Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4675-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS CONDUCENTES A LOGRAR EL CIERRE DEFINITIVO DEL CENTRO DE DISPOSICION FINAL DE ENSENADA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, MEDIANTE INTERMEDIACION DEL CEAMSE.
Fecha: 20/09/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1. Instar a Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado, CEAMSE, en la persona de su presidente Carlos Hurst, y al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en la persona de su Gobernador Felipe Solá, a dar efectivo cumplimiento al convenio celebrado el día 5 de diciembre de 2006 con la Asociación Civil Nuevo Ambiente y el Centro Vecinal Punta Lara, ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en autos en los autos caratulados "Asociación Civil Nuevo Ambiente- Centro Vecinal Punta Lara C/ CEAMSE S/ Amparo. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley", por medio del cual CEAMSE se compromete a cerrar el centro de disposición final de Ensenada antes del 5 de diciembre de 2007.
2. Expresar su repudio a las declaraciones públicas de Carlos Hurst, en las que da a entender su falta de intención de cumplir con dicho acuerdo, al poner en duda que efectivamente el 5 de diciembre se pueda cerrar el Centro de Disposición Final de Ensenada.
3. Expresar su apoyo al reclamo de los vecinos de Ensenada por el cierre del centro de disposición final del CEAMSE en dicho Municipio.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El CEAMSE es una de las tantas herencias que nos dejó la última dictadura militar. Fue instalado en la Provincia de Buenos Aires en 1978, mediante un decreto-ley que obliga a los municipios del Gran Buenos Aires y del Gran La Plata a que la disposición final de los residuos de cualquier clase sea mediante el sistema de relleno sanitario.
El mismo decreto-ley establece mecanismos que garantizan que el CEAMSE siempre cobre por sus servicios (sic), a costa del dinero que la Provincia debe girar a los Municipios. En consecuencia, el CEAMSE tiene la absoluta seguridad de que su negocio va a ser rentable permanentemente, privilegiándose el pago de sus tarifas por sobre la atención de cualquier otra necesidad de la población.
Veintiocho años después, la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires sancionó la Ley 13.592, de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Esta ley, más allá de enunciar loables objetivos e incluso obligar a los Municipios a clausurar los basurales a cielo abierto, dispone que los Municipios deben presentar al gobierno de la Provincia un Programa de la Gestión Integral de residuos sólidos urbanos, pudiendo los Municipios del Gran Buenos Aires continuar adheridos al CEAMSE. Incluso, se establece que, a falta de declaración expresa antes de los últimos días del mes de marzo de este año, se reputará que el Municipio continúa adherido al sistema de la CEAMSE.
No sólo eso: dispone la Ley que, en los Programas de Gestión Integral de residuos sólidos urbanos, deben indicarse los sitios de disposición final dentro de sus propias jurisdicciones municipales, previéndose incluso la creación de polos ambientales provinciales, para los Municipios que no puedan cumplir con dicha obligación.
La ley desconoce la posibilidad de consultar a la población, ya que las localizaciones de los sitios para el emplazamiento de los polos ambientales provinciales, serán establecidas por el Poder Ejecutivo, sin que esté prevista la participación directa y efectiva de los vecinos afectados.
Hoy al CEAMSE lo padecen los habitantes de González Catán, Punta Lara (Ensenada), Villa Domínico y San Martín. Ya intentó -a fines de 2006- instalarse en Ezeiza, intento que tuvo que desistir merced a la férrea oposición de los vecinos. Anteriormente (a principios de 2005), había ocurrido lo mismo en Alberti.
Precisamente, los vecinos de Ensenada, bloquearon durante 4 días (desde el 14 hasta el 18 de septiembre de 2007) el ingreso de camiones al centro de disposición final del CEAMSE en Punta Lara, en reclamo por el cierre del vertedero, en un todo de acuerdo con el convenio suscripto entre el gobierno bonaerense, la Coordinación Ecológica Área Metropolitana, Sociedad del Estado (CEAMSE), la Asociación Civil y Nuevo Ambiente y el Centro Vecinal Punta Lara ante la Suprema Corte de la Provincia el 5 de diciembre de 2006 en autos "Asociación Civil Nuevo Ambiente-Centro Vecinal Punta Lara C/ CEAMSE S/ Amparo. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley."
Los puntos más destacados del convenio son el cierre definitivo del relleno sanitario ubicado en la localidad de Ensenada (Punta Lara - Diag. 74 y arroyo "El Gato") antes del 5 de diciembre del 2007; la no utilización del mismo como Planta de transferencia de residuos hacia otros Centros de Disposición Final; el cese de ingresos de residuos industriales y privados provenientes del Conurbano o de Capital Federal a partir de la firma del convenio, salvo los que sean generados en el ámbito territorial de La Plata, Berisso y Ensenada, disminuyendo el ingreso actual de Residuos Industriales que rondan, aproximadamente, en más de 8.000 toneladas mensuales; el compromiso por parte de la CEAMSE de realizar la reparación del camino a Punta Lara (Diag. 74) desde la bajada de la autopista Bs. As. -La Plata hasta el ingreso del centro de Disposición Final de Ensenada; la implantación de barreras forestales en el perímetro interno y externo al relleno con especies adecuadas; la existencia de una auditoría ambiental externa a las partes; la creación de una Comisión de Monitoreo conformada por representantes de cada una de las actoras y la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia; el control y tratamiento de líquidos Lixiviados; el control y minimización de emisiones gaseosas; etc. También se dejó asentado una serie de sanciones pecuniarias en caso de incumplimiento por parte de la CEAMSE.
Al respecto, el presidente del CEAMSE Carlos Hurst, dio a entender claramente que no tiene la más mínima intención de cumplir con lo convenido, al haber afirmado que "mienten quienes dicen que no queremos cumplir con el convenio de cierre, porque saben bien que estaban contempladas posibles demoras en caso de no hallarse lugares alternativos. Además, son fundamentalistas que no quieren ver de cerca ni un camión de basura. Por otra parte, el relleno de Ensenada es el primero con certificación ISO 14.000, y nadie puede asegurar que contamina".
Manifestó también que "el convenio no obliga a cerrar la planta en diciembre si no se cumplen una serie de condiciones, como la instalación de una planta de transferencia de residuos, algo que hasta ahora no ocurrió". Sin embargo, en marzo pasado y ante las dudas sobre la concreción de la clausura en diciembre, el gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Felipe Solá, había señalado que "el pueblo de Ensenada tiene que saber que el gobierno provincial garantizará lo pactado" con la Corte. "Mi intención es llevar tranquilidad a los ciudadanos y sus autoridades en el sentido de que cumpliré con el compromiso asumido", había agregado en aquella oportunidad.
Hace cuatro años, tras el cierre del relleno que CEAMSE operaba en Villa Domínico, el Centro de Disposición Final Ensenada comenzó a recibir basura desde Berazategui y Florencio Varela. Esa carga adicional acortó la vida útil del predio; las montañas de desechos se elevaron varios metros, y un grupo de vecinos de la Región se movilizó exigiendo la clausura de la planta aludiendo a un inminente "colapso ambiental". Según datos oficiales, junto al camino a Punta Lara se vuelcan cada mes 31.200 toneladas de basura; el 58% corresponde a La Plata; el 31% a los distritos del Conurbano -Florencio Varela y Berazategui-; el 5% a Ensenada; el 4,5% a Berisso; el 1% a Brandsen y el 0,50% a Magdalena.
Por todo lo expuesto, solicito la aprobación de este Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES REDES
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)