Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4835-D-2007
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H CAMARA EL XI ENCUENTRO NACIONAL DE EQUIPARACION DE OPORTUNIDADES PARA ABOGADOS DISCAPACITADOS Y EL XII CONGRESO PROVINCIAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ABOGADOS DISCAPACITADOS "CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS POR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: CULTURA, RECREACION, DEPORTE Y TURISMO" A REALIZARSE DEL 30 DE NOVIEMBRE AL 1 DE DICIEMBRE DE 2007 EN MAR DEL PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 04/10/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de Interés de esta Honorable Cámara el XIº Encuentro Nacional de Equiparación de Oportunidades para Abogados Discapacitados y el XIIº Congreso Provincial de Seguridad Social para Abogados Discapacitados "CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS POR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: CULTURA, RECREACION, DEPORTE Y TURISMO", organizado por la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, que tendrá lugar el 30 de noviembre y el 1º de diciembre del corriente año en la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con el presente proyecto proponemos la Declaración de Interés de esta Honorable Cámara el XIº Encuentro Nacional de Equiparación de Oportunidades para Abogados Discapacitados y el XIIº Congreso Provincial de Seguridad Social para Abogados Discapacitados "CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS POR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: CULTURA, RECREACION, DEPORTE Y TURISMO", que tendrá lugar el 30 de noviembre y el 1º de diciembre del corriente año en el Hotel 13 de Julio, sito en la calle 9 de Julio 2777 de la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
Los encuentros son organizados por la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, nacida en el marco de la Colegiación en 1947. El 6 de noviembre de 1947, al promulgarse la ley 5177, se instituyó en dicha normativa (Capítulo XVI), la creación de la Caja de Previsión Social para Abogados, diciendo a tal fin el artículo 64; "La Caja tiene por objeto la creación de un sistema de previsión social fundado en la solidaridad profesional". La ley 5445, otorgó a la Caja, carácter autárquico, como persona de derecho público. Todos los abogados matriculados se integran al sistema, gobernado por sus propios pares.
Cabe señalar que el evento forma parte del compromiso asumido por Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires en la defensa de los derechos humanos y la inclaudicable lucha contra cualquier clase de discriminación.
Por lo expuesto solicitamos el voto favorable de la Honorable Cámara
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/11/2007 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 3356/2007 29/11/2007