PROYECTO DE TP
Expediente 4929-D-2009
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL BLOQUEO DE LA PAGINA WEB WWW.MEJORDEMOCRACIA.GOV.AR, DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION.
Fecha: 08/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su preocupación por el bloqueo de
la página web mejordemocracia.gov.ar, a cargo de la Subsecretaría para la
Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia, de la Jefatura de
Gabinete del Gobierno de la Nación, ocurrida desde el 6 de octubre de 2009 y
exige su inmediata reposición
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con suma preocupación hemos
tomado cuenta, a partir de la información aparecida en distintos medios de
comunicación, que en las últimas horas del día 6 de octubre de 2009, se ha
bloqueado la página web mejordemocracia.gov.ar, suplida cuando se pretende
acceder al sitio con un doble retrato del Jefe de Gabinete del gobierno Nacional
Dr. Aníbal Fernández .
El sitio web está cargo de la
Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la
Democracia, que depende precisamente de la Jefatura de Gabinete del
Gobierno de la Nación.
"... los ciudadanos se quedaron sin
saber quiénes son los responsables de acceso a la información de cada
ministerio, a qué teléfono se los puede llamar, de qué hablaron en su última
reunión, cuáles son los temas que despiertan más interés social y cómo hacer
una denuncia por incumplimiento cuando un funcionario se niega a responder
las preguntas de los particulares, los periodistas o las organizaciones no
gubernamentales. Tampoco se puede acceder al instructivo que tenían
disponible los agentes públicos para saber cómo organizar el registro de
audiencias de los ministros." Se escribía en diferentes medios de comunicación
el día 7 de octubre.
Qué derechos ciudadanos se
vulneran a partir de este hecho?. El acceso a la información pública constituye
un aspecto central de la vida democrática debido a que consagra el derecho
cívico a la transparencia, resulta el mejor antídoto contra la corrupción en los
gobiernos, además de ser una estrategia efectiva para mejorar su gestión.
Así lo hemos expresado en nuestro
proyecto sobre "Reglamentación del Derecho de Acceso a la Información",
Expte Nº. 2557-D-2008, que al igual que otros proyectos sobre el tema no
avanza en su procedimiento de sanción.
El derecho de acceso a la
información ha sido contemplado por la Convención Americana de Derechos
Humanos pues, en su artículo 13 establece que el derecho a la libertad de
pensamiento y expresión comprende la libertad de buscar, recibir y difundir
información. Asimismo ha sido receptado en la Declaración de Principios de
Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Corresponde agregar que también ha sido adoptado a través de distintas
iniciativas de la sociedad civil : en la Declaración de Chapultepec, en los
Principios de Johannesburgo y en los Principios de Lima. De igual manera se
incorporó en el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de la Américas, Quebec
2001, que define que los Gobiernos
asegurarán en sus legislaciones
nacionales, entre otros, el derecho de acceso a la información de todos los
ciudadanos.
Nuestra Carta Magna, en su artículo
75 inc. 22, le otorga jerarquía constitucional a los tratados internacionales sobre
derechos humanos que allí menciona -entre ellos la Convención Americana de
Derechos Humanos-, y a los que en futuro se les asigne dicha jerarquía,
conforme el procedimiento que en el mismo artículo ha establecido. Se
incorporan, de este modo, todos los derechos receptados en los tratados
internacionales de derechos humanos en nuestro ordenamiento interno, con
jerarquía constitucional. Sobre el particular, se amplían los márgenes de la
libertad de expresión receptada en los artículos 14 y 32 de la Constitución
Nacional.
La ley de acceso directo, gratuito y
sencillo a la información pública se erige en un pilar de la agenda ampliada
para la protección de la libertad de expresión y junto a la regulación de la
publicidad oficial, que deberá ser distribuida en forma transparente y equitativa
entre los diferentes medios, no pueden faltar en una democracia moderna.
Nuestros proyectos de Acceso a la
Información Pública -arriba citado-, de Radiodifusión: Expte Nº 4369-D-2006 -
(reproducido por Expte Nº 0016-D-08), de Publicidad Oficial: Expte Nº 3761-D-
2006 - (reproducido por Expte Nº 0015-D-08), Creación de la Defensoría de la
Libertad de Expresión - Expte 2779-D-08, y de Despenalización de Calumnias
e Injurias - Expte Nº 3952-D-2008. Todos ellos forman parte de la Agenda
Ampliada de la Libertad de Expresión Y aunque el oficialismo se ha negado a
tratar en conjunto estos temas, insistimos en la necesidad de avanzar en la
sanción de una ley para proteger el derecho básico de acceso a la
información.
El Gobierno apura la sanción de la
ley de medios audiovisuales, despreciando temas fundamentales como el del
acceso a la información pública y la regulación de la publicidad oficial.
Nuestra preocupación se profundiza
por la actual situación de descrédito e ilegimidad aparente irregularidad del
INDEC, que afecta el ejercicio de nuestra ciudadanía plena y la credibilidad de
las instituciones públicas. Sin datos completos y fidedignos es imposible
establecer en forma responsable y certera nuestro propio proyecto de vida,
como ciudadanos, y trazar las políticas públicas necesarias, desde los órganos
del Estado.
Todo lo anterior sumado a que
nuestro último pedido de informes, conforme las prescripciones del decreto
1172/03, al Sr Jefe de Gabinete de Ministros, sobre los temas vinculados a la
reciente firma del contrato entre el Gobierno Nacional y la Asociación del Fútbol
Argentino para transmitir por LS82 TV
Canal 7 los partidos de fútbol de la
Primera División, aún no ha sido contestado, encontrándose el plazo para
hacerlo, ya vencido.
Por tales motivos exigimos la
restitución inmediata del sitio web aludido, a la vez que insistimos en la
necesidad de aplicar programas y políticas públicas para facilitar el acceso a la
información pública utilizando para ello todos los medios disponibles,
especialmente las nuevas tecnologías.
Por lo expuesto y, considerando la
grave afectación a la libertad de expresión que ello supone, es que solicitamos
a los Sres. Diputados aprueben el presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | MEMORIA Y DEMOCRACIA |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
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