PROYECTO DE TP
Expediente 5030-D-2007
Sumario: PROMOVER PROCESO DE REMOCION DEL SEÑOR JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, SEÑOR ALBERTO FERNANDEZ, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 101 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, POR NO HABER CONCURRIDO AL CONGRESO PARA INFORMAR DE LA MARCHA DEL GOBIERNO.
Fecha: 30/10/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 144
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1º.- Promover proceso de
remoción del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, Sr. Alberto
Fernández, en los términos del art. 101 de la Constitución Nacional, en
virtud de no haber cumplido con las obligaciones de la citada norma
que obliga a dicho funcionario a concurrir al Congreso al menos una
vez por mes, alternativamente a cada una de sus Cámaras, para
informar de la marcha del gobierno.
2º.- Hacer saber al citado
funcionario el inicio del proceso para su remoción
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Reforma a la
Constitución Nacional de 1994 introdujo un nuevo funcionario en el
ámbito del Poder Ejecutivo: el Jefe de Gabinete de Ministros. (artículos
53, 99 (incs. 3, 7, 10 y 17), 100, 101 y disposición transitoria
duodécima)
De conformidad con
dichas normas, surge como uno de los deberes más importantes de
dicho funcionario, la manda del Artículo 101: "El jefe de gabinete de
ministros debe concurrir al Congreso al menos una vez por mes,
alternativamente a cada una de sus Cámaras, para informar de la
marcha del gobierno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 71.
Puede ser interpelado a los efectos del tratamiento de una moción de
censura, por el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los
miembros de cualquiera de las Cámaras, y ser removido por el voto de
la mayoría absoluta de los miembros de cada una de las
Cámaras".
Es público y notorio que el
actual Jefe de Gabinete no ha cumplido esta obligación.
En efecto: el Sr. Alberto
Fernández sólo ha concurrido a las cámaras del Congreso muy
esporádicamente y, cuando lo hizo, los señores legisladores no
pudieron formularle preguntas o se negó a contestarlas.
A manera de ejemplo,
reproduzco textualmente lo que expresé en la sesión del 30 de marzo
de 2005: "Señor presidente: asistimos al informe bimestral del señor
jefe de Gabinete de Ministros. No voy a hacer consideraciones sobre el
desempeño del funcionario que está a cargo de esa alta jerarquía. Sí
puedo decir que al árbol hay que juzgarlo por sus frutos. Creo que la
experiencia que llevamos con este instituto indicaría que estos artículos
99, 100 y 101 y concordantes de la Constitución Nacional, si por sus
frutos hay que juzgarlos deben ser reemplazados por uno solo artículo
que diga lo siguiente: "El Poder Ejecutivo de la Nación Argentina estará
organizado y dotado de las formas, de los procedimientos y de las
atribuciones inherentes a un régimen imperial." Fin del artículo nuevo,
comillas y aparte. ¿A qué aspiraban los constituyentes de 1994 cuando
introdujeron esta novedad? Digo que si pretendían reducir los
decibeles de un hiperpresidencialismo existente en la época o
acercarse a un sistema cuasipresidencialista o semiparlamentario para
hacer un juego de palabras que estaba muy en boga, pues se llevaron
un buen chasco, o acaso pecaron de ingenuidad, aun de buena fe, que
no pongo en duda. El mecanismo al que hoy asistimos no sirve ni
como procedimiento de control ni como mecanismo de
responsabilidad. Esas dos cosas, control y responsabilidad, son las dos
piezas
y las dos etapas
insoslayables en un sistema republicano y no imperial de gobierno.
Para esto no hacía falta reformar la Constitución Nacional. Bastaba
con modificar la ley de ministerios, con un simple retoque, creando un
ministro coordinador del gabinete, como ya lo hubo en otras épocas,
como lo propuso el ex diputado y también constituyente y senador
Alasino como tesis de doctorado y como el que habla lo propuso con
un proyecto de ley cuando regía la vieja Constitución para que uno de
los ocho ministros ejerciera esa constitución. Nos preguntamos
entonces qué es lo que ahora tenemos y nos respondemos que es una
farsa, como espectáculo y dicho con todo respeto. Tal como está esto
no sirve ni para un lavado ni para un fregado. Y es un fetiche -y esto
lo digo en serio- si lo consideramos como una pieza del juego
constitucional. No puede ser más que eso. Eso sí, es un fetiche este
instituto que está bien dotado, de muchos poderes, y, sobre todo, de
suculentos recursos, que se pueden manejar con amplia liberalidad.
Por eso no encuentro motivo ni sentido para formular preguntas. Sería
más de lo mismo, que es el camino para obtener peor de lo
mismo".
En las excepcionales
ocasiones en que el Jefe de Gabinete se dignó concurrir ante esta H.
Cámara, declaré que, ante la actitud soberbia del funcionario, su
presencia resultaba "baladí", razón por la cual me abstenía de formular
preguntas al citado.
A ello se agrega que, en
las actuales circunstancias, la presencia de dicho funcionario resultaría
más importante aún, si se recuerda el manejo discrecional de los
"superpoderes" por una suma anual que excede los 4000 millones de
pesos. Por lo tanto, lo mínimo que merecerían los representantes del
pueblo es que el funcionario intentara dar alguna explicación sobre el
destino de los dineros públicos.
El incumplimiento del
mandato constitucional resulta así palmario, motivo por el cual debe
ponerse en funcionamiento el mecanismo que prevé la citada norma, y
ser removido del cargo.
En síntesis: durante estos
años la Constitución ha sido burlada, por lo que es urgente poner en
funcionamiento los mecanismos que la misma prevé, e iniciar el
proceso de remoción.
Aclaro que corresponde
iniciar directamente el proceso de remoción, y no el paso intermedio
de la interpelación que también prevé el artículo 101, porque en las
actuales circunstancias no se trata de pedir cuentas al funcionario,
porque resultaría claramente inútil, ante su reiterada negativa a
cumplir con dicha obligación.
Por lo expuesto, pido a los
señores diputados que apoyen el proyecto que presento, para evitar
seguir dándole al pueblo, nuestros mandantes, este espectáculo
escandaloso de incumplimiento de la Constitución Nacional.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VANOSSI, JORGE REINALDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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