PROYECTO DE TP
Expediente 5054-D-2007
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA MUERTE DE MAS DE 32 INTERNOS EN EL PENAL DE VARONES UBICADO EN LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO.
Fecha: 02/11/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar su profunda consternación y preocupación por
la muerte de más de 32 internos que se encontraban alojados en el Penal de Varones de Santiago del
Estero, ocasionada el 4 de noviembre de 2007 en circunstancias todavía no determinadas
judicialmente, pero que tendrían como trasfondo las malas condiciones de detención y la dilatada
condición de procesados de la mayoría de los internos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El domingo 4 de noviembre de 2007 se
produjo un tremendo hecho luctuoso en la cárcel de Varones de Santiago del Estero, que provocó al
menos la muerte de 32 internos, y de más de 12 heridos. Las circunstancias en que los hechos
ocurrieron aún no han sido establecidas judicialmente, pero según informaciones preliminares tienen
como trasfondo las malas condiciones de detención y la dilatada condición de procesados de la
mayoría de los internos.
Más allá de las circunstancias particulares
por las que se desencadenaros los hechos, es necesario recalcar que existen obligaciones de orden
Constitucional e internacional respecto de personas privadas de libertad, que frente a lo ocurrido,
podrían colocar al Estado en situación de vulneración de esas obligaciones.
Recordemos que según el artículo 18 de la
Constitución Nacional "las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para
castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a
mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice." Numerosos
organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos o el Comité de
Derechos Humanos de Naciones Unidas, han puesto de manifiesto las malas condiciones de detención
de las cárceles en la Argentina, advirtiendo de alguna manera sobre situaciones como las ocurridas en
la cárcel de Varones de Santiago del Estero.
Pero además del problema de las malas
condiciones de detención, el Estado también está obligado a respetar la presunción de inocencia de la
que goza toda persona que todavía no ha sido condenada. Esta obligación emana de numerosos
instrumentos internacionales, como el Pacto de San José de Costa Rica, implica que si se va a privar
de su libertad a una persona, aún cuando todavía no existe condena, esa privación de libertad tiene que
ser limitada en el tiempo y en las condiciones en que se produce.
Según las informaciones, la mayoría de los
presos de la cárcel de Varones de Santiago del Estero, está en condición de procesado, habiéndose
excedido todo tiempo razonable para mantenerlos privados de libertad. A pesar de ello, a pesar de la
vulneración de su presunción de inocencia, los procesados permanecen detenidos, y en condiciones no
aceptables.
Es evidente que el poder punitivo del Estado,
cuando se excede transgrediendo obligaciones constitucionales, genera inevitablemente situaciones de
tan grave conflictividad como la que ocurrió en Santiago del Estero. Y por lo tanto, es el propio
Estado el que debe asumir las responsabilidades pertinentes. En el caso, corresponde que lo haga no
sólo el Estado Provincial de Santiago del Estero, sino también el Estado Nacional, desde que se
encuentran comprometida tarea delegada de proteger los derechos humanos.
Asumir responsabilidades implica en este
caso la investigación seria y eficiente de los hechos, pero también la modificación de las políticas
públicas que generan un uso excesivo o dañino del poder punitivo del Estado.
Es por estos motivos que solicito a esta
Honorable Cámara tratamiento y posterior aprobación de este expediente legislativo.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PERIE, HUGO RUBEN | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/11/2007 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 3396/2007 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 5054-D-2007, 5088-D-2007, 5086-D-2007 y 5152-D-2007 | CON MODIFICACIONES | 29/11/2007 |