PROYECTO DE TP
Expediente 4614-D-2014
Sumario: DEPARTAMENTOS DE LAS PROVINCIAS DE CORRIENTES, MISIONES, ENTRE RIOS Y SANTA FE. SE LOS DECLARA ZONA DE DESASTRE POR EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA DIAS PRORROGABLES POR LA CRECIDA DEL RIO PARANA EN EL MES DE JUNIO DE 2014.
Fecha: 12/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Declárese zona de
desastre por el término de ciento ochenta (180) días prorrogables por el Poder
Ejecutivo, a todos los departamentos de las provincias de Corrientes, Misiones,
Entre Ríos y Santa Fe afectados por las extraordinaria crecida del Río Paraná entre
los días 9, 10 y 11 de junio de 2014.
Artículo 2°.- Dispóngase con cargo al
Tesoro Nacional una asignación especial de PESOS QUINIENTOS MILLONES
(500.000.000) destinada a brindar asistencia material inmediata (habitacional,
sanitaria, alimentaria) a la población de los departamentos mencionados en el
artículo anterior.
Facúltese al Poder Ejecutivo para
reestructurar, modificar o reasignar dicho monto en función de la evaluación de
daños y relevamiento de necesidades.
Artículo 3°.- Facúltese al Poder
Ejecutivo para que a través del Banco de la Nación Argentina se adopten medidas
especiales para la refinanciación de las obligaciones de los productores, titulares
de pequeñas y medianas empresas, industriales y comerciantes afectados.
Artículo 4°: Facultase al Poder
Ejecutivo a instrumentar a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos
(AFIP) planes especiales de pago que contemplen prórroga del vencimiento de
obligaciones impositivas y/o contribuciones a la seguridad social durante el período
de vigencia del estado de desastre declarada para los productores, industriales,
titulares de pequeñas y medianas empresas, comerciantes, cuyas explotaciones se
localicen en los distritos consignados en el artículo primero.
Artículo 5°.- Las disposiciones de la
presente ley deberán ser instrumentadas dentro de los quince (15) días hábiles a
partir de su promulgación.
Artículo 6°.- Comuníquese el Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como es de público conocimiento la
creciente del Río Paraná ha provocado serias inundaciones en distintas ciudades
ribereñas de las provincias de Corrientes, Misiones, Santa Fe y Entre Ríos.
Si a las precipitaciones extraordinarias
les sumamos la apertura de las compuertas de la represa Yacyretá, el resultado es
un daño tremendo para la producción y la población afectada en las localidades de
las provincias de Corrientes y de Misiones ubicadas sobre las costas del
Paraná.
La presente iniciativa pretende
contribuir a reparar lo que quede en pie tras la devastación producida por tamaño
desastre.
La última información daba cuenta de
que las distintas provincias ya habían declarado la emergencia hídrica
La situación es muy crítica y aún no
está controlada, las pérdidas globales no pueden ser evaluadas aún, por lo que
considero urgente que el cuerpo nos acompañe con este proyecto para que el
Poder Ejecutivo instrumente, las medidas pertinentes para afrontar, las acciones
de asistencia, impactos medioambientales y reconstrucción de infraestructuras, las
actividades productivas y de servicios de las economías afectadas en las distintas
zonas.
Por todo lo expuesto solicito a mis
pares diputados me acompañen en la aprobación del presente proyecto de
Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VALDES, GUSTAVO ADOLFO | CORRIENTES | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
BARLETTA, MARIO DOMINGO | SANTA FE | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |