PROYECTO DE TP
Expediente 4629-D-2012
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL POSIBLE INGRESO Y TRANSITO EN LA REGION DEL NOROESTE ARGENTINO (NOA) DE BANANAS (MUSSA SPP.) QUE NO CUMPLEN LOS REQUISITOS FITOSANITARIOS.
Fecha: 04/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su preocupación por el
posible ingreso y tránsito, a la región del Noroeste Argentino (NOA) y a las
provincias de Misiones y Formosa, de bananas (Musa spp.) provenientes de países
que no cumplan con los requisitos fitosanitarios establecidos en la Resolución 99
del año 1994 de la ex Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La zona de producción de bananas
está concentrada en las provincias del norte del país, con mayor presencia en las
provincias del Noroeste Argentino (NOA).
Esta actividad económica produce un
valiosísimo alimento para la nutrición y la dieta de los seres humanos.
Amén de esta virtud, la producción de
este fruto, genera miles de puestos laborales con el potencial dinamizador que ello
genera para la zona.
A su vez, los productores (sector
privado) se encuentran trabajando en un plan en conjunto con el sector público,
para mejorar la productividad de la industria. Éste incluye mejoramiento genético,
entre otras variables.
El presente proyecto de resolución
expresa su preocupación ante el posible ingreso y tránsito, a la región del
Noroeste Argentino (NOA) y a las provincias de Misiones y Formosa (en adelante
"la región"), de bananas (Musa spp.) provenientes de países que no cumplan con
los requisitos fitosanitarios establecidos en la Resolución 99 del año 1994 de la ex
Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca. La precitada norma, junto con la
resolución Nº 520 del año 2005 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria (SENASA), prohíben el ingreso de bananas a la región del
Noroeste de Argentina (NOA) y a las provincias de Formosa y Misiones.
Estas resoluciones fueron creadas con
el fin de cuidar el status fitosanitario que la región del NOA y las provincias de
Formosa y Misiones gozan hasta nuestros días.
Entre sus fundamentos se pueden
encontrar, entre otros, los siguientes argumentos:
a) la región está libre de graves
enfermedades como la Sigatoka negra (Micosphaerella fijiensis) y Pseudomonas
solanacearum, y Stachylidium theobromae;
b) podrían ingresar a la región bananas
de países en los cuales están presentes estas enfermedades, de allí la necesidad
de instrumentar medidas de protección internas;
c) en materia de intercambio y
económica, la adopción de estas medidas facilitará la comercialización de
bananas en el resto del país.
Como se puede ver, en la región del
NOA, se producen bananas de excelente calidad fitosanitarias. Resulta, pues, vital
preservar la salud pública, "aislando" a la región de frutos que pueden portar
enfermedades o plagas.
A su vez, la protección fitosanitaria
favorece a la producción local, ya que en esa zona solo se pueden comercializar
bananas producidas en la región, lo que genera trabajo argentino y bienestar
económico para la región.
Por los motivos antes expuestos,
solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
YARADE, FERNANDO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
KOSINER, PABLO FRANCISCO JUAN | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RIVAROLA, RUBEN ARMANDO | JUJUY | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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