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PROYECTO DE TP


Expediente 4613-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26364 DE PREVENCION Y SANCION DE LA TRATA DE PERSONAS Y ASISTENCIA A SUS VICTIMAS.
Fecha: 23/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del organismo correspondiente, disponga la reglamentación de la Ley 26.364, de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día 9 de abril de 2008 se sancionó la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas; la misma fue promulgada el día 29 de abril de 2008 y publicada al día siguiente en el en el Boletín Oficial.
En su texto, el artículo 19 establece expresamente "Esta ley será reglamentada en un plazo máximo de SESENTA (60) días contados a partir de su promulgación".
El mencionado "plazo máximo" distó de ser máximo para diluirse en el tiempo, puesto que - a la fecha de la presentación de este proyecto - no existe reglamentación alguna, circunstancia que motivó el presente.
El delito de trata de personas es considerado como uno de los más graves atentados contra la persona, y por ende constituye una grave vulneración de derechos humanos: a la vida, a la integridad física y psíquica, al derecho a no sufrir tratos crueles, inhumanos o degradantes, a la libertad, a la seguridad de no ser sometido a la esclavitud en ninguna de sus formas. Es un delito complejo y, en materia de ingresos provenientes del delito, es la tercera fuente de ingresos luego del tráfico de drogas y el tráfico de armas. De ahí que resulta de imperativa necesidad la reglamentación de la Ley 26.364.
Por su parte, el Título II del texto normativo establece derechos de las víctimas de trata. Y, para que los mismos no queden en meras declaraciones es preciso que - para que sean ejecutables - se determine el mecanismo a llevar adelante, tarea a cargo de la reglamentación.
Es válido recordar que hace poco, en el mes de marzo pasado, durante la Segunda Reunión de Autoridades Nacionales en Materia de Trata de Personas de la Organización de Estados Americanos, la Presidenta de la Nación Cristina Fernández expresó que es necesario darle mayor densidad social a este problema para poder combatirlo con éxito, que es necesario la activa participación y compromiso de toda la sociedad y para ello es preciso que la misma colabore activamente, por lo menos, a reducir el impacto que significa la violación de los derechos humanos de mujeres, de menores de edad o en situaciones muchas veces inimaginables.
Por demás, entonces, la importancia de esta (ausente) reglamentación.
Por ello, ante este flagelo que padece la comunidad y del cual nadie está exento, es preciso que el Poder Ejecutivo lleve adelante la tarea encomendada por una ley nacional como es la de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.
Por los fundamentos expuestos, solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 128 (2010), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 17/03/2010