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PROYECTO DE TP


Expediente 4757-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS MONTOS GIRADOS EN CONCEPTO DE APORTES DEL TESORO NACIONAL -ATN- A DIVERSAS PROVINCIAS DURANTE EL AÑO 2007.
Fecha: 27/09/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a través del organismo competente se sirva informar sobre las siguientes cuestiones:
1.- Informe el importe total de los Fondos que fueron girados durante los primeros nueve meses del año en curso a las diversas provincias, en concepto de Aportes del Tesoro Nacional.
2.- Detalle como ha operado la distribución de los mismos entre las provincias.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal de la Secretaría de Hacienda de la Nación publica en el sitio en Internet del Ministerio de Economía y Producción, una síntesis en cuanto al destino de la recaudación de los impuestos coparticipados nacionales (1) .
De acuerdo a tal información - basada en la normativa vigente en la materia-, la distribución de recursos se hace -a partir del 1º de marzo de 2002- de acuerdo a lo siguiente:
"a) La Ley N° 23.548 (2) de Coparticipación Federal de Impuestos dispone la siguiente distribución primaria:
. 42,34% al Tesoro Nacional.
. 56,66% a las Provincias.
. 1% al Ministerio del Interior (Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias - ATN).
b) No obstante, de la masa de impuestos coparticipables el Estado Nacional retiene por Leyes Nros. 24.130 (3) y 26.078:
. El 15% para atender el pago de las obligaciones previsionales nacionales y otros gastos operativos.
. La suma de $45,8 millones mensuales, para ser distribuida entre los estados provinciales.
c) Además, existe en algunos impuestos un mecanismo de distribución previo a lo señalado anteriormente, que se detalla en cada uno de ellos".
Por ejemplo, en el caso del Impuesto a las Ganancias (4) , se señala que "en primer término se efectúa una detracción anual de $580.000.000, que se destina a:
a) $120.000.000 anuales para la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
b) $20.000.000 anuales para refuerzo de la cuenta especial 550, "Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias" (ATN).
c) $440.000.000 anuales al conjunto de las provincias, para distribuir entre ellas según las proporciones establecidas en la Ley Nº 23.548, incluyendo a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
El producido del impuesto, luego de la detracción, se destina:
a) 20% a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
b) 10%, hasta un monto de $650.000.000 anuales, a la Provincia de Buenos Aires. El excedente de dicho monto se distribuye entre el resto de las provincias, incluyendo a Tierra del Fuego.
c) 2% al Ministerio del Interior (Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias-ATN).
d) 4% a las provincias, excepto la de Buenos Aires.
e) 64% a coparticipación entre la Nación y las provincias (...)"
Los fondos destinados a Aportes del Tesoro Nacional no están sujetos a ninguna distribución previa, sino que el Poder Ejecutivo tiene discrecionalidad en su asignación. En general, se considera que el actual gobierno no ha hecho un uso abusivo del instrumento en cuestión, sobre todo con relación a la década pasada.
En el primer trimestre del año en curso -de acuerdo a datos publicados en medios gráficos-, se giraron en total por A.T.N unos $39 millones. Mientras que para todo el año 2006, el importe fue de $129 millones, lo que superó las cifras del año 2005 ($ 100,6 millones).
Al finalizar el tercer trimestre del actual ejercicio fiscal, se considera relevante conocer los totales girados en el transcurso del año a las distintas provincias en este concepto, así como su distribución entre aquellas.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares el tratamiento y la aprobación de esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BECCANI, ALBERTO JUAN SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)