PROYECTO DE TP
Expediente 4959-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA INCLUIR A LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN LA REASIGNACION DE CUPOS FISCALES PROMOCIONABLES NO UTILIZADOS.
Fecha: 13/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 136
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
SOLICITAR AL
PODER EJECUTIVO, Y POR SU INTERMEDIO A LOS ORGANISMOS QUE
CORRESPONDAN, LA INCLUSIÓN DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
EN LA REASIGNACIÓN DE CUPOS FISCALES PROMOCIONABLES NO
UTILIZADOS, ESTABLECIDOS EN EL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN AL
AMPARO DE LA LEY 22.021, CON EL OBJETO DE BENEFICIAR EL
DESARROLLO PRODUCTIVO DE LA PROVINCIA.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto intenta
garantizar la base doctrinaria en la que se funda nuestro sistema federal,
promoviendo equitativamente el crecimiento y desarrollo regional de las
provincias en un sentido armónico.
En la actualidad, la existencia de
desigualdades entre provincias en materia de desarrollo productivo, dificulta la
toma de decisiones con relación a los instrumentos macroeconómicos utilizados
para generar el ahorro adecuado y la inversión necesaria, para reactivar las
economías locales.
Desde el regreso a la democracia
en Argentina, se ha propiciado la distribución de la riqueza en las regiones de
forma igualitaria, pero sin ningún éxito concreto. Ante este obstáculo, siempre
se reasignaron recursos dependiendo de factores ajenos a mecanismos
constitucionales, es decir, basados específicamente en cuestiones ideológicas
en consonancia con el poder político de turno.
En la historia de la política fiscal en
Argentina, el fundamento de los regimenes promociónales tuvo su inicio con el
proceso de sustitución de importaciones, que propiciaba la idea de garantizar la
protección arancelaria a los fines de promover la industria nacional.
A partir de allí, se crearon
incentivos para generar centros industriales y productivos a lo largo del país,
garantizando fuente de empleo genuino, inversión y desarrollo.
En la provincia de Catamarca en el
año 1982 a raíz de la ley 22.702 se extendió el régimen promocional plasmado
en la ley 22.021, que tenia como objetivo la inversión de capitales en
explotaciones en materia agrícola, ganadera, industria y turismo, con el fin de
crear polos de desarrollo a partir de considerar a ciertas provincias postergadas
y en un nivel critico de desarrollo en el ámbito nacional.
La realidad actual no es ajena a la
de aquellos años. La provincia se encuentra nuevamente postergada, debido al
funcionamiento ineficaz de las medidas adoptadas en materia de política de
producción a nivel nacional.
En este caso es preciso apuntar
que el nuevo régimen de promoción de inversiones en bienes de capital e
infraestructura contempla unos 200 millones de pesos para pymes,
otorgándoles cupos fiscales para
proyectos de inversión productiva, y unos 1000 millones de pesos restantes que
podrán ser utilizados para pymes o empresas grandes.
Esta cuestión implica la
presentación de proyectos de inversión para el acceso de beneficios fiscales
como la amortización de impuestos a las ganancias y la devolución del
impuesto al valor agregado. Este objetivo permite disminuir la carga impositiva,
mejorar la competitividad de la producción local e incrementar los volúmenes
producidos.
Teniendo en cuenta las
consideraciones y los esfuerzos realizados por la provincia de Catamarca para
satisfacer las carencias de los emprendimientos productivos, que a partir de la
crisis económica internacional, y su repercusión negativa en nuestro sistema
económico interno, ha dejado de lado la oportunidad para restablecer los
mecanismos de consolidación de las economías regionales.
Por lo expuesto, solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COLLANTES, GENARO AURELIO | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |