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PROYECTO DE TP


Expediente 4922-D-2012
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA LA DETERMINACION DE INCORPORAR EL HOSPITAL CESAR MILSTEIN COMO ESTABLECIMIENTO PROPIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.
Fecha: 16/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de interés de esta Honorable Cámara la determinación de incorporar el Hospital Cesar Milstein como establecimiento propio del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y la necesidad de avanzar y fortalecer un sistema de servicios de cuidado integral de la salud acorde a las necesidades de los destinatarios del mismo, al cumplirse cinco años de la expropiación del inmueble de la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia establecida por la ley 26.272 sancionada el 18 de julio de 2007.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 26.272, sancionada el 18 de julio de 2007 por este Congreso de la Nación Argentina, estableció la expropiación del Hospital Francés de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como parte de los bienes de la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia. Posteriormente, con el Decreto 194/2009, el Poder Ejecutivo aprobó el "Convenio de Implementación Ley Nº 26.272", celebrado entre el Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados del 10 de julio de 2008, a través del cual ratifica la transferencia de bienes a dicho Instituto.
Ambas normativas se fundamentaron en la importancia de brindar cobertura integral en salud para los afiliados del INSSJyP y la continuidad de las relaciones laborales para los profesionales a cargo de las actividades asistenciales pertinentes, incluyendo los servicios prestados en el ex - Hospital Francés, hoy Hospital Cesar Milstein, en la ciudad de Buenos Aires.
Consideramos prioritario sostener y avanzar en una red de servicios que aseguren la accesibilidad y calidad en el cuidado integral de la salud al conjunto de los afiliados del INSSJyP, tomando en cuenta los requerimientos propios de los afiliados a partir de grupos etareos, personas con discapacidad y otras cuestiones que requieren ser abordadas en su especificidad.
En este marco, evocamos la decisión tomada hace cinco (5) años por este Honorable Congreso, a través de la ley 26.272, definiendo la expropiación del inmueble de referencia, lo cual ha permitido que dicho establecimiento, hoy Hospital Cesar Milstein, sea destinado con exclusividad a la atención de afiliados del INSSJyP e instamos a que se avance en el cumplimiento de los propósitos que motivaron la normativa de referencia: el cuidado integral de los afiliados y condiciones dignas para los trabajadores de la institución.
Por todo lo expuesto, propongo a nuestros pares nos acompañen en este Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)