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PROYECTO DE TP


Expediente 4877-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REMITIR LA DOCUMENTACION RELACIONADA CON EL ACUERDO SUSCRIPTO CON LOS ACREEDORES INTEGRANTES DEL "CLUB DE PARIS".
Fecha: 19/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 70
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional la remisión, con carácter de urgente, de la totalidad de la documentación referida al acuerdo suscripto con acreedores integrantes del Club de París, para el pago de sumas imputadas a deuda externa de nuestro país, incluyendo los términos del entendimiento denominado "solución amistosa", a los efectos de su tratamiento y consideración por parte de esta Cámara de Diputados de la Nación en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 75 incs.4 y 7 de la Constitución Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Proyecto de Resolución que proponemos tiene como objetivo requerir al Poder Ejecutivo Nacional el envío inmediato al Honorable Congreso de la Nación de los términos del acuerdo por el pago de sumas imputadas a deuda externa con acreedores integrantes del Club de París.
Según la Constitución Nacional es el Congreso Nacional el órgano constitucionalmente habilitado para entender sobre el pago de la deuda interior y exterior de la Nación, conforme lo dispuesto en el artículo 75 inciso 7. Dicha norma establece que "Corresponde al Congreso:...7. Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación." La omisión del envío en tiempo y forma no sólo viola lo dispuesto en la Carta Magna, sino que obstaculiza el procedimiento de debate público, transparente y democrático que estos temas esenciales requieren.
Lamentablemente, la historia de la negociación de la deuda externa en nuestro país ha arrojado dolorosas enseñanzas que el presente se obstina en desconocer. Así seguimos emprendiendo oscuras negociaciones de deudas cuyo monto y origen continúan siendo materia de especulación.
Escuetamente se ha señalado que el gobierno argentino y la secretaria del Club de París arribaron a una solución acordada y mutuamente beneficiosa, respecto a la deuda que el país mantiene con los países miembros, de esta manera la delegación argentina planteó en un comunicado oficial el acuerdo sin aclarar los término y condiciones del mismo.
Es imprescindible que el Congreso Nacional se involucre de manera activa en el debate porque las decisiones que en esta materia se adopten van a comprometer el desenvolvimiento económico de nuestro país en el corto y largo plazo.
El Poder Ejecutivo debe asumir la responsabilidad de debatir públicamente el acuerdo celebrado y es el Congreso Nacional quien debe decidir sobre su aprobación o rechazo, fijando los lineamientos fundamentales de la reestructuración de la DEA.
Según la última información oficial disponible - Ministerio de Economía (MECON), Informe trimestral de la Deuda Pública al 30.9.2013 - el Estado Central le debía al Club de París unos 6.100 MD (Millones de Dólares): 5.100 por Capital y 1.000 por Intereses.
El Club le reclamaba a la Argentina, en cambio, 9.700 MD - con cifras cerradas al 30.4.2014 - donde el grueso de la diferencia (unos 3.600 MD) no se explica suficientemente.
El MECON no ha dado, hasta el momento, ninguna información detallada acerca del acuerdo suscripto - las negociaciones entre las partes han sido absolutamente secretas - no se conocen los términos exactos de lo pactado, no se cuenta con información desagregada de las sumas que integran el total aceptado con el allanamiento argentino ni se conoce cómo ha sido la evolución de dicho endeudamiento para llegar a las cifras actuales, ya que al momento del default de fines de 2001 la deuda directa con el Club de París era algo menor a los 2.000 MD y ahora ha crecido prácticamente 5 veces.
Algunos analistas sostienen que las principales causas de este aumento podríamos encontrarla en los intereses devengados acumulados durante el período de cesación de pagos (12 años), mientras otros opinan que el incremento se debe a la incorporación de otras deudas bilaterales al paquete de las deudas directas con los países del Club, pero lo cierto es que no se cuenta con información oficial al respecto.
No se sabe, además, si ha habido capitalización de intereses (anatocismo) y si la Argentina tiene que afrontar además otras erogaciones, como gastos y honorarios propios y de la contraparte.
Este gobierno encabezado ya sea por Néstor Kirchner como por Cristina Fernandez de Kirchner - como en todo lo relativo a la Deuda Pública - no suministra información desagregada, ni mucho menos permite el acceso a la documentación probatoria de las acreencias que reconoce a individuos, empresas y/o países reclamantes.
Es por ello, que insistimos en que los acuerdos a los que eventualmente se arribe con acreedores públicos que se nuclean en el Club de París, deben ser aprobados por este Parlamento, sin que pueda alegarse la existencia de delegación alguna en el propio poder Ejecutivo, toda vez que se no se advierte cuáles pueden ser las mejoras en la negociación que posibilite invocar la delegación de facultades prevista en el art. 65 de la ley 24.156.
Por ello resulta indispensable que el Poder Ejecutivo remita sin más dilación toda la documentación referida a la negociación de la deuda externa con el Club de París y los términos y cláusulas del acuerdo.
Por las razones expuestas es que solicito a los señores diputados y diputadas el acompañamiento en la presentación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BINNER, HERMES JUAN SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
CICILIANI, ALICIA MABEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
ZABALZA, JUAN CARLOS SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)