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PROYECTO DE TP


Expediente 4740-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DOCTOR CARLOS ALFONSO TOMADA, SOBRE LAS GESTIONES REALIZADA EN TORNO AL CONFLICTO LABORAL CON LA EMPRESA "KRAFT FOODS ARGENTINA S.A - EX TERRABUSI -".
Fecha: 01/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Requerir la comparencia del Sr. Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dr. Carlos Alfonso Tomada, en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional, a los efectos de que suministre a esta Honorable Cámara detallado informe y explicaciones completas acerca de las gestiones realizadas por el Ministerio a su cargo en torno al conflicto laboral suscitado en la empresa Kraft Foods Argentina S.A. (ex Terrabusi)

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La empresa Kraft Foods Argentina SA (ex Terrabusi) dispuso el despido de más de 150 trabajadores en el marco de un conflicto gremial derivado de reclamos laborales por condiciones de trabajo, entre los que se encuentran miembros de la Comision Interna con tutela sindical.
Los 2.500 trabajadores de Kraft vienen luchando desde hace años en defensa de sus puestos de trabajo, por efectivizaciones de los contratados y de agencias, por aumentos salariales, y mejoras en las condiciones de salubridad en el ámbito de trabajo. Ello ha dado lugar a una serie de represalias por parte de la empresa contra los trabajadores, no sólo mediante los despidos arbitrarios e indiscriminados, sino también a través de la judicialización y criminalización de su lucha por la dignidad.
Las medidas adoptadas apuntan indudablemente a castigar y amedrentar a los trabajadores que ejercen una participación activa en defensa de sus derechos. El accionar de la empresa constituye grave violación a las garantías constitucionales derivadas del principio de Libertad Sindical. La actuación empresaria se vio agravada por su falta de acatamiento pleno a la resolución dictada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación que, al disponer la conciliación obligatoria, intimó a reincorporar a los trabajadores en sus puestos de trabajo habituales.
Podemos constatar una vez más que el debate sobre la libertad sindical en la Argentina es de una importancia fundamental. La necesidad de los trabajadores de organizarse y asociarse para defender sus derechos es más actual que nunca, y el Estado argentino debe garantizar- arbitrando los medios que sean pertinentes - el ejercicio de ese derecho fundamental que se relaciona directamente con el derecho a asociarse libremente, implementando las medidas necesarias a fin de hacer cumplir a los empleadores las normativas constitucionales (art. 14 bis de la Constitución Nacional) e internacionales (art. 8 del Protocolo de San Salvador, arts. 16 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, art. 8 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y aquellas normas específicas de la Organización Internacional del Trabajo - Convenios 87 y 98 )
Un movimiento sindical libre y democrático sólo puede desarrollarse dentro de un clima en el que se respeten y garanticen los derechos fundamentales.
El Estado debe tomar intervención en los conflictos del tenor de los suscitados en la empresa Kraft Foods a fin de evitar este tipo de prácticas antisindicales que intentan atomizar las luchas gremiales y la organización de los trabajadores, así como también garantizar la preservación de los puestos de trabajo sobre todo en el marco de una crisis financiera mundial, a cuyo fin está justamente dirigido el accionar de los estamentos estatales.
Por ello, frente a este hecho de innegable gravedad, en cuanto se violan normas constitucionales e internacionales, solicitamos la comparecencia del Ministro de Trabajo, para que brinde las explicaciones e informes que corresponden.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES BUENOS AIRES PARA TODOS EN PROYECTO SUR
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI)
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES