PROYECTO DE TP
Expediente 4644-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LOS PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA RESPECTO DE LOS CUALES EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, SOLICITO APOYO FINANCIERO Y/O TECNICO AL ESTADO NACIONAL.
Fecha: 15/09/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional, informe a través de los organismos competentes, cuáles son los
proyectos de inversión pública respecto de los cuales el gobierno de la Provincia de
la Pampa ha solicitado apoyo financiero y/o técnico al Estado Nacional, habida
cuenta que la Provincia no ha adherido aún al Sistema Nacional de Inversiones
Públicas creado por la Ley 24.354 y reglamentado por el Decreto PEN 720/95.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Al día de la fecha, la Provincia de La
Pampa no ha adherido a la Ley 24.354, reglamentada por el decreto 720/95, donde
se creó el Sistema de Inversiones Públicas. El convenio marco correspondiente entre
Estado Nacional y la Provincia, tampoco fue suscripto por esta última.
La mencionada Ley en su
articulo 1º, dispone creación del "... Sistema Nacional de Inversiones Públicas cuyos
objetivos son la iniciación y actualización permanente de un inventario de proyectos
de inversión pública nacional y la formulación anual y gestión del plan nacional de
inversiones públicas".
Por otra parte, en el
articulo 16º, se invita "... a las provincias y Municipalidad de la Ciudad de Buenos
Aires a establecer en sus respectivos ámbitos sistemas similares y compatibles con
los previstos en la presente ley".
De haber sido implementado un Sistema
Provincial de Inversiones Públicas en consonancia con la Ley 24.354, le hubiera
permitido al Gobierno Nacional la provisión de elementos informáticos y la
capacitación necesaria para la instalación y puesta en marcha del referido Sistema a
nivel local, brindando asimismo capacitación en materia de evaluación de proyectos
de inversión y asistencia técnica para resolver las dificultades que se presenten.
Asimismo, la Provincia hubiera informado
en tiempo y forma al Gobierno Nacional sobre todos los proyectos de inversión que
hubieran sido necesarios en su ámbito territorial y que hubieran requerido
financiamiento del Presupuesto Nacional, a través del acceso a la Dirección Nacional
de Inversión Pública para integrar el inventario de proyectos de inversión.
Al día de la fecha la Dirección Nacional
de Inversión Pública ha iniciado la implementación del Sistema BAPIN II (Banco de
Preinversión Publica II), a través del cual se brinda una base de datos integral para
incorporar información referida a cada proyecto en cada jurisdicción, incluyendo sus
objetivos principales y secundarios, responsables, productos a obtener, indicadores
de gestión, estructura de financiamiento, cronogramas de gastos, informes, así como
todos los aspectos vinculados con la evaluación y el seguimiento de los proyectos del
Banco de Proyectos de Inversión.
En decir, que con toda esta acción los
proyectos necesarios para el desarrollo de la Provincia se hubieran incorporado al
inventario de proyectos de inversión los cuales hubieran sido oportunamente
considerados para su financiación.
La Provincia de La Pampa, al no haber
adherido a la Ley 24.354 en las condiciones previstas en el artículo 16º de la misma,
imposibilita el seguimiento del inventario de proyectos de inversión pública nacional
y la formulación anual y gestión del plan nacional de inversiones pública relacionadas
con la provincia.
Es por ello que, si bien es cierto que la
decisión de adhesión depende de las autoridades provinciales, entendemos que el
Poder Ejecutivo Nacional está en condiciones de suministrar la información necesaria
que nos permita analizar y evaluar el seguimiento de los proyectos de inversión
pública nacional en el ámbito provincial, hasta tanto -y como resultado de la
adhesión de la provincia de La Pampa a la Ley 24.354-, el Poder Ejecutivo Provincial
ponga en funcionamiento un Banco de Preinversión Local, integrado a las tareas que
se vienen desarrollando con la Nación y otras jurisdicciones, para lo cual la Dirección
Nacional de Inversión Publica brinda asistencia no solo con el herramental
tecnológico necesario, sino también con la capacitación que la administración del
Banco de Preinversión demande.
Por los motivos expuestos, solicitamos a
esta Honorable Cámara la aprobación del presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ROBLEDO, ROBERTO RICARDO | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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