PROYECTO DE TP
Expediente 4967-D-2009
Sumario: DERECHO DEL TRABAJO: DESPIDOS Y SUSPENSIONES. PROHIBICION.
Fecha: 13/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 136
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º. A partir de
la sanción de la presente ley quedan prohibidos los despidos y
suspensiones en todo el territorio nacional.
Artículo 2º. La presente
ley se aplica:
a. A todo el sector
público nacional, incluidos los organismos descentralizados y
desconcentrados, y las sociedades del Estado.
b. Al sector
privado de todo el país, con excepción de las entidades sin fines de
lucro.
Artículo 3º. En caso de
incumplimiento de lo establecido en el artículo 1º, se procederá del
siguiente modo según la categorización de empresas vigente:
a. Gran empresa.
Pasará a manos del Estado nacional, sin pago alguno de
indemnización y bajo el control de sus trabajadores.
b. Empresa
mediana. Se le aplicará sanción en base a criterios de progresividad.
Las sanciones van desde multa, con obligación de reintegrar al
trabajador, hasta la nacionalización descripta en el inciso a.
c. Pequeña
empresa. El Estado nacional implementará un programa de subsidios
reintegrables a fin de preservar los puestos de trabajo. En caso de
despido, la empresa deberá reintegrar al trabajador y abonar una
multa.
Si una empresa quiebra,
cierra o amenaza con hacerlo, se procederá del mismo modo que en
el inciso a.
Artículo 4º. Se insta a
todas las provincias del país y a sus municipios a adherir a la
presente ley a fin de asegurar la estabilidad de sus trabajadores
estatales.
Artículo 5º. Deróganse
todas las normas que se opongan a lo establecido por la presente
ley.
Artículo 6º. El Poder
Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley en un plazo máximo
de treinta (30) días a partir de su sanción. La ausencia de
reglamentación no impide la aplicación de la ley.
Artículo 7º.
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La presente iniciativa
retoma el proyecto cuyo número de expediente es 74-P-2009 de
autoría de la Sra. Vilma Ripoll, presentado el 25 de mayo de 2009 y
que ha recibido giro para su tratamiento a la comisión de Legislación
Laboral.
La situación económica
crítica por la que atraviesa nuestro país y que está profundamente
vinculada con la crisis internacional, tiene una importante
consecuencia en el mundo laboral ya que fundamentalmente, son las
y los trabajadores quienes están siendo víctimas de despidos,
reducción de sus salarios y otros atropellos de sus derechos. Es por
ello que reproducimos aquí tanto el articulado del proyecto
presentado por la Sra. Ripoll como los fundamentos del mismo, que
expresan que "la presente iniciativa, como parte de otros cambios de
fondo que creemos necesarios, tiene una finalidad muy concreta y
urgente: proteger los derechos de los trabajadores y trabajadoras de
nuestro país, que actualmente están sufriendo el impacto de una
serie de despidos, suspensiones, recortes salariales, adelantos de
vacaciones, reducciones de jornada, retiros "voluntarios",
jubilaciones anticipadas y demás ataques a su estabilidad laboral, a
sus ingresos y a su nivel de vida y el de sus familias.
Esto es consecuencia de
la profunda crisis económica y financiera que viene atravesando el
sistema capitalista mundial, considerada por sus propios voceros y
analistas como la peor desde los últimos 80 años, la cual se suma a
los problemas que en este terreno ya venía sufriendo la Argentina
desde antes del estallido de dicha crisis internacional y los agrava
aún más. La crisis no tiende a ceder sino, por el contrario, a
empeorar.
La Presidenta de la
Nación parece ignorar esta grave situación económica, laboral y
social, que en primer lugar está afectando a los trabajadores en
relación de dependencia pero también repercute sobre los pequeños
empresarios y los pequeños comerciantes. Por ejemplo, en su
conferencia de prensa del 15 de mayo pasado, Cristina Fernández de
Kirchner declaró que si bien "no a tasas chinas" sin duda alguna "la
economía va a volver a crecer" y "de ninguna manera vamos a entrar
en recesión"... También sostuvo que el INDEC, el mismo organismo
que mes a mes nos cuenta una inflación que no se condice para
nada con los precios que cualquier ama de casa padece
cotidianamente en los supermercados, "es la oficina que mejor
posición de carácter técnico y numérico tiene para medir números en
la Argentina"...
A su vez su marido,
Néstor Kirchner, ex Presidente y actual candidato a diputado nacional
por la Provincia de Buenos Aires, no cesa de repetir que su gestión
de gobierno y la de su esposa "defienden el empleo"... En la misma
sintonía oficialista, tras el acto de la CGT del 30 de abril en la
Avenida Nueve de Julio, algún dirigente del sindicato de Camioneros
declaró que "acá no hay miles de despidos como en otros países,
porque el gobierno respalda a los trabajadores"...
La realidad está lejos,
muy lejos de semejantes afirmaciones. El empleo en blanco ha
dejado de crecer desde mediados de 2008. A comienzos de este año,
el número de trabajadores registrados se redujo en 228.288 con
relación a mediados del año pasado. Y no son datos que inventemos
nosotros, que somos de izquierda. Según las últimas cifras oficiales
publicadas por la AFIP en su página web, a enero pasado había
5.698.296 trabajadores en relación de dependencia. En mayo de
2008 eran 5.926.584. Es decir, hay un retroceso de casi un 4%. Son
más de 228.000 despidos. Además de esa cifra hay como mínimo
otro tanto de despidos "en negro", o seguramente más dada la
precariedad de esos puestos. Y además de todos esos despidos, hay
miles de trabajadores suspendidos.
Este retroceso evidente
también lo admite el Banco Central, que en su Informe para el
segundo trimestre de este año reconoce que "tras la fuerte creación
de puestos de trabajo de los años previos, el deterioro de las
perspectivas económicas internacionales habría llevado a las
empresas a revisar los planes futuros de expansión" y que esto "se
ha visto reflejado en el estancamiento del empleo formal... en un
contexto de incremento de las suspensiones... principalmente en la
construcción y la industria".
Una herramienta
utilizada por las patronales para ajustar a los trabajadores es el
nefasto "procedimiento preventivo de crisis". Esto lo estableció el
Capítulo 6º de la Ley Nº 24.013, flexibilizadora y mal llamada "ley de
empleo", aprobada a fines de 1991 bajo la presidencia de Carlos
Menem. Por otro lado, la doble indemnización que regía según el
artículo 16º de la Ley Nº 25.561 de Emergencia Económica -votada
en 2002 y prorrogada hasta fin de 2009- quedó sin efecto desde que
en setiembre de 2007 el INDEC informara que el desempleo había
bajado a menos de dos dígitos. Así lo concretó el PEN mediante su
Decreto Nº 1224/07. A esta "baja", sin duda, contribuyó que el
INDEC tramposamente dejara de contar como desocupados a los
beneficiarios de los Planes Jefas y Jefes de Hogar...
Frente a los ataques a
sus derechos, los trabajadores no permanecen pasivos. Muchos se
organizan, a menudo enfrentando las actitudes de su dirigencia
gremial. Resisten. Luchan. Toman fábricas. Hacen movilizaciones.
Forman cooperativas y recuperan empresas. Exigen que el Estado se
haga cargo.
Desde la vereda de
enfrente, la dirigencia empresarial busca descargar espeso de la
crisis sobre las espaldas de los empleados. Chantajea con despidos
para lograr quitas salariales o directamente suspende y despide. El
titular de la Unión Industrial Argentina (UIA), por ejemplo, ahora
pide "una quita de impuestos" al empleo. Funcionales a esos
intereses, el gobierno nacional y su Ministerio de Trabajo negocian
subsidios estatales a las empresas en problemas o busca conseguir
compradores para aquellas que deciden cerrar. Pero nada de esto
constituye una verdadera solución. Y mientras los grandes
capitalistas y sus agentes políticos pretenden que -como de
costumbre- los platos rotos de la crisis sean pagados por la clase
trabajadora mediante una reducción de sus puestos de trabajo y/o
sus salarios, nosotros apuntamos exactamente a lo contrario.
El artículo 14 bis. de la
Constitución Nacional, incorporado en la reforma de 1957, establece
que "el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las
leyes, las que asegurarán al trabajador... protección contra el
despido arbitrario; estabilidad del empleado público..."
Efectivamente, en estas circunstancias de crisis, en principio nosotros
consideramos arbitrario que una empresa aplique suspensiones o
despidos, y mucho más si lo hace el Estado.
Desde ya, no ignoramos
que en la Cámara de Diputados ya existen otros proyectos vinculados
con esta temática que tienen estado parlamentario. Salvo error u
omisión, se trata de los expedientes 6094-D-2008, de Eduardo
Macaluse (SI) y otros; 6103-D-2008, de Ariel Basteiro, Victoria
Donda, Cecilia Merchán y otros; 6209-D-2008, de Héctor Recalde
(Frente para la Victoria); 6454-D-2008, de Claudio Lozano (Buenos
Aires para Todos en Proyecto Sur); 0882-D-2009, de Edgardo
Depetri (FpV) y otros, y 1521-D-2009, de Julio Ledesma y Patricia
Gardella (Unión Celeste y Blanco).
Con algunas variantes,
todos estos proyectos en esencia se limitan a reinstalar el pago de la
doble indemnización por despidos sin causa justificada. El proyecto
de Lozano incorpora asimismo una asignación universal a los
menores, pero en su artículo 2º lamentablemente propone eximir a
"aquellas empresas que acrediten fehacientemente... que de
mantener el plantel de empleados se afectaría la continuidad del
desarrollo de la actividad de la misma". O sea: si las empresas
demuestran que "mantener el plantel" las "afecta", y sin distinguir si
son grandes, medianas o pequeñas, el diputado de Proyecto Sur -la
fuerza que lidera Pino Solanas- acepta que despidan.
Nosotros, por el
contrario, no queremos "encarecer" los despidos, sino evitarlos. Y lo
mismo con las suspensiones. Por eso en este proyecto planteamos la
prohibición y, ante los casos de incumplimiento, tres alternativas a
cargo del Estado que distinguen entre empresas pequeñas, medianas
y grandes, y abarcan hasta la nacionalización bajo el control de sus
trabajadores.
Sabemos que no será
fácil conseguir que este proyecto de ley sea debatido y aprobado.
Pero tampoco resulta imposible. Nuestra propia experiencia
parlamentaria nos confirma que, a pesar de haber contado con muy
pocas bancas o inclusive con una sola, cuando se logra unir voluntad
política y movilización popular lo que parece imposible se vuelve
posible. Es por esa profunda convicción que lo estamos
presentando."
Por lo antedicho, Señor
Presidente, solicito se apruebe el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |