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PROYECTO DE TP


Expediente 4860-D-2010
Sumario: REALIZAR EN TODOS LOS EDIFICIOS DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION UN RECAMBIO TOTAL DE LAMPARAS INCANDESCENTES POR LAS DE BAJO CONSUMO.
Fecha: 06/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Realizar, en todos los edificios de esta Honorable Cámara, un recambio total de las lámparas incandescentes por lámparas de bajo consumo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La REPUBLICA ARGENTINA en el año 1994, mediante la Ley Nº 24.295, aprobó la CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO (CMNUCC) y por la Ley Nº 25.438, en el año 2001, aprobó el PROTOCOLO DE KYOTO (PK) de esa Convención.
El PROTOCOLO DE KYOTO en su Artículo 2º punto 1.a, apartado i) afirma la necesidad de los países firmantes de asegurar el fomento de la eficiencia energética en los sectores pertinentes de la economía nacional.
La experiencia internacional reconoce al uso eficiente de la energía como la medida más efectiva, a corto y mediano plazo, para lograr una significativa reducción de las emisiones de Dióxido de Carbono (CO2) y de otros gases de efecto invernadero.
La aplicación de políticas de eficiencia energética en un marco de exigencias ambientales, protección de los recursos naturales y compromisos para mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero responsables del proceso de cambio climático global, contribuirá al establecimiento de condiciones que favorezcan el desarrollo sostenible de la nación, el crecimiento del empleo y el aumento de la productividad.
La experiencia registrada muestra que el éxito de las políticas de eficiencia energética requiere, además de la adopción de tecnologías de alta eficiencia, la generación de profundos cambios estructurales basados en la modificación de las conductas individuales mediante programas y planes que deben ser conducidos por organismos altamente especializados y que deben contemplar una estrategia cultural-educacional cuyo objetivo último sea el cambio hacia una cultura de uso eficiente de la energía.
Como lo establecen los fundamentos del Decreto 140/2007 (PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA): "Que resulta necesario y conveniente que el sector público asuma una función ejemplificadora ante el resto de la sociedad, implementando medidas orientadas a optimizar el desempeño energético en sus instalaciones."
Esta Honorable Cámara ha aprobado la Ley 26.473 por la cual se prohíben, a partir del 31 de diciembre de 2010, la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el territorio de la República Argentina.
Esta Honorable Cámara es parte del poder público y debe asumir su función ejemplificadora realizando el recambio total de su tecnología energética.
En razón a lo expresado, solicito al resto de los legisladores acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA
TERADA, ALICIA CHACO COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)