PROYECTO DE TP
Expediente 4614-D-2009
Sumario: RECARGO DEL SEIS POR MIL SOBRE EL PRECIO DE VENTA DE LAS TARIFAS VIGENTES APLICADAS A CONSUMIDORES FINALES DE ENERGIA ELECTRICA - LEY 23681 -. DEROGACION.
Fecha: 23/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º Derogase
la ley 23.681 del 13 de julio de 1989, y demás normas complementarias,
que estableció un recargo del seis por mil (6%o) sobre el precio de venta
de las tarifas vigentes de cada período y en cada zona del país aplicada a
consumidores finales de energía eléctrica, que afrontaron solidariamente
dicho recurso para ayudar a los habitantes de la Provincia de Santa Cruz,
encontrándose conectada dicha provincia al Sistema Argentino de
Interconexión (SADI), que dio origen a la sanción de la ley.
ARTICULO 2º - La
Secretaría de Energía de la Nación deberá informar al Congreso de la
Nación, en un plazo no mayor de 120 días, los montos recaudados
anualmente, que hayan sido percibidos y transferidos al "Fondo Provincia
de Santa Cruz Ley 23.681"; los intereses devengados por los fondos
recaudados desde la fecha de su implementación y hasta la actualidad; las
cuentas y a la orden del organismo a que fueron transferidos dichos
fondos; los presupuestos de gastos de la obras proyectadas y los montos
efectivamente ejecutados por aplicación de la Ley 23681 y el Decreto
1384/2001, para la interconexión de la Provincia de Santa Cruz al Sistema
Argentino de Interconexión (SADI).
ARTICULO 3º Invitase a
las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a crear su propio
fondo de infraestructura, destinado a financiar las obras necesarias para
mejorar la prestación de servicio energético dentro de su provincia.
ARTICULO 4º de
Forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante 20 años nuestra
provincia (Chaco) como todas las provincias del país ha aportado
solidariamente para que los habitantes de la Provincia de Santa Cruz,
tengan una tarifa adecuada de su consumo energético. Nuestra provincia,
una de las provincias más pobres del país, y con uno de los índices más
altos de desocupación, debe subsidiar a una de las jurisdicciones con
menos índices de pobreza y mayor crecimiento económico, con tarifas
especiales de luz, gas, y naftas que paga el resto del país-. Debemos tener
en cuenta también que la provincia sureña se ve beneficiada por su riqueza
petrolera y su patrimonio turístico explotado a pleno con reconocimiento
internacional, generando estas actividades una importante y efectiva
fuente de ingresos de divisas.
La propia
presidenta Cristina Kirchner estuvo el día 1/05/08 en la localidad de Pico
Truncado inaugurando la conexión de alta tensión de la ciudad de Puerto
Madryn, la primera localidad santacruceña en conectarse a la línea
nacional. Lo extraño es que se hizo diecinueve (19) años después de
recibir esos aportes y el Fondo que los acumuló aportó un mínimo de
recursos que no tienen relación con su cuantía y no cumplen con su
verdadero objeto, sin embargo, los habitantes del país, que fueran
incluidos en la ley 23.681 han contribuido y lo siguen haciendo a lo largo
de los últimos 20 años con el seis por mil (6 o/oo) de cada factura de
electricidad, a valores actualizados en cada período, como recargo
establecido por la ley 23.681 del año 1989. Los fondos recaudados por la
implementación de la ley rondarían los $500 millones y es el producto de
20 años de recaudación de un impuesto que pagan todos los usuarios del
país del servicio eléctrico. Con ese dinero debía financiarse la inclusión de
la provincia al sistema interconectado nacional. Sin embargo, las obras
fueron financiadas por el Estado Nacional y no se sabe con claridad cómo
fueron utilizados esos fondos.
Paradójicamente
la empresa energética de mi provincia, analiza la implementación de un
cargo fijo en la factura mensual destinada a fondo de infraestructura. Otra
vez el que financie estas obras, responsabilidad del Estado, será el
ciudadano común, aquel que ya contribuye para sostener el sistema y que
aun no recibe los beneficios de tener un buen servicio eléctrico y una tarifa
adecuada a su situación económica. No será el momento que empecemos
a ser solidarios con nosotros mismos, ya lo fuimos durante 20 años con la
hermana provincia de Santa Cruz, nuestra situación, según los directivos
de la empresa eléctrica, es muy complicada, amerita fuertes inversiones
destinadas a obras infraestructura y no estamos en condiciones de cargar
mas costos en las facturas de los usuarios comunes , por lo tanto
solicitamos a través de este proyecto, derogar la Ley 23681 y ocuparnos en
nuestra provincia de nuestra realidad, recuperar estos fondos que por
imperio de esta norma se están yendo hacia otros destinos, aplicarlo para
paliar nuestra necesidades y aliviar el costo energético que mensualmente
aporta cada ciudadano chaqueño.
Por lo expuesto
solicito la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
URLICH, CARLOS | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |