PROYECTO DE TP
Expediente 4841-D-2009
Sumario: COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO - LEY 11672 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 5, SOBRE AUTORIZACION A LOS PRESIDENTES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION Y DEL CONSEJO DE MAGISTRATURA A REAJUSTAR LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS DEL PODER JUDICIAL.
Fecha: 06/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Sustitúyase el
artículo 5º de la ley 11.672, por el siguiente texto:
"Articulo 5°. Autorizase al Presidente de
la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN a reajustar los créditos de
presupuesto correspondientes a su propia administración y al Presidente del CONSEJO
DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN a reajustar los créditos
de presupuesto correspondientes a la administración del PODER JUDICIAL DE LA
NACIÓN, debiendo comunicar al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS las modificaciones
que se dispusieran. Tales modificaciones sólo podrán realizarse dentro del respectivo
total de créditos autorizados sin originar aumentos automáticos para ejercicios futuros
ni incrementos de las remuneraciones individuales, sobre asignaciones u otros
conceptos análogos de gastos en personal o compensaciones o reintegros a favor del
mismo, excepto cuando el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS le otorgue un refuerzo
presupuestario para financiar mejoras salariales o para creación de cargos por un
periodo menor de DOCE (12) meses.
Tendrán la libre disponibilidad de los
créditos que le asigne la Ley de Presupuesto, sin mas restricciones que las que la
propia ley determine en forma expresa.
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS,
junto con el Proyecto de Presupuesto de la Administración Nacional enviará al
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN los anteproyectos preparados por la CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y POR EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN acompañando los antecedentes respectivos
cuando las estimaciones efectuadas no coincidan con las del proyecto general.
Artículo 2º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente tiene por objeto propiciar la
modificación del artículo 5º de la Ley 11.672, en virtud de la reforma de la Constitución
Nacional del año 1994 en sus artículos 113 y 114 y el dictado del Decreto 557/05.
El artículo 114 de la Constitución Nacional
crea el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y le asigna, entre
otras funciones, la administración del Poder Judicial para todos sus órganos, con
excepción de la administración propia de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación.
En las disposiciones del artículo 113 de la
carta magna, se suprime la facultad de dictar el reglamento económico -presupuesto-
lo cual estaba asignado anteriormente a la Corte Suprema.
La administración constituye un
ordenamiento económico de todos sus componentes, tales como infraestructura,
informática y recursos humanos; siendo la herramienta fundamental el diseño y la
proyección de los gastos estimados o sea la confección del presupuesto que se dicta en
forma anual.
En el curso del ejercicio económico-
financiero se producen desviaciones por distintos motivos que se deben reajustar con
celeridad y precisión.
Por lo tanto quien conduce la
administración debe manejar su propio presupuesto.
Razón por la cual se eleva en tal sentido
el proyecto de modificación al artículo 5 de la ley 11.672, otorgándole al Consejo de la
Magistratura del Poder Judicial de la Nación la facultad de reajustar los créditos
presupuestarios dentro del crédito global del presupuesto del Poder Judicial
Nacional.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares me acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PIUMATO, JULIO JUAN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
KUNKEL, CARLOS MIGUEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
JUSTICIA |