PROYECTO DE TP
Expediente 4669-D-2008
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL DICTADO DE LA RESOLUCION COMFER 679/08, DONDE SE ESTIPULA LA OBLIGATORIEDAD DE EMITIR LA PROGRAMACION TELEVISIVA EN EL SISTEMA DE SUBTITULADO OCULTO OPCIONAL - CLOSED CAPTION -.
Fecha: 01/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Acompañar la política del Sr. Interventor del
Comité Federal de Radiodifusión, expresada en la Resolución Nº 679/2008 (COMFER) cuyo
contenido determina la obligatoriedad de brindar la TOTALIDAD de la programación con el
sistema de subtitulado oculto opcional (Closed Caption) a los licenciatarios de señales de
televisión abierta.
3. Declarar beneplácito por
el compromiso asumido en esta gestión del COMFER, trabajando en pos de la
remoción de obstáculos al ejercicio pleno de los derechos humanos, la
inclusión y la igualdad de oportunidades que garantiza nuestra Constitución
Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Closed Caption es un sistema de subtítulos
para programas de televisión y video destinado a permitir que las personas sordas o con
dificultades para captar señales de audio, puedan comprender lo que se dice en dichas
emisiones.
A diferencia de los subtítulos comunes, que
sólo describen los diálogos, este sistema describe todo el audio presente (incluyendo
música de fondo y efectos de sonido) mediante palabras o símbolos, no sólo lo usan
personas con problemas de audición, sino también personas que están aprendiendo un
idioma o que están en un entorno demasiado ruidoso como para oír emisiones
televisivas
En Estados Unidos y Europa la mayoría de las
programaciones cuentan con este sistema, en nuestro país, el interventor del Comité
Federal de Radiodifusión, Lic. Gabriel Mariotto, firmó recientemente la norma que
establece la obligatoriedad de los licenciatarios de canales de televisión abierta a
brindar el sistema en la totalidad de la programación.
La disposición, enmarcada en la resolución Nº
679, apunta al acceso para las personas con discapacidad auditiva, garantizando el
subtitulado en idioma nacional de las transmisiones televisivas con el sistema de texto
escondido, conocido como Closed Caption (CC). En líneas generales la resolución expresa
que las entidades privadas que prestan servicios de radiodifusión deben adoptar las
medidas necesarias para que aquellas personas con discapacidad auditiva tengan libre
acceso a la información y a la libertad de expresión y opinión, objetivo posibilitado
mediante el sistema mencionado.
La Asociación Argentina de Sordos (AAO)
subraya la importancia del subtitulado opcional pues se trata en definitiva de una
exhibición visual de la expresión sonora y reclama el aumento de horas de subtitulado en
todos los canales para las personas sordas, concientizando a la sociedad sobre la prioridad
que representa para las personas con deficiencia auditiva la subtitulación como
HERRAMIENTA DE COMUNICACIÓN Y DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y A LA
CULTURA.
El Closed Caption se denomina de "subtítulos
opcionales" porque pueden elegirse por medio de una función del televisor, no obligando
a todos los televidentes a ver estos subtítulos, por lo tanto, se puede elegir si desea verlos o
no quedando de este modo en evidencia, que si bien para algunos el sistema de "Closed
Caption es opcional para otros, en especial para aquellas personas con dificultades
auditivas, se torna una forma indispensable de superar una desventaja para la
interpretación de los contenidos y la accesibilidad a los medios masivos de
comunicación, contribuyendo a la integración de las personas hipoacúsicas.
La Asociación fundamenta de manera clara y
concreta la necesidad del Sistema en los siguiente ítems:
- Televisión Abierta
Es fundamental crear una normativa que
regule este tipo de emisiones con el fin de favorecer una homogenización de la oferta
dentro del mercado televisivo argentino, los topes mínimos establecidos deberían ir
creciendo en forma paulatinamente de tal manera que, a mediano plazo, la mayor parte de
los contenidos televisivos sean accesibles para los tres millones de ciudadanos argentinos
que padecen deficiencias auditivas.
- Cable
Los programas de cable también deberán
emitir su programación con subtítulos opcionales con los mismos tiempos estipulados para
televisión abierta. Sólo para canales que brinden programación sobre cultura y educación,
como documentales, investigación, etc.
- Videos o DVD
Los videos o DVD de habla hispana, deberán
incorporar los subtítulos opcionales (Closed Caption). Prioritariamente, el Instituto
Nacional de Cine Argentino deberá incluir este sistema en sus productos, por lo menos en
la producción de videos de alquiler, ya que el cine es parte de nuestro patrimonio cultural
e identidad nacional.
Las películas de procedencia extranjera que
estén dobladas, deberán incluir los subtítulos opcionales en videos de alquiler.
- Televisores con decodificadores de Closed
Caption (subtítulos opcionales)
En Argentina ya existen más de tres millones
de televisores que tienen incorporada esta función: subtítulos opcionales. Las empresas de
televisores deberán incorporar y controlar, de ahora en adelante, decodificadores internos
de Closed Caption multinorma en todos los modelos que se comercialicen en nuestro país.
- Sistema de información a los televidentes
Sería muy conveniente que las emisoras de
televisión indicaran con el símbolo internacional de accesibilidad para personas sordas
(CC) cuáles de sus programas se emiten subtitulados. Esta indicación debería aparecer al
inicio del programa y después de cada tanda publicitaria, también en las promociones
institucionales del canal emisor.
Desde el derecho positivo ya la misma
Constitución y las Convenciones Internacionales ratificadas por la Argentina avalan
normativa como la aquí mencionada, del mismo modo lo hacen leyes tales como el Sistema
de Protección Integral de las Personas Discapacitadas, la ley contra la Discriminación, la
ley de Radiodifusión entre otras, e inclusive existen algunos proyectos sobre promoción
integral de los derechos de las personas con discapacidad auditiva y la utilización de
subtitulos ocultos sumado a ellos la resolución 679/2008 (COMFER), conforman el
antecedente directo que da impulso al urgente tratamiento en esta H Cámara de un
proyecto de ley sobre Sistema de Subtitulado con acceso opcional, con el fin de lograr su
sanción definitiva.
Por último Sr. Presidente, políticas como las
aquí expuestas no hacen sino seguir el derrotero y los lineamientos definidos por este
Gobierno Nacional en cuanto a integración, derechos humanos y solidaridad social, pues
siendo la radiodifusión una actividad de interés general y de notable fin público cuya
operatividad se encuentra en manos privadas, la resolución 679/2008 (COMFER) se
traduce en un deber cumplido que insta a la inversión y a la aplicación de nuevas
tecnologías a los licenciatarios de señales de televisión abierta argentina en beneficio de las
personas con dificultades auditivas, por tanto entendemos que, la igualdad, el acceso a la
información y la cultura de personas con deficiencias auditivas constituye un derecho
básico, un derecho humano, que se encuentra fuera de todo análisis económico y de costos
empresariales.
Es por lo expuesto Sr. Presidente que solicito a
mis pares acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CORDOBA, STELLA MARIS | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
30/09/2008 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo texto como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1018/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4669-D-2008 y 4848-D-2008 | CON MODIFICACIONES | 21/10/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4669-D-2008 y 4848-D-2008 | 03/12/2008 | APROBADO |