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PROYECTO DE TP


Expediente 4597-D-2008
Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS: SUSTITUCION DEL ARTICULO 114 (TRAMITACION DE LOS PROYECTOS DE DECLARACION QUE SOLICITEN AL PODER EJECUTIVO SE DECLARE DE INTERES NACIONAL UN EVENTO O ACTIVIDAD).
Fecha: 29/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 109
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Sustituir el artículo 114 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que quedara redactado de la siguiente manera:
Artículo 114
Los proyectos de declaración dirigidos al Poder Ejecutivo para solicitarle declare de interés nacional un evento o actividad a desarrollarse en fecha determinada, que hayan merecido dictamen sin disidencia ni observaciones de la comisión respectiva -cumplido el plazo previsto en el artículo 113-, podrán ser diligenciados directamente por la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados, mediando autorización expresa de la Comisión de Labor Parlamentaria, en caso que no fuese posible su tratamiento en el recinto antes de la fecha prevista para su realización.
Los proyectos de resolución que propongan declaraciones de interés de la Honorable Cámara, que cuenten con despacho unánime de la comisión competente podrán sin otro trámite pasar a la presidencia para su diligenciamiento.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con el Presente proyecto la Comisión de Modernización del Funcionamiento Parlamentario propone la incorporación de un segundo párrafo al artículo 114 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Es conveniente dejar en claro que en virtud de lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de Diputados, las declaraciones de interés deben realizarse a través de Proyectos de Resolución. (Art. 117 Parte Pertinente - "Se presentará en forma de proyecto de resolución ... en general toda disposición de carácter imperativo que pueda adoptar el Cuerpo por sí o junto con el Senado")
La Cámara no expresa su opinión en relación con el evento o las diversas situaciones que son declaradas de interés.
La Cámara toma la decisión, resuelve, declarar de su interés. Respecto de su alcance, compartimos la opinión del Departamento de Asistencia Técnico Legislativa, de la Dirección de Información Parlamentaria: "lo adecuado es declarar de interés de esta H. Cámara".
Asimismo se desalienta la declaración de interés "parlamentario" dado que la expresión "parlamento" no tiene raigambre constitucional en nuestro derecho.
Asimismo, idéntica recomendación se asume frente a las declaraciones de interés "legislativo", "cultural", "turístico", "productivo, económico y social" etc.
Se insiste en que el interés frente a eventos o diversas situaciones, es el de la H. Cámara de Diputados.
Asimismo el Departamento de Asistencia Técnico Legislativa la Dirección de Información Parlamentaria nos ilustra sobre la Casuística: Sobre los proyectos analizados observamos que, en general, existe uniformidad en cuanto a la forma del proyecto que corresponde a este tipo de declaraciones. En los casos en que los proyectos fueron cambiados de Declaración a Resolución, en el informe de la Comisión se alegan razones de mejor Técnica Legislativa. A este respecto cabe destacar que el cambio se debe a la adecuación del proyecto a lo que indica el Reglamento y no a mejor Técnica Legislativa.
Cabe aclarar que el presente proyecto alcanza solamente a los proyectos de resolución que propongan "Declaraciones de Interés de la H. Cámara" ya que, en los casos de proyectos que se refieran a actos que deban llevarse a cabo por el Poder Ejecutivo nacional, como es el caso de las "Declaraciones de Interés Nacional", es opinión y práctica de este Departamento de Técnica Legislativa, en virtud de lo establecido por el Art. 118 del Reglamento de esta Cámara, que el tipo adecuado de proyecto es el de Declaración.
Conteste con esta opinión, también se ha expresado en relación con el artículo del Reglamento antes mencionado: "...para su correcta interpretación debemos recurrir a los precedentes, que nos lleva a afirmar que las declaraciones de la Cámara son siempre expresiones de deseos, que manifiestan una voluntad que no puede, por las limitadas atribuciones del cuerpo, extenderse a ámbitos generales o a otros poderes del Estado. Por ejemplo: opiniones de la Cámara en materia de situaciones políticas generales o coyunturales; o manifestaciones de la Cámara en el sentido de que el Poder Ejecutivo debería obrar de determinada manera, que no se pueden concretar en la práctica por la independencia constitucional propia del presidente de la Nación y de sus órganos en los ámbitos en que la Carta Magna determina." (Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación - Comentado por Guillermo Carlos Schinelli, Dirección de Información Parlamentaria, Imprenta del Congreso de la Nación, Buenos Aires, 1996)
Como dato estadístico ponemos como muestra los datos aportados por la Subdirección Legislativa de la Dirección Comisiones: durante el periodo parlamentario comprendido entre el 1 de marzo de 2007 y el 28 de febrero de 2008 se `presentaron 771 (setecientos setenta y uno) proyectos que proponen declaraciones de Interés de la Cámara. De ellos 674 (seis cientos setenta y cuatro) se presentaron como proyectos de resolución y 96 (noventa y seis) como proyectos de declaración, siendo aprobados por la Cámara por unanimidad y sin modificaciones un total de 507. (quinientos siete).
Si tomamos en consideración que a estos, 507 (quinientos siete).proyectos les corresponde la edición, corrección, publicación, y distribución de 400 ejemplares de su correspondiente orden del día, las cifras hablan por si mismas.
Desde su origen los parlamentos han establecido sus propias reglas de funcionamiento marco y las modificaciones que creen conveniente. Mucho se ha avanzado en los últimos años en la reforma y modernización del Parlamento por ello la reforma propuesta, entendemos contribuirá a tal efecto.
Por las razones expuestas, se solicita la aprobación del presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
BERNAZZA, CLAUDIA ALICIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VACA NARVAJA, PATRICIA CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN CORDOBA UCR
URLICH, CARLOS CHACO UCR
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
03/09/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0827/2008 15/09/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 03/12/2008 APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA 05/08/2009