PROYECTO DE TP
Expediente 4584-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA -ANMAT-.
Fecha: 22/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 122
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través de los organismos correspondientes, se sirva informar sobre las
siguientes cuestiones referidas a la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
1) Acerca de la cantidad de
auditorías y verificaciones respecto a la calidad de productos farmacéuticos,
realizadas por el citado organismo en farmacias, droguerías, farmacias de
sanatorios, hospitales y clínicas desde el año 2006 hasta la fecha, con
discriminación trimestral.
2) ¿Cuantas de esas auditorías
realizadas derivaron en el retiro de los mencionados productos del mercado?
3) Si la ANMAT implementa
algún tipo de mecanismo o cronograma para la realización de auditorías aleatorias
en los lugares mencionados en el punto 1), o si estas sólo son realizadas ante la
formulación de denuncias al respecto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las actuales investigaciones judiciales
acerca de la existencia de una gran cantidad de productos medicinales que se
encontrarían en mal estado, con las consecuencias que aquello podría tener para
salud de la población, origina la necesidad de clarificar los procedimientos
utilizados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica (ANMAT). En especial se requiere información sobre el retiro del mercado
de este tipo de medicamentos, de una forma rápida y eficiente para la protección
de la salud de la población.
El citado organismo fue creado por el
decreto 1490 de 1992. Sus objetivos principales son el registro, la fiscalización, el
control y la vigilancia de la producción y comercialización de medicamentos, entre
otros productos, con la finalidad de garantizar su eficacia, seguridad y calidad.
El artículo 8º del citado decreto
señala, entre las obligaciones de la ANMAT, las siguientes: a) la elaboración de las
normas técnicas para ser aplicadas en función de la adecuación, sanidad y calidad,
relativas, entre otras cosas, a la comercialización de medicamentos; y b) la
adopción, en caso de cualquier factor de riesgo relacionado con la calidad de este
tipo de productos, de las medidas más oportunas y adecuadas para proteger la
salud de la población, conforme a la normativa vigente (inciso ñ).
En el sitio web de la ANMAT, se
señala que las denuncias sobre laboratorios y medicamentos de dudoso origen
pueden ser realizadas ante el mismo organismo, en el marco del Programa de
Pesquisas de medicamentos ilegítimos.
Asimismo, la disposición 1402 de
2008 de la propia ANMAT, señala que las acciones de retiro o corrección de
medicamentos del mercado pueden ser iniciadas por decisión de la empresa
elaboradora o importadora del medicamento en cuestión, o por orden del
mencionado organismo.
Sin embargo, en el contexto
anteriormente mencionado, es necesario conocer si el organismo cuenta con algún
mecanismo o cronograma para la realización de auditorías y verificaciones
aleatorias, es decir, sin mediar denuncia previa, en los diferentes etapas de
producción y comercialización de medicamentos, para cumplir con el objetivo de
proteger la salud de la población de una forma rápida y eficiente.
Por los motivos anteriormente
expuestos, solicitamos a esta Honorable Cámara la aprobación del presente pedido
de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |