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PROYECTO DE TP


Expediente 4580-D-2013
Sumario: ASIGNACION POR ESTUDIOS SUPERIORES PARA JOVENES QUE AL CUMPLIR LOS 18 AÑOS DEJEN DE PERCIBIR LA ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO E INGRESEN A LA UNIVERSIDAD O A UN NIVEL TERCIARIO.
Fecha: 06/06/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Asignación por Estudios Superiores
Artículo 1°: La Asignación por Estudios Superiores consiste en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, para cada joven que al finalizar sus estudios secundarios y que al cumplir 18 años deje de percibir la Asignación Universal por Hijo, ingrese a estudios de nivel superior universitario o terciario en Universidades Nacionales públicas o Institutos de Educación Superior públicos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°: Objetivo General: garantizar y promover el acceso a la educación superior a un sector social de la juventud, que por causas de índole económica, social y cultural no tienen igualdad de oportunidades para acceder a ese nivel educativo. De esta forma se constituye en una política de Estado que dé continuidad a la Asignación Universal por Hijo.
Artículo 3°: Condiciones para acceder al beneficio:
A) Ser argentino nativo o por opción.
B) Nivel medio completo sin adeudar materias.
C) Desde los 18 años hasta los 25 inclusive.
D) Haber sido beneficiario de la AUH o haber finalizado el nivel medio con algún programa estatal destinado a ese fin.
E) No poseer ingresos por un empleo superior al Salario Mínimo Vital y Móvil, o recibir ayuda económica por algún tipo de beca
F) Para mantener el beneficio hasta la finalización de los estudios o hasta llegar al máximo del rango etario, él o la joven deberá acreditar la regularidad en cada cuatrimestre.
Artículo 4°: El monto de la ayuda económica mensual para los estudiantes será igual al de la Asignación Universal por Hijo por 10 meses al año.
Artículo 5°: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán atendidos con los recursos de las partidas que a tal efecto se destine en forma anual del Presupuesto General de la Administración Nacional.
Artículo 6°: La Autoridad de Aplicación de la presente ley es el Ministerio de Educación de la Nación, el que debe coordinar su accionar con las instituciones educativas, otros organismos del Estado Nacional y las jurisdicciones locales.
Artículo 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto surge con la finalidad de promover los estudios superiores ya que es necesario que no sólo se contemplen los derechos de las niñas, niños y adolescentes hasta los 18 años, sino que también cumplida esa edad, se debe garantizar para todos los sectores sociales, un estímulo económico y social desde el Estado para continuar con estudios superiores. Es decir, lo que plantea el proyecto de Asignación por Estudios Superiores tiene como objetivo profundizar el derecho a la educación que es uno de los derechos que viene a promover la Asignación Universal por Hijo como política pública, entendiendo que no se puede coartar la formación del adolescente a los 18 años. Por el contrario, como dice en el artículo n° 2 de la Ley de Educación Superior "el Estado reconoce y garantiza el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y capacidad requeridas".
El Estado promoverá y encarnará, con esta política de asignaciones para estudiantes del nivel superior que provengan de hogares de bajos recursos, la solidaridad colectiva. La reconstrucción de los lazos sociales se realiza con un Estado presente, y con la solidaridad y el vínculo interclases sociales, de lo que este proyecto viene a promover.
Existen en la Argentina políticas públicas para lograr que los jóvenes terminen los estudios primarios y secundarios, como así también para capacitarse en oficios, un ejemplo de ello es el Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo. Cuando un joven en situación de pobreza material deja de recibir un ingreso por la asignación universal por hijo y aun no tiene terminado el secundario, puede optar por terminar la secundaria y capacitarse laboralmente en el Programa Jóvenes con Más y Mejor trabajo a cambio de un ingreso. Por ese programa ya han pasado más de 500 mil jóvenes. Sin embargo esos programas si bien logran una mejoría en la inserción social y en la calificación del joven que los realiza, en la actualidad es necesario que esa persona continúe estudiando en el nivel superior y tenga una garantía para poder hacerlo. Una de las deudas que tiene el Estado es con un sector de la juventud que no estudia ni trabaja, y con este proyecto se pretende que desde el Estado se los reconozca para que tengan incentivos para seguir capacitándose e incorporar conocimiento a fin de lograr una inserción laboral.
Según un estudio de la ANSES del segundo cuatrimestre de 2012, el total de beneficiarios de la AUH es de 3.281.825. La mayor cantidad de beneficiarios se concentra en el rango de los primeros años de vida: 1.277.136 beneficiarios hasta los 5 años de edad. En el rango de 15 a 17 años hay 406.454 beneficiarios. En cuanto a nivel educativo la gran mayoría 1.016.576 concurren a nivel primario (1) . La sanción de este proyecto consolidaría y ampliaría los derechos ya consagrados con la AUH incorporada a la Ley 24714 del Régimen de Asignaciones familiares. Este proyecto es una necesidad que surge justamente a partir del piso de igualdad que generó la AUH. En pos de continuar avanzando en esa dirección, es necesario promover medidas complementarias que potencien esos beneficios consagrados. En ese sentido podemos ejemplificar lo señalado comparando los datos del Censo 2001, donde 8.640.000 argentinos de más de 15 años habían terminado la secundaria. En el 2010 esta cifra se elevó a 12.160.000. Argentina tiene hoy 3.518.000 más egresados de escuela media que nueve años atrás. Es decir, mientras que la población en su conjunto creció un 10,6% por ciento, los egresados de la escuela media en el total de la población crecieron un 40,7 por ciento
El presente proyecto tiene como objetivo generar más oportunidades para los que menos tienen a través de un estímulo económico. Con esta normativa se pretende generar un instrumento para achicar la brecha educativa y que cada vez más jóvenes puedan acceder a estudios de nivel superior. Las transformaciones en la economía a nivel mundial de las últimas décadas demuestran que el conocimiento es un factor cada vez más importante para obtener empleos de calidad, el nivel educativo medio ya no alcanza para adecuarse a las demandas que requieren las nuevas tecnologías productivas y de comunicación. Las tasas de subocupación y desocupación juvenil en los sectores de estratos socioeconómicos bajos suelen ser más altas por, entre otros motivos, el nivel educativo. En una sociedad del conocimiento, el mismo debe ser un derecho social.
Con este proyecto se pretende profundizar lo realizado en los últimos años en el sector educativo con la sanción de la Ley de Educación en 2006 que establece la obligatoriedad de la escuela secundaria y que permitió aumentar el nivel de escolarización y tasa de graduados, y la Ley 26075 de Financiamiento Educativo que permitió ampliar el presupuesto del sector al 6,5% en el PBI nacional. En el sector superior desde 2003 se han creado nueve universidades nacionales estatales, entre las cuales cinco están en el conurbano como las de Avellaneda, Moreno, del Oeste (en Merlo), Arturo Jauretche (en Florencio Varela) y de José C. Paz. En el interior, se creó la Universidad Nacional de Río Negro. Esto ha permitido incrementar la matrícula universitaria, siendo en muchos hogares humildes la primera generación de universitarios. Para el año 2010 las estadísticas indican que se graduaron 70.857 estudiantes de Instituciones estatales, lo cual marca una Tasa promedio de crecimiento anual 2000 -2010 del 4,2 (2) .
En la actualidad, en lo que refiere a la promoción de estudios superiores el Estado Nacional a través del Programa Nacional de Becas Universitarias otorga un monto anual de la beca de $3.600 pagaderos en 10 cuotas a lo largo del año. Además existe el Programa Becas Bicentenario para carreras Científicas y técnicas para alumnos de bajos recursos en las denominadas carreras prioritarias, que otorga entre $4.400 y $14.400 anuales según tipo de carrera y año de cursada. Y el otro Programa es el Programa Nacional de Becas para Carreras de grado en Área TICS (PNBTICS) tiene como objetivo implementar un sistema de becas que fortalezca los recursos humanos en el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Esas políticas generan movilización social ascendente. El presente proyecto se enmarca en el objetivo de profundizar esa tendencia, al generar condiciones de oportunidad para acceder a formación superior a jóvenes de sectores de bajos recursos. La asignación es un estímulo económico pero además es una contención y un reconocimiento que el Estado hace para con los jóvenes. La financiación con las partidas que se determinen en el Presupuesto General de la
Administración Nacional para la asignación, contribuye solidariamente a paliar las brechas socio-educativas.
Convencido de que es necesario seguir generando políticas públicas que promuevan el cumplimiento de más derechos, como plantea el presente proyecto en sus fundamentos, solicito el acompañamiento de mis pares para su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTRERA, MONICA GRACIELA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MONGELO, JOSE RICARDO CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MOLINA, MANUEL ISAURO CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ELORRIAGA, OSVALDO ENRIQUE ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ZIEBART, CRISTINA ISABEL CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FIORE VIÑUALES, MARIA CRISTINA DEL VALLE SALTA RENOVADOR DE SALTA
FRANCIONI, FABIAN MARCELO CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARCIA LARRABURU, SILVINA MARCELA RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BIANCHI, MARIA DEL CARMEN CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
AVOSCAN, HERMAN HORACIO RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GARCIA, ANDREA FABIANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA