PROYECTO DE TP
Expediente 4613-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26364 DE PREVENCION Y SANCION DE LA TRATA DE PERSONAS Y ASISTENCIA A SUS VICTIMAS.
Fecha: 23/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que, a través del organismo correspondiente, disponga la reglamentación de la
Ley 26.364, de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus
Víctimas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 9 de abril de 2008 se sancionó la
Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus
Víctimas; la misma fue promulgada el día 29 de abril de 2008 y publicada al día
siguiente en el en el Boletín Oficial.
En su texto, el artículo 19 establece
expresamente "Esta ley será reglamentada en un plazo máximo de SESENTA (60)
días contados a partir de su promulgación".
El mencionado "plazo máximo" distó de
ser máximo para diluirse en el tiempo, puesto que - a la fecha de la presentación
de este proyecto - no existe reglamentación alguna, circunstancia que motivó el
presente.
El delito de trata de personas es
considerado como uno de los más graves atentados contra la persona, y por ende
constituye una grave vulneración de derechos humanos: a la vida, a la integridad
física y psíquica, al derecho a no sufrir tratos crueles, inhumanos o degradantes, a
la libertad, a la seguridad de no ser sometido a la esclavitud en ninguna de sus
formas. Es un delito complejo y, en materia de ingresos provenientes del delito, es
la tercera fuente de ingresos luego del tráfico de drogas y el tráfico de armas. De
ahí que resulta de imperativa necesidad la reglamentación de la Ley 26.364.
Por su parte, el Título II del texto
normativo establece derechos de las víctimas de trata. Y, para que los mismos no
queden en meras declaraciones es preciso que - para que sean ejecutables - se
determine el mecanismo a llevar adelante, tarea a cargo de la reglamentación.
Es válido recordar que hace poco, en el
mes de marzo pasado, durante la Segunda Reunión de Autoridades Nacionales en
Materia de Trata de Personas de la Organización de Estados Americanos, la
Presidenta de la Nación Cristina Fernández expresó que es necesario darle mayor
densidad social a este problema para poder combatirlo con éxito, que es necesario
la activa participación y compromiso de toda la sociedad y para ello es preciso que
la misma colabore activamente, por lo menos, a reducir el impacto que significa la
violación de los derechos humanos de mujeres, de menores de edad o en
situaciones muchas veces inimaginables.
Por demás, entonces, la importancia de
esta (ausente) reglamentación.
Por ello, ante este flagelo que padece
la comunidad y del cual nadie está exento, es preciso que el Poder Ejecutivo lleve
adelante la tarea encomendada por una ley nacional como es la de Prevención y
Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.
Por los fundamentos expuestos, solicito
la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MERCHAN, PAULA CECILIA | CORDOBA | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 128 (2010), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 17/03/2010 |