
producción se encuentran certificadas bajo los estándares del Código
Internacional del Manejo del Cianuro, diseñado al amparo del Programa para el
Medio Ambiente de Naciones Unidas."
Sin embargo, días atrás, la rotura
de una cañería que conducía solución cianurada desde donde procesan el
material hacia el valle de lixiviación de la mina, generó alarma en la población
de San José de Jáchal por la posible alteración del agua para consumo
humano.
A pesar que tanto la empresa
Barrick, como el Gobierno provincial, y hasta la propia Cámara Minera de San
Juan aseguraron que no hubo contaminación; es más, el propio Presidente de
la Cámara Minera, Jaime Bergé, aseguró que "El cianuro en el manejo de las
minas está en proporciones tan bajas que... hasta podés tomar medio vaso que
no va a hacer nada".
Las dos hipótesis que se
manejaban sobre el inconveniente era que pudo haberse originado a
consecuencia del sismo que se registró en la madrugada del sábado 12 de
septiembre o, también, que pudo darse por las bajas temperaturas.
El incidente se produjo
aproximadamente a las 11 de la mañana del domingo 13, momento a partir del
cual y durante unos 40 minutos habría fallado una cañería de transporte de
solución cianurada. Según Marcelo Ghiglione, secretario de Gestión Ambiental y
Control Minero de San juan, el líquido habría sido contenido en primera
instancia por el mismo sistema de lixiviación, que tiene piletones para
contingencias, pero por efecto de la nieve circundante se produjo un desborde
de una cantidad sin precisar.
El líquido habría ido a parar al
canal Norte, que es el que conduce el agua a un sistema de piletas más abajo y
que termina en el río Potrerillos, afluente del río Las Taguas, del río Blanco, y
del Jáchal.
La empresa Barrick emitió un
comunicado oficial en el que sostuvo que "no hubo contaminación en los ríos
que corren en la cuenca del río Jáchal" y agregó que "sólo hubo daños
materiales en una cañería sin verse afectada la salud de los trabajadores". La
empresa informó que la rotura se produjo en la cañería que va desde la planta
de procesos hasta el valle de lixiviación donde se depositan los desechos
derivados del tratamiento de la roca para extraer el oro.
Por su parte, el ministro de Minería
de San Juan, Felipe Saavedra, sostuvo que "se están haciendo los peritajes
para iniciar un sumario que podría terminar con una sanción a la
empresa".
Extraoficialmente trascendió que
de las 30 muestras de agua del río, tomadas hasta 30 kilómetros abajo y cada 2
horas, en los primeros días a partir del derrame, habrían mostrado cantidades
de cianuro más altas de lo tolerable para el consumo humano.
Mientras en Chile se demuestra
palmariamente que Barrick lleva adelante "minería responsable" de contaminar
el aire y el agua, y de destruir los glaciares y el paisaje, aquí el kirchnerismo se
desespera por negarlo y ocultar sus efectos contaminantes.
Habiéndose demostrado que
Barrick contamina del lado chileno, el sentido común nos indicaba que también
contaminaba del lado argentino, y así sucedió. El problema es que aquí el poder
político impide monitorear el impacto ambiental.
Es más. La propia empresa y el
Gobierno de San Juan admiten que Pascua Lama tendría un impacto sobre más
de 300 hectáreas de permafrost, suelo congelado protegido por la Ley de
Glaciares, lo que constituye una autoincriminación de violación de la
mencionada norma. O que Veladero se encuentra dentro de la Biósfera San
Guillermo.
Sería saludable es que el gobierno
haga cumplir la ley de glaciares, condición indispensable antes de autorizar
cualquier explotación, según la normativa jurídica vigente, en lugar de actuar
como "vocero" de la Barrick Gold.
Lo que sucedió en San Juan, la
destrucción de glaciares y la contaminación de acuíferos, son las consecuencias
de la minería a cielo abierto que venimos denunciando, ante la pasividad o
complicidad del kirchnerismo.
Frente a una situación de estas
características, cualquier mandatario prudente y honesto suspendería
temporalmente el proyecto minero sin mediar ningún tipo de duda. Pero esa no
parece ser la actitud de Gioja ni de la Presidente.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares me acompañen en la aprobación del presente pedido de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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MINERIA (Primera Competencia) |