PROYECTO DE TP
Expediente 4615-D-2013
Sumario: CREACION EN EL AMBITO DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACION EL CARGO DE "DEFENSOR DEL PUEBLO ADJUNTO DEL PACIENTE".
Fecha: 07/06/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 66
El Senado y Cámara de Diputados...
DEFENSOR ADJUNTO DEL
PACIENTE
Artículo 1°- Créase en el ámbito de
la Defensoría del Pueblo de la Nación el cargo de Defensor del Pueblo Adjunto
del Paciente, cuya misión será la defensa y protección de los derechos y
garantías tutelados en la Constitución Nacional y demás leyes de la Nación que
amparen a los pacientes del sistema público de salud de la República
Argentina.
Artículo 2°- Incorpórese como
artículo 13 bis del Capítulo III de la Ley 24.284 y sus modificatorias, el
siguiente:
"Del Defensor del Pueblo Adjunto
del Paciente. A propuesta del Defensor del Pueblo, la Comisión Bicameral
prevista en el artículo 2º inciso a) de esta ley, designará un tercer defensor
adjunto, cuya competencia será específica en el campo del sistema de salud, a
fines de garantizar los derechos consagrados en la Constitución Nacional, la
Ley 26.529 de los derechos de los pacientes, y demás leyes de la Nación,
asistiendo a los mismos en sus reclamos para con el sistema público de
salud."
Artículo 3º- De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Señor Presidente, la salud y el
bienestar de los argentinos es un derecho garantizado por nuestra constitución.
Como tal, el resguardo de este derecho implica activar diferentes instituciones
para poder dar cumplimiento fiel a dicho mandato.
En estos términos es imperioso
dotar de mayores atribuciones a quienes pueden accionar para garantizar la
salud. No alcanza solo con monitoreos, auditorías, esfuerzos en términos de
políticas públicas y otras políticas que puedan mejorar el servicio de salud de
nuestro país. Es necesario crear mayores espacios, de respaldo constitucional,
a los fines de solucionar los posibles problemas generados por el sistema.
Dotar al Defensor del Pueblo, de un
defensor adjunto que se encargue específicamente de recibir las denuncias
sobre los problemas del sistema de salud es clave, en un momento en que se
necesita contener la creciente demanda de los ciudadanos por una salud de
calidad y con presencia en todo el territorio de la nación.
Podemos citar otros países que han
creado instituciones similares, con éxito. España por ejemplo, posee la figura
de defensor del paciente y tal cual muestran las estadísticas y los informes de
la misma institución, la contención de los ciudadanos que sienten que se han
lesionado sus derechos por acciones médicas e institucionales del sistema de
salud, ha permitido generar un espacio único de canalización de reclamos
hacia el estado.
Si bien esto no va en desmedro de
accionar judicialmente de manera privada contra el estado, permite acercar
soluciones de mayor rapidez en términos de demandas y reclamos por parte de
los ciudadanos, evitando muchas veces, interminables demandas judiciales, al
poder ser accionadas por la fuerza institucional del Defensor del Pueblo.
No son pocas estas demandas en
nuestro país. Existe actualmente una Organización de la sociedad civil
dedicada al tema: ADEPACI (Asociación Civil Argentina en defensa del
Paciente).
Esta ONG es clara en sus reclamos
y su lucha. Los derechos de los pacientes son vulnerados muchas veces por la
misma dinámica compleja de nuestro sistema de salud. En gran parte por la
cosificación del paciente que cae en una red médica-administrativa que, si bien
pone empeño en el aspecto humano, muchas veces se ve superada por la
demanda.
Por otro lado, y para destacar,
existiendo la Ley 26529, de Derechos del Paciente, se establece como
antecedente directo de la necesidad de instrumentar nuevos mecanismos de
cumplimiento de la misma, ya que muchas veces, el destinatario del reclamo y
el iniciador del reclamo se superponen y tienen intereses concomitantes.
En la misma están claramente
detallados los derechos de los pacientes por tanto es dable dotar de mayores
garantías a los ciudadanos, conformando un área específica en la Defensoría
del Pueblo de la Nación, que pueda velar por el básico e importantísimo
derecho a la salud.
Por lo expuesto es que solicitamos
sea aprobado este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SACCA, LUIS FERNANDO | TUCUMAN | UCR |
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO | TUCUMAN | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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