PROYECTO DE TP
Expediente 4935-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS VALORES REALES DE TRABAJO NO REGISTRADO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 10/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que informe a esta Cámara, a través de la Administración Federal de Ingresos
Públicos (A.F.I.P.), los siguientes puntos:
Los valores reales de trabajo no
registrado (en negro) en todo el territorio nacional. En especial los valores
registrados para trabajadores no comprendidos en la Ley de Contrato de
Trabajo.
Las medidas presupuestadas para el
año en curso a fin de resolver el problema de trabajo en negro.
Las medidas efectivamente realizadas
en el 2015 a fin de erradicar el trabajo en negro.
La incidencia concreta de las medidas
realizadas (publicidad, controles, multas, etc.) en la disminución del trabajo no
registrado.
Explique el procedimiento realizado
por la A.F.I.P. una vez que recibe el telegrama laboral indicativo de un posible caso
de trabajo en negro, o irregular (art. 11 ley 24013)
El seguimiento que realiza de las
sentencias, transacciones o desistimientos de los procesos iniciados en virtud de
los telegramas indicados en el punto 5.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El trabajo no registrado ("en negro"),
o parcialmente registrado, mantiene sus valores históricos siendo una de los
principales problemas laborales en la actualidad y un fraude impositivo que afecta
al Estado en general y en particular al sistema previsional argentino.
El INDEC informa para julio de 2015
un trabajo en negro del 33 por ciento y las consultoras privadas lo ubican en el 40
por ciento. Por eso es importante saber qué parámetros maneja la Administración
Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), a fin de evaluar si las medidas tomadas, u
omitidas, son acordes a la realidad del problema.
Además, es importante saber si tienen
índices de medición respecto al personal doméstico y los trabajadores agrarios,
sectores que, junto a las contrataciones realizadas por el Estado Nacional, manejan
los valores más altos de informalidad y la legislación más permisiva al
respecto.
El objetivo principal de este proyecto
es analizar lo relativo a la cantidad de telegramas laborales que recibe la A.F.I.P.
en virtud de la obligatoriedad que tiene el trabajador de informar cuando va a
iniciar un reclamo por trabajo no registrado o registración irregular (art. 11 Ley
24.013).
En este sentido es interesante saber
si la A.F.I.P. realiza un informe, seguimiento u otra acción tendiente a investigar
los empleadores denunciados. O sólo se investigan las sentencias que los
secretarios de los juzgados de la Justicia Nacional del Trabajo remiten a la A.F.I.P.
según lo establecido en el artículo 132 de la Ley 18.345 (t.o. por decreto 106/98) y
que, por tanto, se anotan en el Registro Público de Empleadores con Sanciones
Laborales.
La información es pertinente debido a
que eso daría cuenta de una gran deficiencia investigativa debido a que no se
estarían teniendo en cuenta los acuerdos realizados en el Servicio de Conciliación
Obligatoria (SECLO), las transacciones judiciales (forma bastante habitual de
finalización de los procesos) y aquellos casos que en los que el trabajador no
puede continuar con el proceso judicial.
El presente proyecto tiene como
objeto conocer si el fundamento de la Ley 24.013, que impone al trabajador la
obligación de poner en conocimiento a la A.F.I.P. de las irregularidades que conoce
(y que lo afectan) con el único objetivo de ayudar al sistema a erradicar el trabajo
en negro, tiene su corolario en un trabajo eficiente de dicho organismo. Máxime
teniendo en cuenta que la obligación impuesta al trabajador en la Ley 24.013 tiene
como pena la posibilidad de perder el beneficio económico que la misma contiene
por la idea de que, entre todos, se termine como el trabajo informal.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
PASTORI, LUIS MARIO | MISIONES | UCR |
BARLETTA, MARIO DOMINGO | SANTA FE | UCR |
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARLETTA MARIO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO RICCARDO JOSE LUIS (A SUS ANTECEDENTES) |