PROYECTO DE TP
Expediente 4597-D-2008
Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS: SUSTITUCION DEL ARTICULO 114 (TRAMITACION DE LOS PROYECTOS DE DECLARACION QUE SOLICITEN AL PODER EJECUTIVO SE DECLARE DE INTERES NACIONAL UN EVENTO O ACTIVIDAD).
Fecha: 29/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 109
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Sustituir el artículo 114 del
Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que quedara
redactado de la siguiente manera:
Artículo 114
Los proyectos de declaración dirigidos
al Poder Ejecutivo para solicitarle declare de interés nacional un evento o actividad
a desarrollarse en fecha determinada, que hayan merecido dictamen sin disidencia
ni observaciones de la comisión respectiva -cumplido el plazo previsto en el
artículo 113-, podrán ser diligenciados directamente por la Presidencia de la
Honorable Cámara de Diputados, mediando autorización expresa de la Comisión
de Labor Parlamentaria, en caso que no fuese posible su tratamiento en el recinto
antes de la fecha prevista para su realización.
Los proyectos de resolución que
propongan declaraciones de interés de la Honorable Cámara, que cuenten con
despacho unánime de la comisión competente podrán sin otro trámite pasar a la
presidencia para su diligenciamiento.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con el Presente proyecto la Comisión
de Modernización del Funcionamiento Parlamentario propone la incorporación de
un segundo párrafo al artículo 114 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados.
Es conveniente dejar en
claro que en virtud de lo establecido por el Reglamento de la H. Cámara de
Diputados, las declaraciones de interés deben realizarse a través de Proyectos de
Resolución. (Art. 117 Parte Pertinente - "Se presentará en forma de proyecto de
resolución ... en general toda disposición de carácter imperativo que pueda
adoptar el Cuerpo por sí o junto con el Senado")
La Cámara no expresa su opinión en
relación con el evento o las diversas situaciones que son declaradas de interés.
La Cámara toma la
decisión, resuelve, declarar de su interés. Respecto de su alcance, compartimos la
opinión del Departamento de Asistencia Técnico Legislativa, de la Dirección de
Información Parlamentaria: "lo adecuado es declarar de interés de esta H.
Cámara".
Asimismo se desalienta la declaración
de interés "parlamentario" dado que la expresión "parlamento" no tiene raigambre
constitucional en nuestro derecho.
Asimismo, idéntica recomendación se
asume frente a las declaraciones de interés "legislativo", "cultural", "turístico",
"productivo, económico y social" etc.
Se insiste en que el interés frente a
eventos o diversas situaciones, es el de la H. Cámara de Diputados.
Asimismo el Departamento de
Asistencia Técnico Legislativa la Dirección de Información Parlamentaria nos
ilustra sobre la Casuística: Sobre los proyectos analizados observamos que, en
general, existe uniformidad en cuanto a la forma del proyecto que corresponde a
este tipo de declaraciones. En los casos en que los proyectos fueron cambiados
de Declaración a Resolución, en el informe de la Comisión se alegan razones de
mejor Técnica Legislativa. A este respecto cabe destacar que el cambio se debe a
la adecuación del proyecto a lo que indica el Reglamento y no a mejor Técnica
Legislativa.
Cabe aclarar que el presente proyecto
alcanza solamente a los proyectos de resolución que propongan "Declaraciones
de Interés de la H. Cámara" ya que, en los casos de proyectos que se refieran a
actos que deban llevarse a cabo por el Poder Ejecutivo nacional, como es el caso
de las "Declaraciones de Interés Nacional", es opinión y práctica de este
Departamento de Técnica Legislativa, en virtud de lo establecido por el Art. 118
del Reglamento de esta Cámara, que el tipo adecuado de proyecto es el de
Declaración.
Conteste con esta
opinión, también se ha expresado en relación con el artículo del Reglamento antes
mencionado: "...para su correcta interpretación debemos recurrir a los
precedentes, que nos lleva a afirmar que las declaraciones de la Cámara son
siempre expresiones de deseos, que manifiestan una voluntad que no puede, por
las limitadas atribuciones del cuerpo, extenderse a ámbitos generales o a otros
poderes del Estado. Por ejemplo: opiniones de la Cámara en materia de
situaciones políticas generales o coyunturales; o manifestaciones de la Cámara en
el sentido de que el Poder Ejecutivo debería obrar de determinada manera, que no
se pueden concretar en la práctica por la independencia constitucional propia del
presidente de la Nación y de sus órganos en los ámbitos en que la Carta Magna
determina." (Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación - Comentado
por Guillermo Carlos Schinelli, Dirección de Información Parlamentaria, Imprenta
del Congreso de la Nación, Buenos Aires, 1996)
Como dato estadístico ponemos como
muestra los datos aportados por la Subdirección Legislativa de la Dirección
Comisiones: durante el periodo parlamentario comprendido entre el 1 de marzo de
2007 y el 28 de febrero de 2008 se `presentaron 771 (setecientos setenta y uno)
proyectos que proponen declaraciones de Interés de la Cámara. De ellos 674
(seis cientos setenta y cuatro) se presentaron como proyectos de resolución y 96
(noventa y seis) como proyectos de declaración, siendo aprobados por la Cámara
por unanimidad y sin modificaciones un total de 507. (quinientos siete).
Si tomamos en consideración que a
estos, 507 (quinientos siete).proyectos les corresponde la edición, corrección,
publicación, y distribución de 400 ejemplares de su correspondiente orden del día,
las cifras hablan por si mismas.
Desde su origen los parlamentos han
establecido sus propias reglas de funcionamiento marco y las modificaciones que
creen conveniente. Mucho se ha avanzado en los últimos años en la reforma y
modernización del Parlamento por ello la reforma propuesta, entendemos
contribuirá a tal efecto.
Por las razones expuestas, se solicita
la aprobación del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
BERNAZZA, CLAUDIA ALICIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VACA NARVAJA, PATRICIA | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN | CORDOBA | UCR |
URLICH, CARLOS | CHACO | UCR |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
03/09/2008 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0827/2008 | 15/09/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 03/12/2008 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 05/08/2009 |