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PROYECTO DE TP


Expediente 4983-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26281, DE TRANSMISION DE LA ENFERMEDAD DE CHAGAS.
Fecha: 14/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que a través de los Organismos competentes, por la vía y forma que corresponda, se reglamente la Ley 26.281, promulgada el 7 de setiembre de 2007.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En setiembre de 2007 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 26.281, norma que en su artículo primero "declara de interés nacional y asignase carácter prioritario... a la prevención y control de todas las formas de transmisión de la enfermedad de Chagas, hasta su definitiva erradicación del territorio nacional".-
Con buen criterio la norma citada, propone desarrollar acciones que permitan dar una respuesta de prevención y tratamiento, de perfil ambiental, laboral, sanitario, educativo y de vivienda digna. También se establecen una serie de medidas a concertar con las jurisdicciones provinciales y con los países limítrofes de cooperación técnica, actividades de control y educación. Medidas y acciones de capacitación de prevención. Pruebas obligatorias dirigidas a las embarazadas y niños, controles serológicos en donantes y receptores de órganos. Medidas que deberán observar el funcionamiento de los bancos de sangre. Estas entre otras, son algunas de las disposiciones que se establecen en la Ley, que espera ser reglamentada según el plazo establecido en el artículo dieciséis.-
Debemos tener en cuenta que En America Latina esta enfermedad constituye un problema epidemiológico grave por su estrecha vinculación con las condiciones económicas y culturales de los países que la integran. Se estima que el 25% de la población latinoamericana está en riesgo de contraerla.
El mal de Chagas no es como el cólera, por ejemplo que cuando cunde es muy evidente para la población, dado que es una enfermedad clínicamente muy manifiesta. En el caso del Chagas, si alguien, un chico, digamos, es picado por la vinchuca, esa primera infección pasa desapercibida, y el problema aparece a los 20 o 30 años, cuando puede tener una complicación severa, como una cardiopatía.
En nuestro País, aproximadamente dos millones de personas lo padecen, lo que representa casi el 4% del total de la población. Es una enfermedad que no ha sido erradicada, según los especialistas sostienen que si bien existían programas que tenían como meta la erradicación del Chagas vectorial, que es el trasmitido por la picadura de la vinchuca y eliminarlo significaría tener el control de la enfermedad porque después quedarían los efectos residuales, los ya adquiridos. Por factores diversos de continuidad de políticas sanitarias su aplicación no surtió los efectos esperados. Para eliminar el Chagas vectorial es necesario una activa participación comunitaria, lo que no ocurre porque El Chagas es una enfermedad silenciosa, la enfermedad se genera después.-
Importante es destacar que norma prevé acciones conjuntas con las Provincias, que trascienden a los gobiernos, para llegar al objetivo propuesto; la erradicación del mal de Chagas, por ello es absolutamente necesario que el Poder Ejecutivo reglamente la ley 26.281.
Por ello solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de éste proyecto
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
TORFE, MONICA LILIANA SALTA RENOVADOR DE SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)