PROYECTO DE TP
Expediente 4777-D-2009
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA RESOLUCION QUE EMITIO LA FACULTAD DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA, DE RECHAZAR LOS FONDOS PROVENIENTES DE LOS YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO -YMAD-.
Fecha: 01/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su beneplácito por la
resolución emitida por la facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad
Nacional de Córdoba, de rechazar los fondos provenientes de los Yacimientos
Mineros de Agua de Dionisio (YMAD).-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
a los veinte días del mes de Julio de
2009, el Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la
Universidad Nacional de Córdoba resolvió rechazar los fondos provenientes de
YMAD, y poner en conocimiento de esta resolución a los consiliarios de esta facultad
para que sostengan esta misma posición ante el HCS.
Al momento de emitir esta resolución,
los fondos provenientes de los Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio entre las
universidades nacionales de acuerdo a lo establecido por el artículo 18 de la ley N°
14.771, y según lo resuelto en el CIN, se encontraban judicializados en una causa
por la que está procesado penalmente el vicepresidente de minera LA ALUMBRERA,
Julián Patricio Rooney, por contaminación grave para la salud pública.
En tal sentido el consejo directivo de la
mencionada facultad sostiene que la UNC debe garantizar el principio estatutario
relativo a sujetos jurídicos procesados penalmente.
La investigación por presunta
contaminación afectaría a cuatro provincias: Catamarca, Tucumán, Santiago del
Estero y Córdoba.
Es verdad que el cuerpo normativo de
la ley permite y alienta este tipo de subsidios, pero son múltiples las razones por las
cuales se debe rechazar los mismos como lo hiciera la facultad de Filosofía y
Humanidades. Existe un conjunto significativo de denuncias de ciudadanos, tanto de
comunidades originarias como de distintas poblaciones y localidades respecto de
daños ambientales, culturales, económicos, patrimoniales y respecto a un
preocupante impacto sobre la salud de las poblaciones.
El premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez
Esquivel ha elevado una carta al CIN donde ratifica las denuncias de los pobladores
y alude a la causa, principio que supera el corto criterio judicial, solicitando el
rechazo de los fondos.
Ante el riesgo y la presunción de
contaminación, debe cumplirse el principio precautorio y la evitación del riesgo,
como lo sostiene el Derecho Ambiental, en nombre del bien común principio que
supera el corto criterio empresarial que sostiene que "el que contamina, paga" (texto
extraído de la resolución de la FFyH).
Sr. Presidente este gesto y compromiso
asumido por el consejo directivo de esta facultad tiene que ser reconocido, razón por
la cual solicito de mis pares la aprobación del proyecto en cuestión.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
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Comisión |
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