PROYECTO DE TP
Expediente 4709-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA LICITACION PUBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE LIMPIEZA EN EDIFICIOS DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Fecha: 06/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 84
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso
de corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
1) Antecedentes técnicos de la
Licitación Pública Nº 27/11 llevada a cabo por la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, cuya decisión fuera aprobada mediante Decisión
administrativa 352/2012 de la Jefatura nombrada con fecha 7 de junio de 2012,
cuyo objeto es contratar el servicio de limpieza a prestarse en los edificios de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus dependencias por el término
de DOCE (12) meses con opción a prórroga por un período igual al del contrato
inicial.
2) Si se ha dado cumplimiento a la
difusión exigida por el Decreto 1023/2001, Decreto 436/2000 y la Circular Nº 27
de la Oficina Nacional de Contrataciones, y en su caso indique los días en que
ha sido publicada la convocatoria en el Boletín Oficial y en la página Web la
Oficina Nacional de Contrataciones.
3) Cantidad de pliegos adquiridos,
datos de los adquirentes, ofertas presentadas en el mencionado llamado, con
la correspondiente identificación de los oferentes, las cotizaciones efectuadas y
las condiciones y precios de las ofertas de cada uno de ellos. Así, como
cualquier otro dato que pueda ser de interés.
4) Los motivos
por los cuales la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) al formular el precio
testigo omitió contemplar la provisión de jabón líquido, jabón de tocador y
dispensadores de toallas de papel, como así su reposición, conforme lo
solicitado en el punto "A -17" del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares.
5) Los motivos por los cuales la
Comisión Evaluadora mediante el Dictamen de Evaluación Nº 107 de fecha 9
de abril de 2012 informa, por un lado que el monto cotizado por la firma
adjudicataria de la Licitación que nos ocupa, LA MANTOVANA DE SERVICIOS
GENERALES S.A., está dentro del umbral permitido por la Resolución SIGEN
Nº 122/10, resolutorio a través del cual el organismo mencionado se expidió
acerca del precio testigo de la presente Licitación, y por el otro, destaca que
respecto a determinados ítems que componen el renglón único de la oferta de
la empresa ya nombrada, se detecta una diferencia con el precio testigo
determinado por la SIGEN.
6) Los motivos por los cuales la
oferta final de la empresa adjudicataria superó el monto estimado en la
Licitación 27/11, que fuera aprobado mediante Resolución Nº 709 del JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS de fecha 24 de agosto de 2011.
7) Acompañe copia fiel del
Expediente por el cual tramitó la mencionada licitación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 08 de junio de 2010 se
publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina, la Decisión
Administrativa 352/2012 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la
cual se aprobó la Licitación Pública Nº 27/2011, que tuvo por objeto la
contratación del servicio de limpieza a prestarse en los edificios de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus dependencias por el término
de DOCE (12) meses con opción a prórroga por un período igual al del contrato
inicial.
De los considerandos de la
mencionada Decisión Administrativa surge que la oferta inicial y final de quien
resultó adjudicataria superó al Precio Testigo aportado por la SIGEN. La
diferencia se adujo a que la Sindicatura no contemplo determinados ítems
aclarados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a la hora de
efectuar la cotización.
Al respecto, cabe mencionar que, si
bien el artículo 15 de la Resolución 122/2010 de la SIGEN que regula el
Régimen del Sistema de Precios Testigo, indica que su intervención no tiene
carácter vinculante, del mismo texto de la resolución surge que esta consulta
sirve como una herramienta de control en la etapa de evaluación de ofertas,
contribuyendo a la determinación de la razonabilidad de los precios ofrecidos al
momento de analizar distintos parámetros. El sistema implementado mediante
la resolución resulta imprescindible para lograr una mayor eficiencia, eficacia y
transparencia en la gestión de compras y contrataciones estatales.
Asimismo, de los considerandos de
la Decisión Administrativa que nos ocupa, surge que Comisión Evaluadora
mediante el Dictamen de Evaluación Nº 107 de fecha 9 de abril de 2012
informa que el monto cotizado por la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS
GENERALES S.A., está dentro del umbral permitido por la Resolución SIGEN
Nº 122/1. Y por otro lado, destaca que
en lo que respecta a los ítems 1, 5, 7, 8 y 10, que componen el renglón único
de la oferta de dicha empresa, se detectó una diferencia con el precio testigo
formulado por la SIGEN.
De lo recién expuesto, entendemos
que surge una evidente discordancia que merece ser explicada dada la
importancia de los temas involucrados en las compras y contrataciones
estatales.
Por último, de los considerandos
también surge que el costo estimado en la presente Licitación fue de PESOS
DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 10.872.000,00), -
aprobado por Resolución Nº 709 del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de
fecha 24/08/11- y la oferta final de la firma adjudicataria fue de PESOS TRECE
MILLONES, CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL, OCHOCIENTOS
DIECISEIS ($ 13.437.816,00).
Por otro lado, es
preciso mencionar que el artículo 1º del Decreto 1023/2001 indica que "el
régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, tendrá por objeto
que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología
proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo
posible...". A su vez, conforme surge de los Decretos 1023/2001 y 436/2000
son principios generales a los que deberá ajustarse la gestión de las
contrataciones: (a) razonabilidad del proyecto y eficiencia de la contratación
para cumplir con el interés público comprometido y el resultado esperado; (b)
promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre
oferentes; (c) transparencia en los procedimientos; (d) publicidad y difusión de
las actuaciones; (e) responsabilidad de los agentes y funcionarios públicos que
autoricen, aprueben o gestionen las contrataciones; (f) Igualdad de tratamiento
para interesados y para oferentes.
Además, la contratación pública
debe desarrollarse en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se
basará en la publicidad y difusión de las actuaciones emergentes de la
aplicación de este régimen, la utilización de las tecnologías informáticas que
permitan aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la
sociedad a la información relativa a la gestión del Estado en materia de
contrataciones y en la participación real y efectiva de la comunidad, lo cual
posibilitará el control social sobre las contrataciones públicas.
Por lo tanto, y teniendo en cuenta
los principios antes mencionados, es que solicitamos la aprobación del
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
OCAÑA, GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y LA EQUIDAD |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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