PROYECTO DE TP
Expediente 4917-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA GESTION DE LA EMPRESA "AEROLINEAS ARGENTINAS".
Fecha: 08/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de los organismos que correspondan, informe a esta H. Cámara de
Diputados sobre la gestión de Aerolíneas Argentinas, y respecto a los siguientes
puntos:
- Remita el Balance General al
31/12/08.
- Suministre la información del Flujo
de Caja al 31 de mayo de 2009, y el Flujo de Caja proyectado para 2009.
- Suministre el detalle de las
transferencias del Estado Nacional a la empresa por mes, bajo los recaudos de las
leyes 26.412 y 26.466. En su caso, indique el detalle de la aplicación en la
empresa de dichas transferencias.
- Suministre el detalle de las Deudas
Bancarias y Financieras y las Deudas con Proveedores.
- Suministre el detalle del parque total
de aviones, especificando si están actualmente en operación y si se trata de
aviones propios, alquilados o en leasing.
- Informe las rutas aéreas que
actualmente opera la aerolínea y el plan de expansión de rutas de la
compañía.
- Suministre la rentabilidad por ruta,
tanto de vuelos de cabotaje como internacionales.
- Informe la cantidad de vuelos a
cada destino.
- Suministre el detalle de los gastos
operativos de la empresa desde el momento de su estatización, detallando gastos
en personal, en combustible, en leasing de aviones, en mantenimiento y otros
rubros en los que la empresa segmente sus gastos de operación.
- Compare los gastos operativos de
los meses posteriores a la estatización con los gastos previos a la misma,
suministrando un comparativo mensual comparando con el mismo mes del año
anterior.
- Remita el promedio de retraso en
los vuelos durante los meses posteriores a la estatización, el porcentaje de los
vuelos con retraso y, en ambos casos, un comparativo con los meses previos.
- Remita planilla de sueldos del
personal directivo de la empresa.
- Informe respecto al plantel del
personal antes de la estatización y los nombramientos producidos a partir de la
misma. En este sentido, remitir nómina del personal nombrado, cargos, salarios y
categorías.
- Remita el estado de las
negociaciones para la compra de aviones de la empresa Embraer y otras
- Remita la cantidad de permisos
gremiales existentes entre el personal.
- Informe la causa del incumplimiento
de la Ley 26.466 en lo concerniente a la presentación del Plan General de
negocios, estratégico y operativo de mediano y largo plazo por parte del Ministerio
de Planificación Federal.
- Remita la cantidad de vuelos a cada
destino y las razones que justifiquen el mismo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Motivan el presente proyecto de
resolución, las últimas novedades en relación con la gestión de la compañía
Aerolíneas Argentinas, de reciente traspaso a manos estatales.
En efecto, se ha dado a
conocer que la aerolínea arrojó pérdidas cercanas a los $ 300 millones en el mes
de julio de 2009 (55 millones de euros); ello implicó una pérdida de casi $10
millones por día durante dicho mes, provocando el rojo más alto de su
historia.
La turbulenta historia de
Aerolíneas Argentinas se remonta al 17/07/08 cuando el Estado Nacional, a través
del entonces Secretario de Transporte, Ricardo Jaime, y la empresa Interinvest
S.A. (accionista de Aerolíneas y Austral a través de Eduardo Aranda
Unzurrunzaga), suscriben un acuerdo, con las siguientes lineamientos:
- El Estado Nacional acuerda
comprar la totalidad de las acciones de las empresas, para ello se fija un plazo de
60 días para obtener las aprobaciones pertinentes.
- Se formaba un Consejo de
Transición, para el período de 60 días, con 2 representantes por cada parte, el
Estado designaría al Gerente General por ese plazo con el acuerdo de Interinvest
S.A y se detallaba lo que deberían contar las partes a los 60 días.
- Las valuaciones se harían por cada
parte y en caso de discrepancia se solicitaría una tercera valuación de una entidad
imparcial, cuya valuación será final y definitiva para las partes.
- El sistema de valuación será por
descuento de flujo de fondos futuros, detallando el procedimiento a utilizar
respecto de los precios subsidiados del combustible y tarifas.
Así las cosas llegamos a la Ley de
Rescate 26.412, que autoriza el "rescate" de Aerolínea Argentinas SA, Austral
Líneas Aéreas y Cielos del Sur por "compra" de sus acciones societarias (Art
1).
El Tribunal de Tasaciones de la Nación
debe realizar las tasaciones correspondientes a fecha 1 de Julio de 2008.
La Comisión Bicameral de Reforma del
Estado y Seguimiento de las Privatizaciones vigilará "que aquellas valuaciones
contemplen la real situación patrimonial de las empresas y se ajusten a criterios
técnicos acordes al tipo de actividad que desempeñan" (Art 2).
El precio debe someterse a la
Aprobación del Congreso (Art 3).
El PEN podrá instrumentar los
mecanismos necesarios para cubrir las necesidades financieras derivadas de los
déficit operativos hasta el 31 de diciembre de 2008 instrumentándose como
aportes de capital o créditos al Estado Nacional, e informar sobre dichas
transferencias a la Comisión Bicameral de Reforma del Estado (Art. 5 y 6).
Asimismo, en la ley de expropiación
26.466 se declara de utilidad pública y sujeta a expropiación las acciones de las
empresas Aerolíneas Argentinas, Austral, Optar, Jet Paq y Aerohandling, siendo el
valuador el Tribunal de Tasaciones de la Nación (Art 1).
A efectos de reequipamiento y
mejoramiento de los servicios, en el plazo máximo de 180 días (ley sancionada
17/12/2008), el organismo que se designe (Ministerio de Planificación DR
2347/08), formulará un Plan General de negocios, estratégico y operativo de
mediano y largo plazo.
Se obliga al PEN a discriminar los
pasivos de operaciones normales de aquellos de operaciones dolosas, a efectos
de iniciar las acciones que permitan recuperar el patrimonio afectado por la
eventual mala gestión. (Art 6)
Este proceso de "rescate"
lamentablemente comprometió una erogación de dinero público que se gasta en
Aerolíneas Argentinas que está autorizada por Presupuesto de manera
indeterminada. Se habla de déficits y no del tamaño de los déficits. Los aportes
sólo pueden ser en carácter de préstamos, la otra opción sólo estará disponible
después de que se expropie la empresa.
Es por ello que este proyecto de
resolución solicita que el Plan de inversión contenga los números que cualquier
plan de negocios debe tener. Los números deben manifestarse en déficits o
superavits que planean tener y hasta cuándo, toda vez que la Ley 26.466 habla de
largo plazo, debería contener por lo menos los próximos 3 años.
De acuerdo con la Ley 26.466 el Plan
debe contemplar las necesidades de aquellas regiones del país que dependen de
manera fundamental del transporte aéreo. Es por ello que es imperioso que dicho
plan contenga análisis de rentabilidad por rutas. Las rutas que den pérdidas y no
sean necesarias se deben eliminar. En las rutas que den pérdidas y estén
sustentadas en la necesidad de integrar áreas del país, dichas pérdidas deberán
ser soportadas por lo menos en un porcentaje determinado por las provincias a las
que lleguen los vuelos.
Además, se deberá confirmar si
Aerolíneas tiene en sus filas más de 900 pilotos, para cerca de 90 aviones, de los
cuales vuelan muy pocos. Esto hay que verificarlo en el Plan que presente la
empresa.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente,
solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | MEMORIA Y DEMOCRACIA |
VELARDE, MARTA SYLVIA | SANTIAGO DEL ESTERO | JUSTICIALISMO REPUBLICANO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |