Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4777-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FOCO DE AFTOSA DETECTADO EN PARAGUAY.
Fecha: 27/09/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 141
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, ante el foco de aftosa declarado por el SENACSA de la Republica del Paraguay, en el departamento de San Pedro de dicho país, a fin de solicitarle al Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA), que informe sobre los siguientes puntos:
1.- Estado de situación y gravedad de la misma en esa región donde fue detectado el foco de aftosa. .
2.- Estado de situación de zona de frontera, enfocado principalmente al corredor de Alta Vigilancia.
3.- Indique que procedimientos y protocolos está llevando el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Animal (SENACSA) de la República del Paraguay, entidad par al SENASA.
4.- Indique que procedimientos y protocolos está llevando o va a llevar a cabo el SENASA, para prevenir cualquier tipo de propagación del virus hacia la República Argentina.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La República del Paraguay a través del decreto 7302 declaró la emergencia sanitaria animal debido a la detección de un foco de aftosa en la localidad de Sargento Loma, distrito de San Pedro de Icuamandiyu, departamento de San Pedro, activando así el sistema nacional de emergencia sanitaria animal (SINAESA).
El diagnostico de foco de aftosa fue presentado ante el Ministerio de Agricultura de dicho país, por el servicio de Calidad y Salud Animal (SENACSA), y declarado por la resolución 2146/2011. El foco fue confirmado mediante análisis laboratorial, el cual arrojó resultado positivo en animales del Establecimiento "SANTA HELENA", ubicado en la localidad de Sargento Loma, distrito de San Pedro de Icuamandiyú, departamento de San Pedro.
Así mismo en esta resolución el servicio sanitario y de acuerdo a lo establecido por la ley 808/96, activa el Sistema de Emergencia nacional Sanitaria Animal a través de la cual se implementarán las medidas necesarias para evitar a difusión de la fiebre aftosa.
Que dado los focos de fiebre aftosa han ocurrido en el pasado, así como han afectado al Paraguay, lo han hecho también en otros países de la región, fue creada la Zona de Alta vigilancia para prevenir el avance de la aftosa en Sudamérica, abarcando los corredores fronterizos existentes entre Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Chile.
Y que en el ámbito Veterinario del Cono Sur se hizo un acuerdo formal de estrategias armonizadas para ser aplicada en las zonas de alta vigilancia, siendo una de las principales acciones implementar un plan de Erradicación de la Fiebre Aftosa, a través de la vacunación sistemática y obligatoria del rodeo bovino, intensificación de la vigilancia epidemiológica, entre otras acciones.
Que debido al control y a la prevención de la zona fronteriza en Febrero de 2011 la Organización internacional de Sanidad Animal declaró a la franja de 15 kilómetros que se extiende a lo largo de los límites con Paraguay y Bolivia, conocida como Zona de Alta Vigilancia (ZAV), libre de aftosa con vacunación. Que al mismo tiempo por Resolución 181/2010 se modificó el plan de vacunación contra aftosa y se determinó solo dos vacunaciones para las categorías menores de 2 años entendiéndose por tales a todas las categorías con excepción de vacas y toros.
Que dadas estas estrategias a nivel regional y a los cambios de status sanitarios y de exigencias a nivel local y ante una nueva detección de fiebre aftosa en la región que se encuentra a aproximadamente 300km de la frontera con Argentina y a la rápida propagación que suele tener esta enfermedad solicito al Poder Ejecutivo, a través del SENASA que informe sobre los puntos más arriba expuesto a fin de contar con mayor información sobre este tema.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)