PROYECTO DE TP
Expediente 4977-D-2009
Sumario: CODIGO AERONAUTICO - LEY 17285 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 24, SOBRE EL USO DE MEDIDAS DISUASORIAS EN AERONAVES.
Fecha: 14/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1° - Modificase el artículo 24
de la ley 17.285 (Código Aeronáutico), el que quedará redactado de la forma
siguiente:
Artículo 24: Una aeronave pública o
privada, nacional o extranjera, podrá ser pasible del uso de medidas disuasorias
por parte de la autoridad aeronáutica en los siguientes casos:
a) Si realizara vuelos dentro del
espacio aéreo argentino violando las prescripciones nacionales, convenciones o
actas internacionales relativas a la circulación aérea.
b) Si fuese sorprendido arrojando
elementos dentro del territorio nacional en infracción a la normativa vigente en la
materia.
c) Si invadiendo el espacio aéreo
argentino, no respetase los corredores establecidos por el Control de Tráfico Aéreo
y la obligatoriedad de aterrizar en aeropuerto internacional.
d) Si se requiriese la verificación de
los certificados y documentación de la aeronave.
e) Si se requiriese la verificación de la
carga o portación de equipamiento ilegal.
f) Si se requiriese la averiguación de
posibles ilícitos.
Ante tales supuestos la autoridad
aeronáutica podrá:
1º Verificar de existencia de un plano
de vuelo del avión
2º Realizar reconocimiento visual a la
distancia para verificar la matrícula.
3º Tomar contacto radial con la
aeronave en la frecuencia internacional de emergencia;
4º Realizar señales visuales al vuelo
ilegal, al que ya se considerará sospechoso,
5º Efectuar las medidas de
intervención, intimándolo a cambiar su ruta
6º Dar una orden de aterrizaje.
7º Disparar como advertencia, en
forma paralela al vuelo, con balas trazadoras para que sean visibles los
proyectiles
8º Agotados todos los medios
coercitivos legalmente previstos en la normativa nacional e internacional, la
aeronave será clasificada como hostil, quedando sujeta a medidas de destrucción o
derribo, luego de la autorización del Presidente de la República o la autoridad por
él delegada.
En caso de implementarse las
medidas precedentemente descriptas deberá dejarse constancia de las mismas
como registro legal para posterior análisis.
Artículo 2: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Son de público conocimiento las
frecuentes violaciones a nuestro espacio aéreo especialmente en las zonas
conocidas como áreas de frontera, gran parte de las cuales están desprotegidas
totalmente frente al peligro diario de vuelos de aeronaves de pequeños porte que
surcan el cielo argentino, sin ningún tipo de control.
El Gobierno Nacional ha decidido la
instalación de un Centro de Vigilancia Aeroepacial en la ciudad de Resistencia
(Chaco). La nueva unidad de la Fuerza Aérea tendrá la función específica de
controlar el espacio aéreo con el objetivo de detectar aeronaves en vuelos
irregulares.
Si bien esta medida se constituye en
un avance en el combate contra el tráfico ilegal de drogas, contrabando y
cooperara en la lucha contra el narcotráfico y el contrabando con las fuerza de
seguridad.
La actividad del centro no podrá ir
más allá de la detección de los vuelos furtivos, su identificación y eventual orden
de aterrizar impartida por los aviones interceptores de la Fuerza Aérea, lo que casi
nunca se cumple, pues los pilotos de los aviones furtivos saben perfectamente que
no pueden ser derribados. Nuestro país carece de norma que permita el derribo de
aeronaves intrusas, favoreciendo ello la impunidad y la falta de respuestas
contundentes por parte del Estado.
Cabe mencionar que La República
Federativa del Brasil, cuenta en el Código Aeronáutico, con la denominada Ley de
Derribo o Ley de tiro de destrucción, medida que ha contribuido a disminuir
notablemente la presencia de vuelos irregulares en su territorio, contando también
Perú y Colombia con una legislación similar en esta materia.
El vacío legal en nuestra legislación
sigue permitiendo vuelos seguros de aeronaves clandestinas, que transportan casi
siempre drogas, cigarrillos o otras sustancias no conocida, los diarios nacionales
han dado cuenta además de la facilidad de aterrizaje en pistas clandestinas y
muchas veces en caminos vecinales, en gran parte de la zona norte de nuestro
país, lo que hace casi imposible la lucha contra este flagelo.
Es hora de dotar vía una legislación
adecuada a nuestro país de las herramientas, que junto al accionar de todas las
fuerza de seguridad, permitan una más eficiente lucha contra el delito aquí
descripto.
Lo cierto es que las violaciones a
nuestra soberanía sobre el espacio aéreo son cada vez más frecuentes. Las
mismas se efectúan eludiendo los controles de las fuerzas de seguridad fronterizas
de superficie así como los controles aduaneros, aprovechando una generosa
geografía que facilita los vuelos a baja altura y permite numerosos lugares para su
aterrizaje clandestino. En este sentido, las características del territorio del
nordeste, es generoso en lugares aptos para aterrizajes de aeronaves pequeñas.
Las provincias de Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Chaco, Santa Fe y
oeste de las provincias de Salta, Santiago del Estero y Córdoba, representa una
frontera aérea de más de 2.000 Km y una superficie de 600.000 Km2 (22 % del
territorio nacional) con una escasa densidad poblacional (entre 5 y 13 habitantes
por Km2) y una orografía que facilita los vuelos a baja altura con relativa
seguridad.
Cabe mencionar las
declaraciones periodísticas realizadas por el Ministro de la Corte Suprema de
Justicia publicadas por el Diario Clarín en Septiembre de este año, en dicho artículo
se señalaba: "La Justicia mantuvo ayer la presión para exigir al Gobierno que actúe
sobre los vuelos del narcotráfico. El juez Carlos Fayt fue directo para explicar el
sentido de la carta enviada anteayer por la Corte Suprema al Ministerio de Justicia:
"Se necesita que no siga lloviendo droga; será importante para Salta y para el
país".
El máximo tribunal
alertó sobre las avionetas que ingresan desde Bolivia con cargamentos de cocaína.
El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, mandó la comunicación al Gobierno
para que adopte, "de manera inmediata", medidas para colocar radares en Salta.
Lo hizo a pedido del juzgado federal salteño N° 1 y de la Cámara Federal de
Apelaciones de esa provincia.
La respuesta llegó
ayer con un llamado del ministro de Justicia, Julio Alak, al titular de la Cámara
Federal de Apelaciones de Salta, Jorge Villada. El compromiso oficial es coordinar
en breve una reunión de Lorenzetti con Alak y con la ministra de Defensa, Nilda
Garré, para encontrar la forma de controlar los vuelos ilegales.
No sólo los
magistrados salteños hicieron escuchar su voz. El ruido de las avionetas del
narcotráfico repercute también en los tribunales de Chaco. En esa provincia fueron
incautadas varias aeronaves que traficaban marihuana, aunque su lugar de
despegue era, en esos casos, Paraguay. "La droga nos está entrando por todos
lados y la verdad es que estamos luchando contra molinos de viento", dijo la jueza
federal de Sáenz Peña, Zunilda Niremperger, al reclamar más y mejores elementos
contra el narcotráfico.",
Para poder llevar a cabo una lucha
completa debemos modificar la legislación actual por lo que proponemos modificar
el Código Aeronáutico y específicamente el artículo 24 de la Ley 17285.
Esta serie de circunstancias, nos
colocan en una situación de vulnerabilidad que hace que nuestro país sea atractivo
para las organizaciones delictivas que, entre otras cosas, recurren a vuelos
clandestinos para transportar drogas y mercaderías destinadas a su distribución en
el país o hacia otros mercados.
Por último, queremos dejar sentado
que el presente proyecto, ha tomado en consideración proyectos oportunamente
presentados por el ex Senador Jorge Capitanich en el año 2004, por el ex Diputado
Gustavo J, Canteros y el proyecto presentado por el Diputado Irurrieta de la
Provincia de Misiones ante esta Honorable Cámara en el presente año.
Por todo ello, solicito de mis pares el
acompañamiento en el tratamiento del presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ROLDAN, JOSE MARIA | CORRIENTES | FRENTE DE TODOS |
ARBO, JOSE AMEGHINO | CORRIENTES | PARTIDO LIBERAL DE CORRIENTES |
DIEZ, MARIA INES | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
ALBARRACIN, JORGE LUIS | MENDOZA | CONSENSO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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