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PROYECTO DE TP


Expediente 5022-D-2010
Sumario: DERECHOS DE EXPORTACION APLICABLE A LAS DISTINTAS VARIEDADES DE SOJA COMPRENDIDAS EN LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA "NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR -NCM-".
Fecha: 08/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 93
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º.- Fíjanse las siguientes alícuotas del Derecho de Exportación aplicable a las distintas variedades de soja comprendidas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M. - 1201.00.90), en función de la producción total comercializada por una misma persona física o jurídica, en un mismo ejercicio fiscal:
- Hasta 600 ton: CERO POR CIENTO (0%)
- Entre 600 ton y 1500 ton: QUINCE POR CIENTO (15%) sobre el excedente de 600 ton.
- Mayor a 1.500 ton: VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre el excedente de 600 ton.
ARTÍCULO 2º.- Para el cálculo de las alícuotas mencionadas en el artículo anterior, se utilizará el precio FOB oficial informado por la Dirección de Mercados Agroalimentarios, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
ARTICULO 3º.- La presente ley tendrá como plazo de vigencia dos (2) años, correspondientes a la campaña agrícola de soja 2.010 - 2.011 y 2.011 - 2.012 respectivamente.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene como objetivo, contribuir a brindar una solución a la problemática actual del sector agrícola nacional y otorgar mayor certidumbre en un escenario internacional que se caracteriza por su volatilidad y que genera una gran incógnita en relación con la evolución futura de los precios de los commodities.
En este contexto, urge la necesidad de adoptar medidas que solucionen y contribuyan al desarrollo de la producción agrícola. Por tal motivo, creemos que resulta fundamental hacer una diferenciación al momento de determinar impuestos a la exportación de soja conocidos como "retenciones", teniendo en cuenta las diversas realidades de productores y zonas de producción que existen en Argentina.
El conflicto desatado en el año 2.008, ha puesto en evidencia que en nuestro país conviven pequeños y medianos productores que no pueden competir - por la zona donde producen, por la rentabilidad de su producción, etc.- con grandes productores, empresas agropecuarias y pooles de siembra, encontrándose así claramente en desventaja a nivel de producción.
Como representantes de la provincia de Santa Fe, elegidos por el voto popular, somos testigos directos de este incesante reclamo que merece una pronta solución.
La producción agropecuaria presenta además importantes industrias vinculadas al sector, como la industria oleaginosa, molinera y de maquinas agrícolas, que incluye cosechadoras, sembradoras y pulverizadoras. Por esta razón, toda medida que afecte al campo, estará afectando prácticamente a toda la cadena productiva de la Argentina, repercutiendo en toda la sociedad directa o indirectamente.
Este proyecto permitirá otorgar previsibilidad a la producción agrícola, ya que contempla una diferenciación de acuerdo a la cantidad de toneladas de soja producida, moderando así, las retenciones a esta oleaginosa y teniendo en cuenta no solamente las necesidades de producción, sino fundamental y prioritariamente al hombre de campo, pequeño y mediano productor, siempre olvidado, permitiendo de alguna forma que su empresa resulte para él y su familia, económicamente sustentable. Así por ejemplo, un mediano productor de 100 hectáreas, en la zona centro de nuestro país, cuyo rinde promedio exageradamente es de 30 quintales por hectárea de soja sembrada, debe descontar de su ganancia en concepto de gastos: costos de implantación (semilla, siembra, inoculantes, fertilizantes, insecticidas, herbicidas, barbecho químico); gastos de cosecha (trilla y gastos de arrime); gastos de comercialización, flete, humedad, tributación impositiva, sumando además el riesgo técnico y de mercado que debe enfrentar, y considerar la posibilidad de ser arrendatario de un predio rural y tener que abonar el costo del arriendo, todo esto hace un total aproximado de la mitad de la ganancia bruta obtenida en los seis meses que lleva el proceso productivo de soja.
Con este proyecto, anhelamos poder contribuir con el legítimo reclamo de los productores que merece ser paliado de forma urgente en razón de la campaña 2.010 - 2.011 que se aproxima, como así también brindar certidumbre para la campaña de soja correspondiente al período 2.011 - 2.012, proyectando una baja de retenciones escalonadas y en pos de contribuir a la desaparición de las mismas en los próximos años.
Por las razones expuestas, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ARENA, CELIA ISABEL SANTA FE PERONISMO FEDERAL
CARRANZA, CARLOS ALBERTO SANTA FE PERONISMO FEDERAL
GERMANO, DANIEL SANTA FE PERONISMO FEDERAL
FORCONI, JUAN CARLOS SANTA FE PERONISMO FEDERAL
AGOSTO, WALTER ALFREDO SANTA FE PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
ECONOMIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
10/08/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
26/08/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria
09/11/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría