PROYECTO DE TP
Expediente 5034-D-2011
Sumario: TARJETAS DE CREDITO (LEY 25065). MODIFICACION, SOBRE BENEFICIOS.
Fecha: 06/10/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 148
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1: Incorpórese en el Titulo IV
"Disposiciones Comunes" de la Ley N° 25.065 el presente artículo, el cual quedará
redactado de la siguiente manera:
"Las entidades financieras emisoras
de tarjetas de crédito y debito, sean bancarias o crediticias, deben otorgar los
mismos beneficios de sus respectivas tarjetas de crédito y debito en todos los
comercios adheridos en todo el país".
Art. 2: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Lograr la igualdad de oportunidades
entre los habitantes de nuestro país es responsabilidad de todos, es cuestión de
extraordinaria importancia para alcanzar el desarrollo social y económico de la
sociedad en su conjunto.
La Constitución Nacional, a través de
la reforma aprobada en 1994, incorporó en su plexo normativo un conjunto de
nuevos derechos que incluyen la igualdad de oportunidades y de trato, como
evolución de los derechos positivos consagrados en el texto de 1853.
Hoy nos encontramos en situación de
ratificar que no existe igualdad por parte de las entidades financieras y crediticias,
y sus usuarios, al no otorgar los mismos beneficios y promociones de sus tarjetas
de créditos y debitos, en los comercios adheridos a sus instituciones, a lo largo de
nuestra república.
Si bien, la competencia existente
entre las diferentes compañías emisoras de tarjetas de crédito ha hecho que las
mismas ofrezcan una gama de servicios adicionales a sus clientes, con la finalidad
de captar más usuarios y poseer un volumen mayor de negocios, nos encontramos
en situación de afirmar que no se ofrecen los mismos beneficios. Las tarjetas de
crédito son respaldadas por diversos grupos financieros, agudizándose la
competencia y pudiendo de este modo llevar mayores y mejores servicios a los
segmentos de la población que hasta la fecha han hecho uso de ellas y han llevado
el uso del dinero plástico al alcance de la población que requiere este producto.
La necesidad del uso de las tarjetas
de crédito y debito, se transformó en un hábito nacional inserto en el sistema
económico, transformándose en una herramienta esencial para la vida de los
argentinos.
El uso racional y planificado de las
tarjetas de crédito, nos sirve para afrontar las diferentes crisis diarias. La
necesidad de tener y hacer uso de las mismas, teniendo en cuenta que nosotros
no teníamos esta necesidad sino que nos la han creado, es hoy, uno de los
beneficios cotidianos.
Sin embargo las ofertas que los
bancos y entidades crediticias otorgan a través de sus tarjetas de crédito y debito,
no son los mismos en todos los comercios. Hay promociones que solo se otorgan
en ciertas provincias y ciudades, y no se replican en los mismos comercios a lo
largo del país.
La Ley N° 25.065 que regula diversos
aspectos vinculados con el sistema de tarjetas de crédito no establece la
obligatoriedad de la entidades financieras o crediticias de otorgar los mismos
beneficios y promociones en los comercios adheridos. Es por tal motivo que
presento este Proyecto de Ley para establecer esta obligatoriedad. La finalidad de
proyecto es que todo argentino, goce de los mismos servicios otorgados por las
entidades financieras y crediticias a través de sus tarjetas, en todos los comercios
adheridos a tal fin.
Sr. Presidente, si avanzamos hacia
una argentina justa e igualitaria, donde no se diferencien entre ciudadanos de
primera y de segunda, debemos corregir estas irregularidades, el acceso a los
beneficios vigentes y sus alcances, deben llegar a todos los argentinos, de esta
forma construiremos una patria mas inclusiva.
Por los motivos expuestos es que
solicito de mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SCIUTTO, RUBEN DARIO | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
FINANZAS |