PROYECTO DE TP
Expediente 5057-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA RESCISION DEL CONTRATO DE CONCESION DE LAS EMPRESAS "AMERICA LOGISTICA MESOPOTAMICA S.A" OPERADORES DE LAS REDES FERROVIARIAS DE CARGA DEL PAIS.
Fecha: 11/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 150
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que disponga en forma inmediata la rescisión del contrato de concesión a la
empresa América Logística Central S.A Y América Logística Mesopotámico S.A(
ALL),
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
ALL Argentina es el operador logístico
de dos de las más importantes redes ferroviarias de carga del país, ALL Central (ex
línea San Martín o BAP) Atraviesa el centro del país: comienza en la región de
Cuyo (provincias de Mendoza y San Juan), recorre las provincias de San Luis y
Córdoba, las une a la región de Rosario y finaliza en Buenos Aires, y ALL
Mesopotámica (ex línea Urquiza o MESO) Une la región de la Mesopotamia a
Buenos Aires, atravesando las provincias de Misiones, Corrientes y Entre Ríos, y las
une a Paraguay, Uruguay y a la red ferroviaria de ALL en Brasil.
Con más de ocho mil kilómetros de
red ferroviaria, ALL Argentina es el primer operador del país en extensión y el
segundo en volumen de carga transportada: más de 5 millones de toneladas
anuales. Las bases intermodales más destacadas por su localización,
infraestructura y nivel de actividad son: ALIANZA y ZARATE (provincia de Buenos
Aires) y PALMIRA (provincia de Mendoza).
Lo cierto es que en el año 2005 el
informe de carácter reservado de la la C.N.R.T, cuyo objetivo fue elevar las
consideraciones del organismo ante la firma de las Cartas de Entendimiento
rubricadas entre UNIREN y las Empresas ALL Central y Mesopotámica. A esto
debemos sumar el informe de la Auditoria General de la Nación en su actuación
AGN Nº 184/05 y las consideraciones de la Res. Nº 195 /08 del mismo organismo.
Según lo que se desprende del
informe "reservado" de la CRNT, con fecha 30 de Septiembre de 2005, ALL
claramente se diferenciaba ya en ese momento del resto de los concesionarios,
siendo esta empresa la ultima de todas en cuanto al mantenimiento y a la
seguridad operativa, cambiando permanentemente a los responsables y colocando
gente joven sin experiencia en puestos claves.
El informe destaca la
cantidad de descarrilamientos sobre vía principal, según la gerencia de seguridad
en el Transporte de la CRNT. "El concesionario ALL (Central + Mesopotámico) se
diferencia del resto, de modo que en su ámbito se producen unos 140
descarrilamientos sobre vía principal, mientras que el que le sigue presenta solo un
10% de ese valor" (1) . El informe también destaca que 140 descarrilamientos en
un año significa que, hay un tren caído cada dos días y medio. Se hace notar que
los datos surgen de lo informado por el concesionario (podría haber mas) y no
incluye los descarrilamientos producidos en vías de playa, secundarias y desvíos
particulares
Año 2003
Año 2004
Según informe de la AGN Actuación
AGN N° 184/05, desde el año 1995 el Concesionario no ha depositado suma
alguna en concepto de aportes obligatorios al Sistema de la Seguridad Social en
concepto de 30% del canon. La deuda de ALL Central con la Administración
Nacional de la Seguridad Social (ANSES), estimada en función de la normativa
contractual, puede desagregarse de la siguiente manera:
30% del Canon devengado $
10.930.979,42
Pagos realizados por el
Concesionario:
12/12/1994 $ 3.838,81
11/01/1995 $ 3.838,81
23/05/1995 $ 379.402,64 $
(387.080,26)
Saldo de deuda sin intereses $
10.543.899,16
Estimación de intereses16 $
25.719.817.39
Saldo de deuda con intereses
estimados $ 36.263.716,55
La Comisión Nacional de Regulación
del Transporte practica la determinación del monto devengado no aplicando
intereses por atribuir tal competencia a la citada administración. Asimismo,
consultada la ANSES sobre la determinación de la deuda del Concesionario informa
que no fue notificada ni cuenta con el Contrato de Concesión, situación que torna
imposible determinar la potencial deuda del Concesionario para con el Sistema de
Seguridad Social en el marco del Art. 31 de la Ley N° 23.966.
Informa, además, que no cuenta con
registros ni constancias de los procesos administrativos regulados por el Art. 10 del
Decreto N° 437/1992 ni con información sobre novedades de inicio de acciones
judiciales tendientes al cobro de potenciales acreencias. En conclusión, el resumen
total de la deuda por canon, se presenta en el siguiente cuadro:
Concepto Deuda c/aplicación del
1º
Convenio
70 % del Canon (CNRT) $
82.652.612,39
30 % del Canon (ANSES) $
36.263.716,5517
Deuda Total $ 118.916.328,94
Además la Auditoría General de la
Nación determina que del análisis y verificación del cumplimiento de las
obligaciones contractuales por parte del Concesionario y demás aspectos
relacionados a su gestión de explotación, puede concluirse que:
Las Garantías y Seguros obligatorios
presentan las siguientes irregularidades: a) ALL Mesopotámica no ha renovado la
póliza de Caución que cubría la Garantía de Cumplimiento de Contrato, desde el 23
de septiembre de 2002. b) Tampoco ha renovado, ni contratado seguro alguno
que ampare el riesgo de Responsabilidad Civil, con posterioridad
al 26 de agosto de 2000, fecha a
partir de la cual venció la ultima póliza. Es destacable el excesivo tiempo
transcurrido en el cual se ha sostenido esta situación irregular, sin alcanzarse una
solución al respecto y a pesar de los marcados incumplimientos a las obligaciones
previstas en el Contrato.
El Canon de la Concesión se
encuentra en estado de extrema irregularidad. El último pago realizado por el
Concesionario data de septiembre de 1996. A partir de esa fecha, interrumpió su
pago en forma permanente, habiéndose superado holgadamente los supuestos
establecidos en el Pliego que faculta al Concedente a rescindir el Contrato de
Concesión por falta de pago de seis mensualidades acumuladas.
Motivos de sanción para All
Mesopotámica
Levantamiento de vías,
Incumplimiento al Reglamento
Operativo,
Arrendamientos no permitidos,
Paso de trenes con barreras
levantadas,
Incumplimiento de información sobre
accidentes,
Falencias detectadas en inspecciones
de prácticas operativas,
Negativa para proceder a la
reparación del puente sobre el río Gualeguay, etc.
El total de multas aplicadas por estos
motivos acumula un monto de $ 473.000. (2)
Comisión Nacional de
Regulación del Transporte -
En lo relativo al Inventario de los
Bienes cedidos en concesión, las partes han incumplido con la conformación del
inventario inicial, lo que a derivado en el sistemático incumplimiento del
Concesionario a la obligación de presentar, en forma anual, el inventario
actualizado. La inexistencia de un inventario inicial, conformado entre las partes,
de los bienes concedidos que son patrimonio del Estado Nacional podría traer
aparejado graves conflictos al momento de su restitución, al finalizar la Concesión.
Implica, además, la imposibilidad de poder realizar un adecuado control del estado
actual de los bienes en comparación al estado en que los mismos fueron
entregados. La entrega de la Información Técnico - Contable es irregular.
Recurrentemente la empresa no cumple con la presentación en tiempo y forma de
los Indicadores de Gestión y los Balances de la sociedad concesionaria se
presentan en forma tardía. También, los indicadores presentados por ALL
Mesopotámica no reflejan el verdadero estado de la infraestructura (el
Concesionario busca "levantar" la calificación de la vía), poniendo en duda la
confiabilidad de la información suministrada. Con relación al Régimen Tarifario, la
Empresa ha superado sistemáticamente a partir del año 2002 el Límite Superior
Tarifario establecido en el Contrato de Concesión.
En materia de Cumplimiento de las
Inversiones, la inversión realizada por ALL Mesopotámica no alcanzó el 10% del
monto comprometido en su Oferta. Mientras que en lo concerniente al
reconocimiento de Inversiones en el proceso de renegociación, la metodología
aplicada por UNIREN para determinar el quantum de las inversiones ejecutadas
por ALL Mesopotámica, presenta inconsistencias. En lo concerniente al
mantenimiento de la infraestructura, la gestión es extremadamente
deficitaria:
a) La red en operación se ha reducido
en forma significativa durante la Concesión, los kilómetros en actividad
representan sólo el 45% del total e la red otorgada en concesión (la red en
actividad cayó de 2.751 a .436 km).
b) La red concesionada presenta
varios ramales intransitables y en estado e abandono, hechos facilitados por la
falta de presencia y vigilancia el Concesionario.
c) El servicio de pasajeros opera a
velocidades comerciales no compatibles on este tipo de prestaciones.
articularmente, en el servicio de pasajeros que se brinda en el ramal Basavilbaso -
Concordia operado por ALL Mesopotámica, la velocidad promedio se ha reducido a
la mitad comparada con la que se brindaba antes de dar inicio a la concesión, por
lo que el tiempo de viaje empleado se ha duplicado (inicialmente el recorrido se
cubría en un tiempo de 2:47 h y ahora en un tiempo de 5:36 h).
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El caso más significativo es el tren de
Buenos Aires - Posadas, denominado "El Gran Capitán", donde la velocidad media
ponderada con que fue entregada la vía por Ferrocarriles Argentinos era de 91,6
km/h y en la actualidad es de 53,2 km/h. El negativo impacto en la calidad del
servicio debe vincularse principalmente al mal estado de la infraestructura de vía.
Si se quisiera restituir esta infraestructura al estado original serán necesarias
fuertes inversiones. En el caso de El Gran Capitán la degradación de velocidad
media ponderada es de unos 40 km/h y se ha estimado que requeriría una
inversión no menor a 50 millones de pesos para devolverla a su condición
original.
No existen inversiones para restituir
la infraestructura de manera de permitir las velocidades originales, la fatiga que
han sufrido los materiales constitutivos por falta de mantenimiento ha disminuido
notablemente la vida útil de la vía, de modo que la misma deberá ser renovada
varios años antes de lo previsto. Como se ve, además de la disminución de la
calidad del servicio (velocidad y tiempo de viaje) el mantenimiento defectuoso
provoca la depreciación del patrimonio ferroviario del Estado.
Estos solamente algunos aspectos a
tener en cuenta a la hora de evaluar el comportamiento de la empresa ALL. Todos
los aspectos reseñados y su confrontación con los lineamientos generales del
Contrato nos permiten concluir sobre el escaso logro perseguido por el Estado en
esta concesión. ALL no ha cumplido con sus obligaciones contractuales, es por ello
que solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Resolución
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERNANDEZ, RODOLFO ALFREDO | CORRIENTES | UCR |
CHEMES, JORGE OMAR | ENTRE RIOS | UCR |
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR | ENTRE RIOS | UCR |
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |