PROYECTO DE TP
Expediente 4656-D-2011
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL ANUNCIO DE QUE LA PETROLERA BRITANICA "ROCKHOPPER EXPLORATION", REALIZARA UNA PERFORACION DE UN POZO EN MALVINAS.
Fecha: 15/09/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su preocupación por el
anuncio de la petrolera británica Rockhopper Exploration que invertirá dos
mil millones de dólares en la perforación de un pozo en Malvinas, una nueva
medida de carácter unilateral por parte del gobierno británico que
contraviene expresamente los compromisos de cooperación asumidos por
ambos países y resoluciones de las Naciones Unidas, a la vez que demanda
al Poder Ejecutivo Nacional sostener y reforzar la política diplomática
tendiente a lograr que el Reino Unido de Gran Bretaña cumpla con las
resoluciones de los organismos internacionales que lo instan a negociar la
soberanía de las islas con nuestro país.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El anuncio de la petrolera
británica Rockhopper Exploration que invertirá US$ 2.000 millones en la
perforación de un pozo en Malvinas, constituye una nueva medida de
carácter unilateral por parte del gobierno británico que contraviene
expresamente los compromisos de cooperación asumidos por ambos países y
resoluciones de las Naciones Unidas.
Rockhopper anunció en
Londres, que espera comenzar a extraer crudo en 2016, y que la producción
alcanzaría un máximo de 120.000 barriles diarios para 2018.
Contrariamente a las dudas
expresadas por los analistas del sector petrolero, Rockhopper estima que las
reservas en Malvinas son de 350 millones de barriles de petróleo, más de
US$ 40.000 millones a los valores actuales. La empresa cuenta con el aval
del gobierno conservador de David Cameron y de la administración local de
las Malvinas.
Cabe recordar que en 1995 se
firmó la "Declaración Conjunta de Cooperación sobre Actividades Costa
Afuera en el Atlántico Sudoccidental", la cuál disponía que la cooperación
tuviera lugar en las áreas marítimas adyacentes a las Islas Malvinas sujetas a
una disputa de soberanía y jurisdicción. Pero de inmediato surgieron
importantes diferencias de interpretación entre las partes: mientras para
Argentina el área comprendida por la Declaración era de 430.000 km2, el
Reino Unido consideraba que se limitaba a un área de cooperación especial
de sólo 21.000 km2.
Producto de esta interpretación
capciosa, a los pocos días de firmada la Declaración, el Reino Unido lanzó una
licitación unilateral en el área en disputa. Cinco años más tarde, en julio de
2000, ambas partes acordaron una "pausa de reflexión" para intentar
solucionar sus diferencias de interpretación. Sin embargo, el Reino Unido
continuó adoptando medidas unilaterales, obligando a nuestro país a dar por
terminada la Declaración en 2007.
Las Naciones Unidas siempre
instaron a ambos países a negociar para encontrarle una solución pacífica al
diferendo. Ello se plasmó en la Resolución 31/49 de la Asamblea General que
solicitó "a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que
entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación
mientras las islas están atravesando por el proceso recomendado en las
resoluciones de las Naciones Unidas". Ese diálogo, se había iniciado luego de
la resolución 2065 de 1965, pero fue interrumpido con la guerra de 1982.
A casi tres décadas del
enfrentamiento bélico, existe un mandato constitucional que nos obliga a los
argentinos a resolver esta controversia por medios pacíficos y de acuerdo con
el derecho internacional. Esa decisión de estado se vio apoyada por la
Cumbre de Jefas y Jefes de Estado de América Latina y el Caribe realizada
recientemente en Cancún, la que se sumó a otros pronunciamientos similares
recientes de las Naciones Unidas, la OEA y otros foros.
Pero, paralelamente a la
reafirmación de los derechos de la República Argentina de soberanía sobre
las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios
marítimos circundantes que integran su territorio nacional, es necesario
tomar medidas que, en el marco del estado de derecho, sanciones a quienes
burlen dicho reclamo.
Queda absolutamente claro que
el Atlántico Sur se ha convertido para gran Bretaña en uno de los ejes
centrales donde se disputará el dominio geopolítico y neoeconómico, lo cuál
se evidencia en la decisión de una empresa británica de invertir U$S 2.000
millones para la explotación de hidrocarburos al norte de las islas.
Frente a esto, tenemos el deber
de prestar debida cuenta del fenómeno y actuar en consecuencia, lo cuál
exigiría de la Cancillería argentina una política más incisiva, coherente y
sostenida en el tiempo.
En ese sentido, y más allá de
nuestro mandato constitucional de resolución del conflicto por la vía
diplomática, volvemos a insistir con nuestra extrema preocupación sobre el
estado de precariedad de nuestras Fuerzas Armadas para defender nuestro
territorio nacional y en particular nuestra plataforma marina.
Casi todos los países del mundo
desarrollan un poder de fuego disuasivo suficiente y necesario como para
poner límites de resguardo a la prepotencia y ambición de otros. Sin
embargo, en nuestro caso, no podemos pensar en ningún tipo de acción
disuasoria porque carecemos de capacidad logística, operativa y de medios
para hacernos respetar.
Más allá de nuestro repudio,
cumplimos con el deber de instar al Poder Ejecutivo Nacional a redoblar y
sostener de manera permanente todos los esfuerzos diplomáticos para
obligar a Gran Bretaña a negociar la soberanía de Malvinas, a la vez que
llamar nuevamente la atención sobre el estado de precariedad y falta de
poder de disuasión de nuestras Fuerzas Armadas.
Por todo lo expuesto solicito a
mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de
declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
02/11/2011 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2887/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4656-D-2011, 4682-D-2011 y 4746-D-2011 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 36/2011 | 17/11/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 06/12/2011 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4656-D-2011, 4682-D-2011 y 4746-D-2011 | APROBADO |