PROYECTO DE TP
Expediente 4815-D-2009
Sumario: CREACION DEL PLAN DE EMERGENCIA DEL SECTOR DE OLIVICULTORES TRADICIONALES.
Fecha: 05/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 131
El Senado y Cámara de Diputados...
Plan de Emergencia del
Sector de Olivicultores Tradicionales.
ARTÍCULO 1º.- Créase el
plan de emergencia para el Sector de Olivicultores Tradicionales en todo
el territorio de la República Argentina. La autoridad de aplicación
identificará las regiones, provincias o zonas beneficiadas.
ARTÍCULO 2º.- La
Secretaría de Agricultura, ganadería, pesca y alimentación, del
Ministerio de Economía y Producción de la Nación será la autoridad de
aplicación de la presente ley.
ARTÍCULO 3º.- Créase el
Fondo de Compensación Olivícola, con el objeto de garantizar la
sustentabilidad de dicha producción a través de mecanismos que
permitan atenuar los efectos de las actuales oscilaciones bruscas y
negativas de los precios del sector.
ARTÍCULO 4º.- El fondo
se constituirá por un término de CINCO (5) años a partir de la fecha de
entrada en vigencia de la presente ley.
ARTÍCULO 5º.- Serán
beneficiarios del Fondo los productores olivícolas que reúnan las
siguientes condiciones:
a) Se inscriban para
acogerse voluntariamente al plan del fondo, conforme las condiciones
que establezca la autoridad de aplicación, que deberá instrumentar los
mecanismos para que todos los trámites pertinentes sean realizados en
cada Provincia.
b) No hayan sido
beneficiados con regímenes promocionales o de diferimientos de
impuestos por parte del Estado nacional.
La explotación por la que se
solicite compensación deberá encontrarse en la zona definida por la
autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 6º.- La
constitución inicial del Fondo se hará sobre la base de 100 millones de
pesos ($ 100.000.000), atendido por Aportes del Tesoro Nacional.
ARTÍCULO 7º.- El Fondo
será administrado por la Autoridad de Aplicación, con el objeto de
garantizar el cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
ARTÍCULO 8º.- De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Por el presente proyecto de
ley, se propicia crear un plan de emergencia olivícola en todo el
territorio argentino, designándose autoridad de aplicación a la Secretaría
de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
A tal efecto, se establece un
fondo de compensación olivícola por el término de cinco años y con una
constitución inicial de cien millones de pesos, a través de Aportes del
Tesoro Nacional.
Cabe señalar que conforme
surge de los estudios realizados por la Cámara de Olivicultores
Tradicionales, la situación actual puede calificarse como una paradoja. Si
bien han aumentado significativamente las inversiones en el sector
olivícola en general, fundamentalmente las realizadas con diferimientos
de impuestos, no se solucionaron los gravísimos problemas que venía
padeciendo el sector: deficiente administración y provisión del agua de
riego, apropiación oficial de la ya escasa mano de obra, en base a los
planes sociales que proliferaron por doquier, apropiación del mercado
comprador y vendedor de la aceituna de mesa por parte de un monopolio
de producción, quien establece el precio de compra de la aceituna al
pequeño olivicultor, etc. Por las características de la exportación de
aceituna, el pequeño no puede hacer uso de las ventajas crediticias y de
devolución de impuestos, que se otorgaron en su época y en la
actualidad para los grandes elaboradores. Como si esto fuera poco, pesa
sobre los pequeños productores, con igual rigurosidad que para los
grandes emprendimientos, e incluso hasta con mayores exigencias, la
obligatoriedad del cumplimiento de leyes de laborales, de protección al
medio ambiente, del código alimentario a raja tabla, el pago en término
de las contribuciones por Ingresos Brutos, rentas Municipal y Provincial,
etc. Para no abundar Señor Presidente, se quiere expresar en definitiva
que el sector está sobreviviendo a duras penas , con peligro cierto de
desaparecer, y con ellos desaparecerá una actividad sana,
económicamente viable, ecológicamente intachable, socialmente justa,
que durante 400 años dio muestras de alta rentabilidad en algunos
periodos, como lo que tuvo en los años próximos anteriores antes de la
promoción olivícola nacional, particularmente por que dio vida y
progreso a miles de personas, y alimento también a miles de Argentinos
con sus innegables cualidades terapéuticas.
Solo cabe agregar que si
esta acción no se comprende como una reivindicación de derechos
constitucionales pisoteados por administraciones que miraron,
expresamente, para otro lado que no sea la verdadera producción del
lugareño, el daño sigue, porque con estas acciones no solo se crea una
competencia monopólica francamente desleal, sino que también surgen
afecciones antes inexistentes, como las plagas que surgen por la
importación de plantas de otros países, responsables de las pérdidas
totales de las ultimas cosechas.
Por cada minuto que se
demoran las medidas estatales van desapareciendo emprendimientos
olivícolas familiares, por falta de rentabilidad y se agravará mas por que
se espera que las nuevas plantaciones promovidas, producirán mas de
1.400 millones de tn de aceitunas, esta gran oferta subsidiada , de dudosa
calidad oleica, y de otros componentes terapéuticos y nutritivos muy
valiosos como los antioxidantes naturales, complejo de polifenoles,
complejo de alcoholes superiores, provitaminas, aminoácidos especiales
y esenciales, glucósidos, cloroplastos, enzimas lipídicas, proteicas y
amioliticas, minerales, etc., hará bajar el precio de de la aceituna en
general a niveles que el pequeño olivicultor no los podrá soportar y el
consumidor no recibirá ni los beneficios alimenticios ni terapéuticos del
producto, ni el bajo precio, por que el precio en la góndola lo fija, en su
condición de dominante en la cadena , un oligopolio. Si sigue esta
situación el olivo tradicional no será útil ni para sombra, al decir de los
lugareños.
Unos diez mil
productores, distribuidos en 15 provincias sufren una crisis sin
precedentes que perjudica a los más pequeños y medianos, por culpa de
políticas erradas para el bien de la olivicultura nacional. Puede
consignarse como valioso antecedente de lo descripto el llamado
Manifiesto de Arauco emitido por el sector de marras.
Por las razones expuestas,
solicito a la H. Cámara, la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PAREDES URQUIZA, ALBERTO NICOLAS | LA RIOJA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
REJAL, JESUS FERNANDO | LA RIOJA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
17/11/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |