PROYECTO DE TP
Expediente 4924-D-2012
Sumario: RATIFICACION DEL CONVENIO MARCO PARA EL CONTROL DEL TABACO APROBADO POR LA 56° ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD - OMS- EL 21 DE MAYO DE 2003.
Fecha: 18/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1: Ratifíquese el
Convenio Marco para el Control del Tabaco aprobado por la 56ª
Asamblea Mundial de la Salud de la OMS del 21 de Mayo de
2003.
Art. 2: De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La República Argentina
fue uno de los 192 países miembros de la Organización Mundial de
la Salud que firmó el Convenio Marco para el Control del Tabaco,
el 21 de mayo 2003.
Con fecha junio de
2004 el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso el Proyecto de
Ley por el cual solicitaba su ratificación y muchas han sido las voces
legislativas - de distintos bloques y durante distintos años - que
con distintos proyectos se manifestaron en su favor.
Con lo previsto en tal
tratado internacional se intenta reducir las enfermedades y las
muertes que, relacionadas con el tabaco, aumentan todos los días
en el mundo.
En la Argentina mueren
por año 40.000 personas por causas directamente imputables al
consumo del cigarrillo o por estar en contacto con las sustancias
que de su humo emanan.
El tratado intenta que
los países parte tengan políticas públicas para disminuir y prevenir el
consumo del tabaco, cuidar a la población de la exposición al humo
del tabaco propiciando espacios públicos y privados de acceso
público 100% libres de humo y brindar apoyo y ayuda para que los
fumadores comprendan la importancia de tratar su adicción.
Asimismo busca el
convenio que la publicidad, la promoción, los envasados y
etiquetado de paquetes de cigarrillos sean severamente controlados
y que se refuercen los controles para garantizar aire libre de
sustancias producidas por el cigarrillo en ambientes cerrados, al
tiempo que se trabaje fuertemente para combatir el contrabando del
producto.
Otra de las políticas
exigidas tiene que ver con el aumento de los precios a través de
subas de impuestos a efectos de desalentar el consumo del tabaco
entre la población, sobre todo en los sectores más jóvenes.
El 2 de junio de 2011 fue
sancionada en nuestro país la Ley 26.687, promulgada en 13 de junio de
2011 y denominada "Regulación de la publicidad, producción y consumo
de los productos elaborados con
tabaco". En la página web
del Ministerio de Salud de la Nación dice que los principales aspectos de la
ley nacional contemplan las recomendaciones del Convenio Marco para el
Control del Tabaco de la
Organización Mundial de la
Salud, si bien Argentina es uno de los pocos países del mundo que aún no
ha ratificado el convenio. Sería deseable que el Poder Ejecutivo Nacional
reglamente la citada norma a la brevedad, ya que su incumplimiento luce
incomprensible y torna su articulado en ley de difícil aplicación.
Más de 80 organizaciones
civiles y científicas que conforman, desde fines de 2009, la Coalición para
la Ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco (entre ellas
LALCEC, la Fundación Cardiológica Argentina, la Unión Antitabáquica
Argentina "UATA", la Asociación Argentina de Tabacología, la
Fundación Favaloro, la Asociación Argentina de Medicina
Respiratoria, la Fundación Interamericana del Corazón, BASTA!,
FUNDEPOC y el Programa INFOSALUD) manifiestan que "es
imprescindible que los legisladores asuman su responsabilidad de velar por
la salud de toda la población y ocupen un lugar líder en la lucha contra la
epidemia del tabaquismo".
Agregan además los especialistas que "durante este año, más de 5 millones
de personas en el mundo morirán a causa de enfermedades relacionadas
con el tabaco (ataques cardíacos, derrame cerebral, cáncer, enfisema u otras
enfermedades). Y otras 600.000 personas -más de la cuarta parte de ellos
son niños- morirán por estar expuestos al humo de tabaco ajeno. La carga
anual de muertes por la epidemia global del tabaco podría aumentar a 8
millones hacia el 2030. Habiendo matado a 100 millones de personas
durante el siglo XX, su uso matará un billón durante el siglo XXI."
Agregan que "el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) es el
primer tratado internacional de salud pública que proporciona un marco
legal internacional para el control del tabaco y constituye una solución
efectiva y de bajo costo para reducir las enfermedades, muertes, daños al
ambiente y a la economía causados por el consumo de tabaco."
Esperamos que la ratificación
del presente convenio no sufra los mismos embates que la llamada Ley
Neri recibió en la época del Presidente Menem. Surge de la propia
documentación que tabacaleras norteamericanas se vieron obligadas a dar a
publicidad hace muy poco tiempo, como se instrumentó un fuertísimo
lobby a efectos de lograr el
veto de tal ejemplar norma
aprobada por el Congreso por parte del Presidente de la Nación. La
industria del tabaco actuó en ese momento a través de periodistas,
científicos, políticos, publicistas, expertos constitucionalistas y encuestas
para lograr su cometido.
Una buena política
sanitaria implica la prevención de las enfermedades. Todo el dinero
gastado en publicidad, información y educación significará una
inversión. Utilizar el dinero de todos ex ante hará que no deban
gastarse luego más recursos en enfermos graves por su adicción al
tabaco.
Por todo lo expuesto es
que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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