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PROYECTO DE TP


Expediente 4688-D-2012
Sumario: LEY 24714 DE ASIGNACIONES FAMILIARES: MODIFICACION DEL ARTICULO 6 INC. D Y ARTICULO 10, SOBRE ASIGNACION POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA LA EDUCACION INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA.
Fecha: 05/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º - Modificase el artículo 6 inc. d) y artículo 10 de la Ley 24.714, el que quedarán redactados de la siguiente forma:
ARTÍCULO 6 INC. d).- Asignación por ayuda escolar anual para la educación inicial, primaria, y secundaria.-
ARTÍCULO 10.- La asignación por ayuda escolar anual consistirá en el pago de una suma de dinero que se hará efectiva en el mes de marzo de cada año. Esta asignación se abonará por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de Educación Inicial, Educación primaria y Educación Secundaria o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados donde se imparta Educación Diferencial.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través de este proyecto queremos que las Asignaciones Familiares por Ayuda Escolar que hoy se abonan en la Educación Primaria se abonen también en la Educación Secundaria.
Resulta ser que la ley 25321 que modifico el segundo párrafo de la ley 24714 dice que esta asignación se abonará por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de educación inicial, general básica y polimodal, pero según la ley 26206 en su art 17 establece que la estructura del Sistema Educativo Nacional comprende CUATRO (4) niveles -la Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación Secundaria y la Educación Superior, y OCHO (8) modalidades...
En la actualidad no existe en la estructura del Sistema Educativo Nacional la denominación Polimodal.
El artículo 16 de la ley de Educación Nacional indica que la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria..., por ello requerimos el pago de esta asignación.-
Por otro lado el artículo 29 de la ley 26206 establece que la Educación Secundaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica y organizativa destinada a adolescentes y jóvenes que hayan cumplido con el nivel de Educación Primaria. Esto significa que las Asignaciones deben abonarse en la etapa educativa que se denomina Secundaria y que hoy no se abonan porque no existe en el Régimen de Asignaciones Familiares, Asignación para ayuda Escolar, la denominación "Secundaria" en lugar de Polimodal.
En la reformulación del artículo 10 de la ley 24714, simplemente buscamos adecuar los términos a que refiere la ley 26206 - Ley de Educación Nacional-, que modifico la estructura del sistema educativo en todo el territorio nacional.
El Estado no debe soltarles la mano a nuestros jóvenes, y debe garantizar la Educación Secundaria hasta su terminalidad, para construir las condiciones necesarias frente a los procesos de desigualdad social, tomando el compromiso de favorecer sus potencialidades a fin de posibilitarles el ejercicio pleno de sus derechos ciudadanos, el acceso al trabajo y la continuación de estudios superiores.
Por lo expresado, solicito a mis pares el acompañamiento al presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES LA RIOJA UCR
ASPIAZU, LUCIO BERNARDO CORRIENTES UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES MENDOZA UCR
SANTIN, EDUARDO BUENOS AIRES UCR
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
SACCA, LUIS FERNANDO TUCUMAN UCR
YAGÜE, LINDA CRISTINA NEUQUEN UCR
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO LA PAMPA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO KRONEBERGER (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1227-D-14