PROYECTO DE TP
Expediente 4725-D-2007
Sumario: TRANSITO EN RUTAS NACIONALES Y PROVINCIALES.
Fecha: 25/09/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º: Prohíbese en todo
el territorio nacional el desmalezamiento por medio del fuego y la instalación de
cualquier tipo de depósito a cielo abierto, público o privado, de residuos sólidos,
urbanos, industriales o de cualquier otra naturaleza, proclives a la combustión,
autocombustión y generación de humos o gases, que pudieren ocasionar riesgos al
tránsito en las rutas nacionales y provinciales, sin que a los mismos se los trate con
técnicas que impidan estas consecuencias.
ARTICULO 2º: El
Poder Ejecutivo designa la autoridad de aplicación encargada del
control y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en las rutas
nacionales, pudiendo delegar la facultad de policía en el organismo
que las jurisdicciones provinciales establezcan para el
cumplimiento de la presente en las rutas provinciales y sin
perjuicio de la intervención que se les asigne a los Municipios.
ARTICULO 3º: La
reglamentación establecerá a que distancia de las rutas regirá la
prohibición.
ARTICULO 4º:
Concédese un plazo de ciento veinte (120) días, contados a partir
de la promulgación de la presente, para que se reubiquen los
depósitos existentes en las zonas determinadas en presente.
ARTICULO 5º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Estadísticamente, el
error humano es la causa principal de los accidentes de tránsito,
cuyo altísimo número de siniestralidad no se logra hacer
descender, pese a las campañas que se realizan al efecto.
Sin embargo, coexisten
con aquella causal otras que podríamos definir como externas que,
cuando suceden, ocupan la atención pública, porque generalmente
la magnitud de un solo siniestro producido por ellas, trae
aparejado un elevádisimo número de víctimas.
En determinadas
épocas del año y en bastas zonas del país la neblina impide la
visibilidad de los conductores, que deben entonces tomar las
precauciones del caso.
Esa de por sí peligrosa
situación es notoriamente agravada por la coexistencia del humo
mezclado con la neblina, creando un tramo verdaderamente ciego,
del que previsiblemente la tragedia será su resultante.
Planteamos la
necesidad de erradicar toda fuente de humo o gases que se
constituyan en obstáculos para la visibilidad en las rutas, porque
solos o coexistiendo con la neblina, constituyen una fuente
importante en los registros de accidentes, lo que es posible y
necesario revertir.
Por lo expuesto,
solicitamos el tratamiento y aprobación del presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DI POLLINA, EDUARDO ALFREDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
MENDEZ DE FERREYRA, ARACELI ESTELA | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
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