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PROYECTO DE TP


Expediente 4611-D-2010
Sumario: CODIGO PENAL. INCORPORACION DEL ARTICULO 132 BIS, SOBRE ABUSO DESHONESTO INFANTIL.
Fecha: 25/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ABUSO DESHONESTO INFANTIL. ARTICULO 132 bis CODIGO PENAL
Artículo 1º.- La presente tendrá vigencia en el ámbito de la República Argentina.
Artículo 2º.- El artículo 132 bis quedará redactado de la siguiente manera:
Será penado con prisión o reclusión de tres a seis años aquél que abusare deshonestamente de un menor cualquiera fuere la causa y la situación.
Artículo 3º.- de forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto que se trae a consideración de mis pares trata sobre unos de los mayores delitos que debería ser castigado, ya que, la persona que lo sufre lo lleva toda la vida según estudios psicológicos.
Cuando hablamos de abuso infantil nos referimos a toda conducta en la que un menor es utilizado[] como objeto sexual por parte de otra persona con la que mantiene una relación de desigualdad, ya sea en cuanto a la edad, la madurez o el poder.[]
Este mal es de carácter universal, ya que está presente, de una u otra manera, en todas las culturas y sociedades y que constituye un complejo fenómeno resultante de una combinación de factores individuales, familiares y sociales. Supone una interferencia en el desarrollo evolutivo del niño y puede dejar unas secuelas que no siempre remiten con el paso del tiempo.[]
El abuso sexual constituye una experiencia traumática y es vivido por la víctima como un atentado contra su integridad física y psicológica, y no tanto contra su sexo, por lo que constituye una forma más de victimización en la infancia, con secuelas parcialmente similares a las generadas en casos de maltrato físico, abandono emocional, etc.[]
Si la víctima no recibe un tratamiento psicológico adecuado, el malestar puede continuar incluso en la edad adulta.
En su mayoría, los abusadores son varones (entre un 80 y un 95% de los casos) heterosexuales que utilizan la confianza y familiaridad, y el engaño y la sorpresa, como estrategias más frecuentes para someter a la víctima. La media de edad de la víctima ronda entre los 8 y 12 años (edades en las que se producen un tercio de todas las agresiones sexuales). El número de niñas que sufren abusos es entre 1,5 y 3 veces mayor que el de niños.[]
Los niños con mayor riesgo de ser objeto de abusos son:
aquellos que presentan una capacidad reducida para resistirse o para categorizar o identificar correctamente lo que están sufriendo, como es el caso de los niños que todavía no hablan y los que tienen retrasos del desarrollo y minusvalías físicas y psíquicas;
aquellos que forman parte de familias desorganizadas o reconstituidas, especialmente los que padecen falta de afecto que, inicialmente, pueden sentirse halagados con las atenciones del abusador;
aquellos en edad prépuber con claras muestras de desarrollo sexual;
aquellos que son, también, víctimas de malos tratos.[]
Según un cálculo de las llamadas "cifras ocultas",[ ]entre el 5 y el 10% de los varones han sido objeto en su infancia de abusos sexuales y, de ellos, aproximadamente la mitad ha sufrido un único abuso.
Los abusos a menores de edad se dan en todas las clases sociales, ambientes culturales o razas. También, en todos los ámbitos sociales, aunque la mayor parte ocurre en el interior de los hogares y se presentan habitualmente en forma de tocamientos por parte del padre, los hermanos o el abuelo (las víctimas suelen ser, en este ámbito, mayoritariamente niñas). Si a estos se añaden personas que proceden del círculo de amistades del menor y distintos tipos de conocidos, el total constituye entre el 65-85% de los agresores.[]
Los agresores completamente desconocidos constituyen la cuarta parte de los casos y, normalmente, ejercen actos de exhibicionismo; sus víctimas son chicos y chicas con la misma frecuencia.
El 20-30% de los abusos sexuales a niños son cometidos por otros menores.
Es un acto considerado un delito por la legislación internacional y la mayoría de los países modernos, aunque no siempre haya una correspondencia entre el concepto psicológico y el jurídico del problema y no exista consenso sobre los procesamientos jurídicos de los abusadores.
Tanto los testimonios de adultos y niños sobre haber sido objeto de abusos sexuales suelen ser ciertos. Respecto de los adultos, el síndrome de la "memoria falsa" suele ser poco frecuente debido a que se trata de sucesos que dejan una impronta muy relevante en la memoria. En cuanto a los niños, solo un 7% de las denuncias resultan ser falsas; el porcentaje aumenta considerablemente cuando el niño está viviendo un proceso de divorcio conflictivo entre sus padres.
Por todo lo expuesto ut supra, y, por su importancia es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley para su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA