PROYECTO DE TP
Expediente 4884-D-2013
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS -LEY 20628, T.O. 1997 Y SUS MODIFICATORIAS-: MODIFICACION DE LOS INCISOS A), B) Y C) DEL ARTICULO 23, SOBRE CONCEPTO DE GANANCIAS NO IMPONIBLES, DE CARGAS DE FAMILIA Y DE DEDUCCION ESPECIAL.
Fecha: 25/06/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificatoria ley
Impuesto a las Ganancias
Artículo 1° - Sustitúyase los incisos
a) y b) y el primer párrafo del inciso c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a
las Ganancias T.O. 1997 y sus modificaciones, por los siguientes:
"a) en concepto de ganancias no
imponibles, la suma de PESOS VEINTICINCO MIL CIENTO OCHENTA ($
25.180), siempre que sean residentes en el país;"
"b) en concepto de cargas de
familia, siempre que las personas que se indican sean residentes en el país,
estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año entradas netas
superiores a PESOS VEINTICINCO MIL CIENTO OCHENTA ($ 25.180),
cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto: 1) PESOS
VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS ($ 28.300) anuales por el cónyuge; 2)
PESOS CATORCE MIL QUINIENTOS VEINTE ($ 14.520) anuales por cada
hijo, hija, hijastro o hijastra menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado
para el trabajo; 3) PESOS ONCE MIL SETESCIENTOS ($ 11.700) anuales por
cada descendiente en línea recta (nieto, nieta, bisnieto o bisnieta) menor de
VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo; por cada
ascendiente (padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y
madrastra); por cada hermano o hermana menor de VEINTICUATRO (24) años
o incapacitado para el trabajo; por el suegro, por la suegra; por cada yerno o
nuera menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo. Las
deducciones de este inciso sólo podrán efectuarlas el o los parientes más
cercanos que tengan ganancias imponibles;"
"c) en concepto de deducción
especial, hasta la suma de PESOS VEINTICINCO MIL CIENTO OCHENTA ($
25.180), cuando se trate de ganancias netas comprendidas en el artículo 49,
siempre que trabajen personalmente en la actividad o empresa y de ganancias
netas incluidas en el artículo 79."
Art 2) De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Señor presidente, subir el piso del
aporte a las ganancias es un reclamo de amplios sectores sociales.
Especialmente de los trabajadores, que ven, mes a mes, como la inflación
corroe la base salarial implantando un impuesto encubierto a su capacidad de
consumo. Ya ni siquiera estamos hablando de ahorro, estamos hablando de
consumo de la familia trabajadora.
Por otro lado, las recientes y
atrasadas paritarias, al acordar un aumento afín a una inflación no reconocida
por el gobierno oficialmente, pero reconocida en los topes salariales impuestos
para la negociación de paritarias, han traído una clara consecuencia: incluir a
trabajadores que ven como dicho aumento salarial se convierte en el impuesto
encubierto que, en muchos casos, les trae aparejado un descuento mayor a su
salario por retenciones de ganancias, que el aumento acordado con la patronal.
La escala propuesta de 25.180
pesos, se compone de la combinación de las variables inflación y expectativa
real de aumento salarial al año que viene.
Además, no modificamos la letra
propuesta por el ejecutivo a comienzos de este año 2013, en términos de
inclusión social, y parámetros de ponderación de cargas familiares, sino que
fijamos nuevos mínimos con el objetivo de generar una mayor capacidad de
consumo y ahorro por parte de los trabajadores, verdaderos dinamizadores de
nuestra economía y sostenedores del modelo.
Teniendo en cuenta, que nuestra
constitución deja claramente expresada, la facultad del congreso de fijar
impuestos, creemos que esta discusión es atinente al contexto económico que
vive nuestro país, por tal motivo, solicitamos la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SACCA, LUIS FERNANDO | TUCUMAN | UCR |
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2355/2013 | ESTE EXPEDIENTE HA SIDO TENIDO A LA VISTA EN EL O/D 2355/13 | 04/09/2013 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MANIFESTACIONES EN MINORIA | 07/05/2014 | |
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | 14/05/2014 | |
Diputados | MANIFESTACIONES EN MINORIA | 14/05/2014 | |
Diputados | MANIFESTACIONES EN MINORIA | 21/05/2014 | |
Diputados | MANIFESTACIONES EN MINORIA | 03/06/2014 |