PROYECTO DE TP
Expediente 4698-D-2012
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA PRACTICA ASISTENCIAL DE TENER NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES "INTERNADOS" EN EL PASILLO DE LA GUARDIA DEL "HOSPITAL NACIONAL DE PEDIATRIA JUAN P GARRAHAN".
Fecha: 06/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 84
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar preocupación por la fre-
cuente práctica asistencial de tener niñas, niños y adolescentes "internados" en
el "pasillo" de la Guardia del Hospital Nacional de Pediatría Juan P. Garrahan,
en condiciones que desvalorizan su dignidad y potencialmente perjudican su
integridad física, mental y social.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nos ha llegado de la Subcomisión
de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos de la Asociación de Profe-
sionales y Técnicos del Hospital Nacional de Pediatría Juan P. Garrahan, que las
autoridades del Hospital avalan la frecuente práctica asistencial (la cual se in-
crementa en épocas de enfermedades respiratorias) de que niñas, niños y ado-
lescentes sean "internados" en el "pasillo" de la Guardia de dicho Hospital.
Consideramos que estas niñas,
niños y adolescentes como personas con derechos, estén hospitalizados en di-
cho ambiente vulnera su intimidad, dejando de ser considerados en su dimen-
sión biopsicosocial, que se agregan a los potenciales riesgos ya existentes por
las enfermedades de la niñez.
Teniendo en cuenta que la Direc-
ción del Hospital es la máxima responsable de arbitrar el derecho de los pa-
cientes a la protección de su salud, ante situaciones traumáticas evitables como
éstas (a saber: el hacinamiento y circulación de gente en el "pasillo" que favo-
rece infecciones agregadas; y la gravedad que implica la falta de personal de
Enfermería que pone al paciente y a su familia en un eventual "abandono" te-
rapéutico y emocional) y que son derivadas de prácticas administrativas y orga-
nizativas inadecuadas es que emitimos esta declaración de preocupación de
que dicha institución tenga pacientes en condiciones que desvalorizan su dig-
nidad y potencialmente pueda perjudicar su integridad física, mental y social
viola los Derechos de los Niños reconocidos en el Art. 3 y Art. 4 de la Conven-
ción sobre los Derechos de los Niños; los Derechos del Niño Hospitalizado; los
Art. 15, 18 y 23 de la Ley 114 de Protección integral de la Ciudad de Buenos
Aires; y el Art. 9 de la Ley 26061 Protección Integral de los Derechos de los
Niños; entre otros.
Asimismo, imponer "cuidar" niños
en dicha situación invariablemente viola los Derechos Humanos, Económicos y
Sociales de los trabajadores de la salud, muy en especial Enfermería, afectando
notoriamente su salud física, mental y social, reconocidos en los Art. 14 bis
Constitución Nacional; la Ley 19.587, Seguridad e Higiene; el Art. 23, Declara-
ción Universal de Derechos Humanos; los Arts. I, XI y XIV, de la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; los Arts. 5 y 11 de la Con-
vención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica);
el Art. 16, Convención contra la tortura y penas crueles; los Arts. 6 y 7 del Pac-
to Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; entre
otros.
Por lo expuesto, es que solicito la
aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |