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PROYECTO DE TP


Expediente 4931-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA DOTAR DE SERVICIO DE TELEFONIA CELULAR A LA ZONA DE JASIMANA, MUNICIPIO DE ANGASTACO, PROVINCIA DE SALTA.
Fecha: 24/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 72
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional Nacional, a través de los organismos correspondientes, disponga las medidas necesarias para la instalación del equipamiento correspondiente para dotar de servicio de telefonía celular a la zona de Jasimaná, Municipio de Angastaco, departamento de San Carlos, provincia de Salta.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Declaración tiene como objetivo poner en consideración la problemática que vive la localidad salteña de Jasimaná, dada su actual carencia del servicio de telefonía móvil. Esta situación, sumada a sus características geográficas y demográficas y a la escasa infraestructura con la que cuenta, la somete a un aislamiento difícil de sobrellevar.
La localidad de Jasimaná, ubicada al sur del Departamento San Carlos, limitando con Molinos, Cafayate y Catamarca, cuenta con 1.295.600 hectáreas ocupando más del ocho por ciento (8%) del territorio salteño. Esta localidad limita con la Puna hasta el Valle Calchaquí. Los poblados de Río Grande, El Arremo y Pampallana, en Jasimaná, a cuatro mil metros sobre el nivel del mar, permanecen inalterables al paso del tiempo. Sus características someten a sus habitantes a las inclemencias del clima y la montaña, a lo que hay que agregar la falta de acceso a muchos de los servicios públicos considerados hoy básicos.
Jasimaná cuenta con un único medio de comunicación, la radio AM840, cuyo espacio es utilizado para dejar y recibir mensajes y así poder contar con información indispensable relacionada con aspectos familiares, económicos, sociales y culturales, que no puede ser transmitida por otra vía.
Actualmente, la evolución que han tenido las tecnologías de la información y comunicación permiten la transferencia de información se realice de forma inmediata, sencilla y eficaz, llegando a lugares lejanos y aislados. Este desarrollo generó múltiples impactos positivos en las comunidades, democratizando y ampliando las oportunidades a sectores históricamente carentes de servicios de comunicación y transmisión de datos.
La instalación de antenas de radiofrecuencia y el equipamiento necesario para generar la comunicación en este tipo de localidades corresponde a las empresas de telefonía móvil, cuya financiación está prevista en la normativa vigente sobre el Servicio Universal y su fondo fiduciario, creado para ser usado en circunstancias donde el servicio no resulta rentable para las empresas.
El Decreto 764/2000 que establece el Reglamento del Servicio Universal y la normativa que lo complementa, y la Resolución 80/2007 de la Secretaría de Comunicaciones, determinan que el 1% de la facturación de las empresas de telefonía móvil integrará dicho fondo fiduciario; asimismo, el decreto 558/2008, establece el alcance del Servicio Universal como "el conjunto de servicios y programas, variables en el tiempo, definidos por el Estado Nacional, destinados a la población en general con una determinada calidad y a precios accesibles, a los que se deberá tener acceso, con independencia de su localización geográfica y sus condiciones sociales, económicas y las referidas a impedimentos físicos".
Esta regulación obliga a las empresas de telefonía móvil para que instalen las antenas de radiofrecuencia en zonas aisladas como las que se requieren y le da la facultad el Poder Ejecutivo para exigir su cumplimiento.
Por los motivos antes expuestos, solicito a mis pares me acompañen con este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CANELA, SUSANA MERCEDES SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
07/10/2014 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0949/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4931-D-2014 y 5787-D-2014 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 32/2014 16/10/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 05/11/2014 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4931-D-2014 y 5787-D-2014 APROBADO