PROYECTO DE TP
Expediente 4569-D-2015
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA, MODIFICACION DEL ARTICULO 61 E INCORPORACION DEL ARTICULO 101 - SEPTIES -, SOBRE CREACION DE LA COMISION PERMANENTE DE ASESORAMIENTO: "CAMBIO CLIMATICO".
Fecha: 25/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 107
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el
artículo 61 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación que
quedará redactado de la siguiente manera:
"Las comisiones permanentes de
asesoramiento de la Cámara serán las siguientes:
- Asuntos Constitucionales
- Legislación General
- Relaciones Exteriores y Culto
- Presupuesto y Hacienda
- Educación
- Ciencia, Tecnología e Innovación
Productiva
- Cultura
- Justicia
- Previsión y Seguridad Social
- Acción Social y Salud Pública
- Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.
- Cambio Climático
- De las Personas Mayores
- Legislación Penal
- Legislación del Trabajo
- Defensa Nacional
- Obras Públicas
- Agricultura y Ganadería
- Finanzas
- Industria
- Comercio
- Energía y Combustibles
- Comunicaciones e Informática
- Transportes
- Economías y Desarrollo Regional
- Asuntos Municipales
- Intereses Marítimos, Fluviales,
Pesqueros y Portuarios
- Vivienda y Ordenamiento Urbano
- Peticiones, Poderes y Reglamento
- Juicio Político
- Recursos Naturales y Conservación del
Ambiente Humano
- Turismo
- Economía
- Minería
- Prevención de Adicciones y Control del
Narcotráfico
- Análisis y Seguimiento del
Cumplimiento de las Normas Tributarias y Previsionales
- Población y Desarrollo Humano
- Deportes
- Derechos Humanos y Garantías
- Asuntos Cooperativos, Mutuales y
Organizaciones no Gubernamentales
- Mercosur
- Pequeñas y Medianas Empresas
- Defensa del Consumidor, del Usuario y
de la Competencia
- Seguridad Interior
- Libertad de Expresión
- Discapacidad
El número de integrantes de las
comisiones será determinado por la Honorable Cámara entre un mínimo de quince (15)
y un máximo de treinta y un (31) diputados, con excepción de las Comisiones de
Asuntos Constitucionales, de Educación, de Energía y Combustibles, de Agricultura y
Ganadería y de Acción Social y Salud Pública, que estarán compuestas por un mínimo
de quince (15) y un máximo de treinta y cinco (35) diputados, la Comisión de
Relaciones Exteriores con un mínimo de quince (15) y un máximo de cuarenta y tres
(43) diputados, y la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que estará compuesta por un
mínimo de quince (15) y un máximo de cuarenta y nueve (49) diputados".
ARTÍCULO 2.- Incorporase el artículo
101 (septies) al Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que
quedará redactado de la siguiente manera:
"Compete a la Comisión de Cambio
Climático, dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo a:
a) La elaboración de planes de gestión
para la mitigación del cambio climático que contribuyan a limitar el crecimiento de las
emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) sin comprometer el desarrollo
sustentable del país.
b) La elaboración de planes de gestión
para la adaptación al cambio climático con especial foco en aquellas poblaciones,
actividades productivas y ecosistemas particularmente vulnerables.
c) Al fomento de la paulatina
substitución de los combustibles fósiles por energías renovables en la matriz energética
Argentina e impulso de medidas de eficiencia energética como medidas mitigatorias del
cambio climático.
d) La evaluación de la vulnerabilidad
de las diversas regiones del país frente a las consecuencias del cambio climático como
también la implementación de planes de contingencia a medida.
e) La implementación de planes de
asistencia a los sectores más vulnerables al cambio climático.
f) Al desarrollo de campañas de
concientización pública sobre las causas y consecuencias del cambio climático.
g) Al fomento de desarrollo de
capacidades, participación en el diseño y la implementación de acciones de adaptación y
mitigación ante el cambio climático.
h) Al desarrollo de medidas en miras a
fortalecer la estructura y capacidad institucional del Estado y del sector privado y
grupos de la sociedad civil, promoviendo la articulación intra e interinstitucional para el
abordaje integrado de la problemática de cambio climático.
i) Al establecimiento de convenios de
cooperación regional e internacional en miras a la mitigación y adaptación al cambio
climático.
j) Al desarrollo de instrumentos
fiscales, financieros, económicos y legales que aseguren la inversión y financiamiento
suficiente, tanto público como privado, en programas de mitigación y adaptación al
cambio climático, manejo de recursos naturales y protección ambiental.
k) A la promoción de la generación de
conocimientos, estudios analíticos y desarrollo de instrumentos de gestión para la toma
de decisiones a nivel local y sectorial en cuestiones de cambio climático.
l) A la formulación de marcos
regulatorios conducentes sobre cambio climático para los diferentes sectores de
desarrollo en el país, al igual que planes específicos a nivel de las provincias.
ARTICULO 3.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente Proyecto de Resolución tiene
como finalidad aggiornar el Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados
de la Nación a los tiempos que corren. Por las razones que expongo a continuación, creo
pertinente crear una nueva comisión permanente en el seno de esta Cámara llamada: "de
Cambio Climático".
La República Argentina, consciente de la
importancia del ambiente, incluyó explícitamente su cuidado en la Constitución
Nacional.
El artículo 41º de nuestra
Carta Magna dice que "todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano,
equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas
satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y
tienen el deber de preservarlo."
La Conferencia de las Naciones Unidas
sobre Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992) abrió a la firma de los Estados la
Convención Marco sobre Cambio Climático que se firmó en Nueva York con el fin de
estabilizar "las concentraciones atmosféricas de gases de efecto de invernadero en un
nivel que prevenga una perturbación antropogénica peligrosa del sistema climático". La
Convención acuerda estabilizar para el año 2000 las emisiones de dióxido de carbono
(CO2), a los niveles del año 1990 y luego reducirlos progresivamente. La Argentina
aprobó la convención marco por la Ley 24.295.
La Convención quedó complementada, el
11 de diciembre de 1997, con el Protocolo de Kyoto que se propuso como objetivo la
reducción de un 5,2% de las emisiones de gases de efecto invernadero globales,
tomando como base los niveles de 1990, para el período 2008-2012.
Nuestro país ha participado activamente
en las negociaciones que condujeron al establecimiento de la CMNUCC y del Protocolo
de Kyoto.
La próxima Conferencia de las Partes
(COP21) tendrá lugar en París en diciembre del presente año. Allí se asumirán
compromisos vinculantes por los países participantes para reducir los gases de efecto
invernadero (GEI) persiguiendo limitar el incremento de la temperatura global a 2°C
respecto a la era preindustrial. En una reunión recientemente realizada, el G7 se
comprometió a descarbonizar totalmente sus economías para el 2100. Este es un
mensaje político en miras a cerrar un acuerdo en París que garantice una meta global a
largo plazo. En este orden de ideas, consideramos que es crucial que la Argentina
aborde el tema de la gestión del cambio climático como política de estado.
Cuando hablamos de cambio climático
estamos haciendo referencia a la variación significativa y persistente del clima durante
un período largo de tiempo, susceptible de producir impactos en el medio físico,
económico y social. Esta nueva situación climática debe llamar la atención a la
sociedad, y en particular a su dirigencia política, acerca del real significado que posee
en Argentina, cuyas consecuencias tienden a agravarse en el largo plazo, con impactos
sociales y económicos que tenderán a ampliarse y profundizarse.
En la 3ra Comunicación Nacional de la
República Argentina a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio
Climático de fecha 26 de junio 2015 (1) se subrayó que las proyecciones indican en
promedio un aumento de los índices extremos relacionados con las altas temperaturas y
las precipitaciones extremas en la mayoría de las regiones del país.
Son ya numerosos los expertos en temas
climáticos que señalan que en la zona central de la Argentina se ha producido en los
últimos 30 años un aumento en los niveles de precipitaciones que ronda en un promedio
del 40%, llegando en algunos sitios a ser del 50%. Estos aumentos se registraron en las
últimas tres décadas.
Como consecuencia, en la región centro de
nuestro país se han producido inundaciones con impactos catastróficos en lo económico
y social ejemplo de ello es la inundación de Santa Fe de 2003 o la recientemente
ocurrida en Córdoba en 2015 con crecidas que dejaron pueblos bajo el agua, más de
5000 evacuados y 12 muertos. Al factor climático, se suman los desmontes, la falta de
obras de infraestructura, las urbanizaciones no planificadas, los efectos del monocultivo
en la tierra y la inclusión de flora no autóctona, elementos que, según coinciden los
especialistas, contribuyen a los desastres ocurridos en la zona centro del país.
Los perjuicios de estos eventos se ven
agravados por la falta de conocimiento de esta nueva problemática por parte de los
profesionales llamados a instrumentar las soluciones, ya que casi siempre siguen
aplicando métodos y recetas que son sólo válidos en un contexto de clima estable.
El cambio climático también complicará el
panorama con la previsible suba en el nivel del mar, ya que este aumento hará que los
efectos de las sudestadas sean más severos sobre el Río de la Plata. Esto dificultará aún
más el natural escurrimiento de aguas interiores hacia el mar generando mayores
problemas en toda la ribera, las zonas bajas de las cuencas de los ríos y arroyos
tributarios y en el delta del Paraná. A más largo plazo, 50 a 100 años, se espera la
inundación de un área aún no determinada de la costa de la Bahía de Samborombón y la
probable salinización de los acuíferos al sur de la ciudad de Buenos Aires.
Algunos impactos del cambio climático
pronosticados para Argentina son: aumento de la temperatura media en el norte del país,
la disminución en la zona cordillerana, el aumento en el nivel del mar y del Río de la
Plata, con los consecuentes "daños colaterales" como dificultades en la provisión de
agua potable, enfermedades tropicales (dengue), "stress hídrico", o mayor riesgo de
incendios forestales.
Los ejemplos citados hacen imprescindible
el urgente diseño de políticas públicas para hacer frente a las posibles consecuencias
dañinas del cambio climático, que ya viene afectando a todo el territorio nacional.
El cambio climático plantea un escenario
de mayores eventos meteorológicos extremos y se hace muy difícil que la adaptación al
mismo pueda mitigar totalmente sus efectos. Esto significa que en este escenario se
harán más frecuentes las llamadas "catástrofes" climáticas, lo que supondría tener que
aumentar nuestra capacidad de respuesta ante estos eventos. Ello evidencia la necesidad
de implementación de medidas de emergencia con especial foco en poblaciones en
zonas de riesgo. Dicha tarea deberá ser abordada por el Estado Nacional a través de la
Comisión de Cambio Climático de la Cámara de Diputados e implementadas por el
Poder Ejecutivo.
Es importante resaltar que si bien el
cambio climático plantea un desafío de enormes proporciones para la comunidad
internacional y sus consecuencias afectarán a cada región del planeta, son los países más
pobres los más vulnerables al mismo. Estos países son los que, por lo general, basan sus
economías en una fuerte dependencia de los ecosistemas naturales y el clima, ya sea por
la agricultura, pesca o silvicultura. Esto produce una alta vulnerabilidad de estas
economías que son fuertemente dependientes de cualquier cambio en el sistema
climático y los impactos que éste pueda generar en los ecosistemas. En la Argentina ya
puede verse con contundencia esta situación cuando se evalúan económicamente los
impactos que las inundaciones en la pampa húmeda ocasionan en términos de pérdidas
de cosechas, ganado e infraestructura productiva.
La economía argentina es altamente
vulnerable a los cambios en temperatura y precipitación debido a su perfil productivo,
considerando que depende en un 19% del PIB del sector agro-exportador primario y de
las industrias manufactureras asociadas a dicho sector (MAGyP, 2011), así como de la
producción de energía eléctrica a partir de hidroelectricidad (40%) en las vertientes de
los ríos originarios de la Cordillera de los Andes. Según los modelos predictivos de la
CEPAL, bajo los escenarios de supuestos más conservadores (CEPAL, 2012), la
proyección del costo económico del cambio climático es equivalente al 5% del PIB para
el 2020 a 12% del PIB en el 2100.
Según el último estudio de la Dirección de
Cambio Climático (año 2000) la "contribución" argentina en la emisión de GEIs es del
0,84%, que sitúa al país, por volumen, en el puesto 25 a nivel mundial y en el 53 en las
emisiones per cápita. En América Latina, Argentina está tercera, después de México y
Brasil. De acuerdo a la Segunda Comunicación Nacional de Argentina (SAyDS, 2007)
con datos del 2000 las emisiones corresponden a: Energía con 47% (53% de gas natural,
45% derivados del petróleo, 1.2% carbón mineral, y 0.3% biomasa); Agricultura y
ganadería con 44% (52% de óxido nitroso y 48% de metano); residuos con 5%; y
procesos industriales con 4%. Cabe destacar que del total de las emisiones en el sector
de energía, cerca de dos terceras partes corresponden al sector transporte. El resto
corresponde principalmente a emisiones de la generación térmica distribuida, que han
incrementado la utilización de diesel y gas oil, sustituyendo al gas natural.
Para que la Argentina pueda reducir las
emisiones citadas, es necesaria una definición política del más alto nivel que defina el
perfil productivo del país en los próximos 30 años. Esto significa que hay que
transformar la generación de energía, la infraestructura, el transporte, la agricultura y
gestión de residuos. De esta forma, el cambio climático impone grandes desafíos éticos,
políticos y económicos que solo pueden ser encarados a partir de un plan de gestión con
alcance nacional.
En general, se puede concluir que a la
fecha Argentina ha dado los primeros pasos a nivel macro y a nivel federal para sentar
las bases de una gestión pública que integre el concepto de cambio climático. Esto se
refleja en el desarrollo de disposiciones legales, normativas, participación en acuerdos
internacionales, y programas piloto de inversión a pequeña escala. No obstante, los
avances realizados, existen aún grandes vacíos de gestión y de inversión para abordar en
forma integral y efectiva los desafíos del cambio climático. A la fecha, el desarrollo de
sectores productivos como energía, trasporte, agricultura, entre otros, así como los
patrones de crecimiento urbano siguen un patrón de alto impacto ambiental y uso
intensivo de recursos naturales y energéticos convencionales no renovables. Esto refleja
que a nivel de políticas e inversiones sectoriales queda mucho por hacer para alcanzar
modelos sostenibles de reducción de huella de carbono, así como para que cada sector
internalice medidas de adaptación.
La asignación del presupuesto 2015 da una
señal clara del foco del estado nacional, el 61% de los gastos se destinan a las funciones
vinculadas a energía y minería, el 28% al transporte y solo un 1,3% a temas vinculados
a medio ambiente y ecología. Por su parte, las partidas presupuestarias que se derivan de
la utilización de fondos nacionales que se destinan a bosques o que correspondería
destinar a glaciares, son menores a lo que debieran ser o carecen de un monto
identificable. Esta asignación de recursos es contraria a la formulación de un plan
contundente de gestión de cambio climático ya que se promueven medidas de corto
plazo y de alto impacto ambiental en detrimento de una estrategia de sustentabilidad de
largo plazo.
En general, debido a su abundancia
relativa de recursos, hay una percepción generalizada de que en Argentina no existe un
problema ambiental o que las vulnerabilidades y riesgos frente al deterioro ambiental y
el cambio climático es bajo y la política no ha puesto su foco prioritario en estos
asuntos. En este escenario, creemos que es crucial la existencia de una Comisión de
Cambio Climático que dictamine en la materia permitiendo integrar y armonizar las
distintas actividades vinculadas con la emisión de GEIs.
La creación de una Comisión de Cambio
Climático dentro de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, permitirá no solo
incorporar la gestión del cambio climático en la agenda pública sino también manejar
más eficientemente los problemas globales que enfrenta el país en materia de cambio
climático, dando una respuesta unificada basada en las interacciones pertinentes de las
políticas internas e internacionales, para beneficio del país en su conjunto.
La política estatal sobre cambio climático
debe tender a contrarrestarlo, garantizando la seguridad del suministro de energía,
promoviendo mercados competitivos dentro y fuera de la Argentina, así como
contribuyendo a elevar el índice de crecimiento económico sustentable y a mejorar la
productividad. Esta Comisión trabajará en estrecha colaboración con las demás
comisiones cuya labor tenga impactos importantes sobre el nivel de emisión de gases de
efecto invernadero.
La creación de una Comisión de Cambio
Climático permitirá asignar mayor énfasis a proteger y mejorar el medio ambiente
natural para la salud y bienestar de todos, así como para proteger la vida silvestre y
resguardar a la población de los riesgos ambientales.
La mitigación del cambio climático
plantea verdaderos desafíos financieros, tecnológicos y políticos. De no prestarle
atención, nos conducirá a grandes retrocesos en el desarrollo humano durante el siglo
XXI. Debemos buscar los medios y asumir la responsabilidad de evitar ese resultado. La
mitigación precautoria del cambio climático es un reaseguro esencial para impedir
mayores daños.
Por lo expuesto, creemos que desde el
Estado Nacional se debe propender a tomar todos los cursos de acción que sean
necesarios para tratar el tema con la urgencia que merece. Sin duda la educación y la
información a la población deben ser prioritarias para lograr la concientización en la
materia.
Es por ello que una participación pública
que asegure la sostenibilidad ambiental reviste una importancia crucial y la
participación regional e internacional a través de la firma de convenios, hace que el
esfuerzo nacional sea mancomunado y respetuoso del trabajo que se viene llevando a
cabo en distintos países del mundo y en diferentes foros internacionales.
Tengo el convencimiento que una
Comisión de Cambio Climático le dará la magnitud, importancia y jerarquía que el tema
necesita.
Por todo lo anteriormente expuesto es que
solicito a los señores diputados la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN | SANTA FE | UNION PRO |
BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO | SALTA | CONSERVADOR POPULAR |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCHWINDT, MARIA LILIANA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |